Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2003 (11/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, sabado 11 de enero de 2003

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Que, por Resolucion Jefatural Nº 193-2001-INADE1100, se dispuso la exoneracion correspondiente al contrato de arrendamiento del 13º piso del inmueble signado con el Nº 160 del MORDAZA Tarata, Miraflores, con la Compania "Construcciones Micolli S.A.", por el periodo que comprendio del 1 de octubre del 2001 al 30 de setiembre del 2002, y en el que actualmente funcionan las Oficinas de la Gerencia de Emergencia, Defensa y Desarrollo Social y de la Oficina General de Auditoria Interna, habiendose establecido una renta mensual de US$ 1 800,00; Que, posteriormente, con fecha 27 de setiembre del 2002, se MORDAZA una Addenda al Contrato en mencion, con la misma empresa, por el periodo comprendido entre el 1 de octubre al 31 de diciembre del 2002, pactandose una renta mensual de US$ 1 800,00 por el mes de octubre y US$ 1 500,00 por los meses de noviembre y diciembre; Que, el Articulo 19º, inciso g) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para prorrogar el plazo de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor, debiendo procederse conforme al MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, con las formalidades previstas por el articulo 20º de la referida Ley, concordante con el Articulo 113º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, con el Informe Tecnico Nº 007-2002-INADE/4131, la Oficina de Abastecimientos y Servicios Generales, ha senalado que existe la necesidad de prorrogar el contrato de arrendamiento del piso 13º del inmueble en mencion, por un lapso de doce meses, que regira del 1 de enero al 31 de diciembre del 2003, por la renta mensual de US$ 1 250,00 esto es, por suma inferior a la MORDAZA renta convenida, lo cual permite la exoneracion solicitada en tanto que no existe incremento de la renta y que, en los pisos 3º, 4º, 5º, 10º, 11º y 12º del mismo inmueble funcionan las oficinas de los demas organos del INADE, con los cuales es necesario mantener una estrecha coordinacion, siendo ademas el traslado a otro inmueble, muy oneroso. por las implicancias que ello conlleva; Que, la exoneracion esta referida a un MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, en razon a que el monto total del contrato de arrendamiento asciende a la suma de US$ 15 000,00 o su equivalente en moneda nacional, ascendente a S/. 52 815,00 al MORDAZA de cambio de S/. 3.521 por dolar; Que, mediante Informe Legal Nº 328-2002-INADE3201-OGAJ, la Oficina General de Asesoria Juridica emite opinion legal en el sentido que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva para la prorroga del Contrato de Arrendamiento aludido, de conformidad con la causal contemplada en el inciso g) del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debido a que la renta pactada en moneda extranjera es inferior a la MORDAZA renta convenida, no siendo de aplicacion formula de reajuste alguna, segun lo dispuesto por el Art. 44º inciso 4) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, por lo que se debe dictar la Resolucion Jefatural que apruebe la exoneracion correspondiente, autorizandose la prorroga del Contrato de Arrendamiento mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de acuerdo a los terminos de los Articulos 116º y 105º de la misma norma; Con las visaciones de la Gerencia General, Oficina General de Administracion y Oficina General de Asesoria Juridica; Estando a lo establecido en el inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES;

Articulo 1º.- Exonerar al Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para prorrogar el plazo del Contrato de Arrendamiento del piso 13º del inmueble sito en el Jr. Tarata Nº 160 - Miraflores, celebrado con la Compania "Construcciones Micolli S.A.", por un monto total de US$ 15 000.00 (Quince Mil y 00/100 Dolares Americanos), por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2003. Articulo 2º.- Autorizar al Gerente General del INADE la celebracion de la prorroga del contrato de arrendamiento a que se refiere el articulo anterior, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- La contratacion a que se refiere el articulo precedente, se realizara de acuerdo a las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Poner la presente Resolucion Jefatural en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con el Informe Tecnico Nº 007-2002-INADE/4131 e Informe Legal Nº 328-2002-INADE-3201-OGAJ, dentro de los diez dias calendario siguientes de su aprobacion, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Desarrollo 00476

INDECOPI
Designan miembros de las Comisiones Delegadas de Procedimientos Concursales que operan en la Camara de Comercio y Produccion de la MORDAZA de MORDAZA y en la PUCP
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 184-2002-INDECOPI/DIR MORDAZA, 27 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 788 y en la Ley Nº 27809, Ley General del Sistema Concursal, y en el MORDAZA de la descentralizacion de sus funciones, el Indecopi ha suscrito Convenios de Delegacion de Funciones con distintas entidades de prestigio, publicas y privadas, estableciendo Comisiones Delegadas de Procedimientos Concursales encargadas de tramitar y resolver los procedimientos a que se refiere la Ley en referencia; Que en ese contexto, resulta pertinente efectuar la incorporacion de un MORDAZA miembro a la Comision Delegada de Procedimientos Concursales del Indecopi que opera en la Camara de Comercio y Produccion de la MORDAZA de Piura; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y, De conformidad con el inciso e) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA E. Orejuela MORDAZA en el cargo de miembro de la Comision Delegada de Procedimientos Concursales del Indecopi que opera en la Camara de Comercio y Produccion de la MORDAZA de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TASAYCO Presidente del Directorio 00378

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