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PÆg. 237040 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de enero de 2003 la constitución de jueces penales mientras dure la transi- toriedad de la carga procesal por delito de terrorismo,para cuya creación está facultado el Consejo Ejecutivodel Poder Judicial en atención al factor estadístico, deacuerdo a lo normado en el inciso 24) del artículo 82º dela Ley Orgánica del Poder Judicial. Asimismo por la natu- raleza de los procesos por terrorismo, que en algunos casos la comisión de los hechos se ha producido en di-versas localidades, es necesario que los juzgados pena-les transitorios asuman una competencia Supraprovin-cial conforme a la facultad conferida por el inciso 25) delartículo 82º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Que, la carga procesal que remitirá el Fuero Militar se encuentra distribuida por todo el territorio nacional, por loque resulta necesario facultar a los Presidentes de las Cor-tes Superiores a designar jueces de terrorismo a dedica-ción exclusiva, atendiendo al número de expedientes queexistan o puedan ser remitidos del citado fuero. Del mismo modo se les faculta para designar a la Sala Penal que se encargará de conocer los procesos por delito de terrorismo; Que, lo extraordinario de la carga procesal y la delica- da función que deberán de ejercer los Magistrados, hacennecesario que los órganos jurisdiccionales se integren fun-cionalmente a la Sala Nacional de Terrorismo, facultándo- se al Presidente de la Sala Nacional de Terrorismo para que ejerza la supervisión y la adopción de las medidas quesean necesarias para una pronta y eficaz administraciónde justicia, por lo que es del caso dispensarlo parcialmen-te de la actividad jurisdiccional; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 24), 25) y 31) del artículo 82º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en se-sión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir con carácter transitorio tres Juzgados Penales Especializados en delito de terro-rismo, con competencia Supraprovincial en Lima, Callao yel Cono Norte de Lima, que se hace extensiva al juzgadotransitorio ya constituido. Los jueces serán designados porla Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República y asumirán una numeración correlativa. Artículo Segundo.- Autorizar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de toda la República a desig-nar a dedicación exclusiva un Juzgado Especializado en loPenal para conocer de los procesos por delito de terroris-mo, cuando el número de los procesos por delitos de trai- ción a la patria o terrorismo anulados o susceptibles de anu- lación sea mayor a diez expedientes. En los demás casosla instrucción de los procesos por delito de terrorismo esta-rá a cargo del Juzgado Penal para procesos con reos encárcel que designe cada Presidente de Corte Superior. Artículo Tercero.- Autorizar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de designar a la Sala Penal para procesos con reos en cárcel de su Distrito Judicial, sison varias a la Primera, para que se avoque al conocimientode los procesos por delito de terrorismo. Si el volumen dela carga procesal es significativa la designación será adedicación exclusiva, dando cuenta a este Órgano de Go- bierno. Artículo Cuarto.- Los Juzgados Penales que conocen de los delitos de terrorismo dependerán funcionalmente dela Sala Nacional de Terrorismo. Las Salas Penales desig-nadas para el conocimiento de los procesos por delito deterrorismo se integran funcionalmente a la Sala Nacional de Terrorismo. Artículo Quinto.- Facultar al Presidente de la Sala Nacional de Terrorismo para que ejerza las siguientes atri-buciones: 1. Supervisar el debido control de los juzgados y Salas Penales que conocen de los procesos por delito de terro-rismo. 2. Conformar los colegiados para la realización de los juzgamientos. 3. La programación de las audiencias a nivel nacional hechas por los Presidentes de Sala, deberán ser de co- nocimiento del Presidente de la Sala Nacional de Terro-rismo. 4. Autorizar a los juzgados y Salas Penales para la realización de diligencias fuera del ámbito territorial de sucompetencia, de manera excepcional y por razones de necesidad y/o urgencia, cuando no sea posible el trasladodel procesado o un testigo que se encuentre en un esta-blecimiento penitenciario. 5. Solicitar a los juzgados y Salas la remisión de copias de los autos de apertura de instrucción, acusación escrita, auto de enjuiciamiento y sentencias que se expidan en el curso de los procesos, así como la información que searequerida por la Sala Nacional de Terrorismo, para la esta-dística judicial. 6. Designar y/o rotar al personal auxiliar jurisdiccional de la Sala Nacional de Terrorismo. 7. Emitir las directivas y medidas que sean necesarias para un mejor funcionamiento de los órganos jurisdic-cionales a su cargo y la pronta y eficaz administración dejusticia, dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judi-cial. 8. Las demás que la ley y los reglamentos le otorgan a un Presidente de Sala. Artículo Sexto.- Al Presidente de la Sala Nacional de Terrorismo, por el desempeño de la labor de supervisiónde los órganos jurisdiccionales que por razones funciona-les están a su cargo, se le dispensa parcialmente de la actividad jurisdiccional, en función de las necesidades del servicio. Artículo Sétimo.- La Gerencia General del Poder Judi- cial deberá atender prioritariamente los requerimientos lo-gísticos y de personal que requiera la Sala Nacional deTerrorismo, así como la implementación de los Juzgados Penales Transitorios Especializados en Delitos de Terroris- mo. Artículo Octavo.- El Presidente de la Sala Nacional de Terrorismo deberá informar de su gestión mensualmenteal Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con la documen-tación respectiva. Artículo Noveno.- La presente resolución entrarán en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario OficialEl Peruano. Artículo Décimo.- Poner la presente resolución en co- nocimiento del Presidente de la Sala Penal Permanente dela Corte Suprema de Justicia de la República, de la Fiscal de la Nación, del Ministro de Justicia, de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República, y dela Gerencia General del Poder Judicial, para los fines con-siguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SS. HUGO SIVINA HURTADOWALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULOBENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 00502 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Designan vocales superiores como inte- grantes de la Sala Nacional de Terroris-mo SALA PENAL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 002-2003-SPPCS Lima, 9 de enero del 2003 VISTO; el Oficio Nº 002-2003-P-SNT de fecha 8 de enero del 2003 remitido por el Presidente de la Sala Na- cional de Terrorismo;