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PÆg. 237051 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de enero de 2003 blecidas en las normas sectoriales; se establece así en la norma, los órganos involucrados en el procedimiento parafijación de tarifas y sus facultades y obligaciones, los pla-zos en que deben pronunciarse dichos órganos, los recur-sos que las Empresas Prestadoras de los Servicios Públi-cos, usuarios y organismos representativos de usuarios pueden interponer contra las resoluciones que dicte el OSINERG, los plazos para su interposición y el órganoresponsable de resolver, así como el flujograma corres-pondiente. En los procedimientos de fijación de tarifas contenidos en la norma, se ha visto por conveniente que en los proce- sos respectivos, luego del período de absolución de ob- servaciones por parte de las empresas, la prepublicacióndel proyecto de resolución que fija las tarifas, se efectúeantes de la audiencia pública en que el OSINERG susten-ta y expone criterios, metodología, estudios, informes omodelos económicos que servirán de justificación en las tarifas reguladas; de esta forma, los asistentes a la audien- cia pública contarán con información oportuna y detalla-da que facilite sus intervenciones y optimice sus reco-mendaciones y sugerencias. Respecto a los plazos que corresponden a la interpo- sición y resolución del recurso de reconsideración, de acuerdo al artículo 3º, inciso 5), de la Ley Nº 27838, la aplicación de los recursos impugnatorios que los conce-sionarios y autorizados y los Organismos Representati-vos de Usuarios puedan interponer contra las resolucio-nes emitidas por el OSINERG, se regirán por las disposi-ciones establecidas por la Ley Nº 27444, Ley del Proce- dimiento Administrativo General, para el recurso de re- consideración. De acuerdo al numeral 207.2 del artículo207º y numeral 134.1 del artículo 134º de dicha ley, elplazo para la interposición del recurso de reconsidera-ción es de 15 días hábiles y debe ser resuelto dentro delos 30 días hábiles siguientes a su interposición; siendo éstos los plazos que se introducen en los nuevos proce- dimientos que contiene la norma. Asimismo, en cuanto a plazos se refiere, cabe indicar que la Ley Nº 27838, introdujo la obligación de una prepu-blicación del proyecto de resolución que fija la tarifa, con15 días hábiles de anticipación a la publicación de la reso- lución respectiva, lo cual, sumado al hecho de plazos para convocatorias y realizaciones de audiencias establecidosen las normas del procedimiento administrativo general, asícomo la experiencia recogida en las últimas fijaciones tari-farias que evidencian estrechez en los plazos tanto paralos administrados como para el OSINERG, determina que existan plazos fijados en las normas sectoriales energéti- cas de imposible cumplimiento. La norma ha dispuesto plazos razonables, en virtud de la modificación establecida por la Ley Nº 27631, publi-cada el 16 de enero de 2002, que reconoce a los orga-nismos reguladores la facultad de dictar normas que re- gulen los procedimientos a su cargo. En consecuencia, están facultados a adecuar aquellos plazos que resultanincompatibles, debiendo prevalecer en la nueva normade Procedimientos para Fijación de Precios Regulados,los fijados en la Ley Nº 27838 y ampliar los que resultennecesarios para cumplir con las nuevas exigencias de dicha Ley, por ser específica en materia de procedimien- to y de fecha posterior a las sectoriales. No obstante ello,se requiere de medidas transitorias que permitan ade-cuar los procesos de fijación tarifaria inmediatos poste-riores o que se encuentran en trámite al expedirse estanorma. Por ello la norma contiene Disposiciones Transi- torias, para estas únicas oportunidades, que contemplan plazos de inicio diferentes de los previstos. La Ley Nº 27838, establece en su artículo 7º, la obli- gación del organismo regulador de realizar audienciaspúblicas descentralizadas en las que se sustente aquelloque sirve de justificación en la fijación de tarifas regula- das, sin definir parámetros de referencia respecto a las localidades del país en que deba llevarse a cabo la au-diencia pública respectiva, especialmente en los casosen que la tarifa no se localiza en una circunscripción de-terminada, sino que es de alcance nacional. La normasugiere que la audiencia pueda realizarse en forma di- recta y también con uso de los medios tecnológicos, de- jándose así la posibilidad que se utilicen sistemas de vi-deo conferencias que permitan la realización de la au-diencia en forma simultánea siempre que se asegure laposibilidad de participación con voz e imagen de los asis- tentes. Los lugares en que deba llevarse a cabo la au-diencia serán determinados por la Gerencia Adjunta deRegulación Tarifaria del OSINERG en cada oportunidad. En aplicación de la función normativa del OSINERG, se ha cumplido con prepublicar el proyecto de norma de los Procedimientos para Fijación de Precios Regulados, con el objeto de recibir las opiniones de los interesadosque puedan contribuir a mejorar los mismos, opiniones queen ciertos casos han sido recogidas en la norma definitivamateria de aprobación. PROCEDIMIENTOS PARA FIJACIÓN DE PRECIOS REGULADOS Artículo 1.- Objeto Establecer los procedimientos para fijación de precios regulados en las actividades de generación, transmisión y distribución de electricidad, así como en las actividades de distribución de gas natural por red de ductos y transportede hidrocarburos por ductos. Artículo 2.- Ámbito Están comprendidas dentro del alcance de la presente norma las empresas generadoras, transmisoras y distri- buidoras de electricidad, así como aquellas otras dedica-das a la distribución de gas natural por red de ductos y altransporte de hidrocarburos por ductos. Asimismo estáncomprendidos los usuarios del servicio público, los orga-nismos representativos de usuarios y aquellos cuyo sumi- nistro se efectúe en condiciones de competencia. Artículo 3.- Base Legal La Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplifica- ción de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; LeyNº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; el Regla- mento General del Organismo Supervisor de la Inversionen Energía - OSINERG, aprobado por Decreto SupremoNº 054-2001-PCM; Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General (LPAG), el Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos; el Reglamento de Trans-porte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decre-to Supremo Nº 041-99-EM; el Reglamento de Distribu-ción de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado porDecreto Supremo Nº 042-99-EM; incluyéndose en todos los casos, las normas modificatorias, complementarias y conexas a los dispositivos citados; y las normas que losmodifiquen o sustituyan. Artículo 4.- Definiciones y Glosario de Términos Cuando en el presente documento se utilicen los si- guientes términos en singular o plural se deberá entender por: COES : Organismo técnico denominado Comité de Operación Económica del Sistema conforma-do por los titulares de las centrales de gene- ración y de sistemas de transmisión, cuyas instalaciones se encuentren interconectadas,con la finalidad de coordinar su operación almínimo costo, garantizando la seguridad delabastecimiento de energía eléctrica y el me-jor aprovechamiento de los recursos energé- ticos. DGE : Dirección General de Electricidad del Minis- terio de Energía y Minas. DGH : Dirección General de Hidrocarburos del Mi- nisterio de Energía y Minas. GART : Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG LCE : Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 LOH : Ley Orgánica de Hidrocarburos - Ley Nº 26221OSINERG : Organismo Supervisor de la Inversión en Ener- gía RG : Reglamento General del OSINERGRLCE : Reglamento de la Ley de Concesiones Eléc- tricas