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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2003 (11/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 72

PÆg. 237038 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de enero de 2003 va del SENCICO, por el cual hace conocer el acuerdo del Consejo Directivo Nacional adoptado en su Sesión Nº 827;y, CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Normalización, Capacita- ción e Investigación para la Industria de la Construcción -SENCICO, es una Institución Pública Descentralizada delSector Vivienda, Construcción y Saneamiento de confor-midad con lo establecido en la Ley Nº 27792 y el DecretoSupremo Nº 002-2002-VIVIENDA; Que, el cargo de Jefe de Laboratorio de Ensayo de Materiales del Servicio Nacional de Normalización, Capa-citación e Investigación para la Industria de la Construc-ción - SENCICO, se encuentra vacante; Que, el Consejo Directivo Nacional en la Sesión de vis- tos acordó por unanimidad proponer la designación del Ing. José Meza Cuadra Velásquez, en el cargo de confianza de Jefe del Laboratorio de Ensayo de Materiales de dicha Ins-titución; De conformidad con las Leyes Nºs. 27594, 27779, 27792, Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y Reso-lución Ministerial Nº 074-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. JOSÉ MEZA CUADRA VELÁSQUEZ, en el cargo de con-fianza de Jefe del Laboratorio de Ensayo de Materiales del Servicio Nacional de Normalización, Capacitación e Inves- tigación para la Industria de la Construcción - SENCICO. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 00494 Autorizan a procuradora iniciar accio- nes judiciales contra empresa contra- tista por deficiencias en la construcciónde obra RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 005-2003-VIVIENDA Lima, 9 de enero de 2003 Visto, el Oficio Nº 2065-2002-GG-INFES-VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de Infra-estructura Educativa y de Salud - INFES, por el que soli-cita se autorice a la Procuradora Pública encargada delos asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construc- ción y Saneamiento, a interponer acciones judiciales que correspondan, contra CONSTRUCTORA JAPEC CON-TRATISTAS GENERALES S.R.LTDA.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Construcción de Obra a Suma Alzada, suscrito el 27 de octubre de 1994, el Institu-to Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - IN-FES, contrató con el Contratista CONSTRUCTORA JAPECCONTRATISTAS GENERALES, la ejecución de obras de infraestructura para el I.S.P. Huari, ubicado en el distrito de Huari, provincia de Huari, departamento de Ancash, ma-teria de la Licitación Pública Nº 314-94-PRES-INFES; Que, concluida la ejecución física de la Obra y levanta- da las observaciones formuladas, la obra fue recibida porla Comisión de Recepción, suscribiéndose el Acta de Re- cepción de Obra con fecha 1 de agosto de 1995; aprobán- dose la liquidación final del Contrato de Obra medianteResolución de Gerencia General Nº 393-97-PRES-INFESde fecha 14 de abril de 1997; Que, por medio del Memorándum Nº 010-2002-ZO- NAL IV-ME-INFES, la Gerencia de Obras ordena que se efectúe una verificación en el I.S.P. Huari, a efecto dedefinir posibles defectos constructivos, puestos en cono- cimiento mediante Informe Nº 199-2002-C-GO-ME-IN-FES; en el cual se informa que de la inspección ocularefectuada por el Ing. Oscar Miranda Hospinal al referidoI.S.P, se ha detectado la existencia de deficiencias cons-tructivas y vicios ocultos, cuyas reparaciones son res- ponsabilidad del contratista CONSTRUCTORA JAPEC CONTRATISTAS GENERALES S.R.LTDA., conforme a loestipulado en la cláusula 4.0, numeral 4.11 del Contratode Obra, y por así disponerlo el artículo 5.10.9 del Regla-mento Único de Licitaciones y Contratos de Obras Públi-cas - RULCOP, aplicable al caso, por haberse llevado a cabo el proceso de contratación durante su vigencia. Así mismo, mediante Oficio Nº 998-2002-GO-ME-INFES del12 de abril de 2001, la Gerencia de Obras comunicó alContratista CONSTRUCTORA JAPEC CONTRATISTASGENERALES S.R.LTDA., la existencia de deficienciasconstructivas detectadas en la obra, el cual fue cursado por conducto notarial, habiendo sido recepcionado dicho Oficio, en la dirección indicada; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 0432-2002-ME-INFES del 4 de julio de 2002, se aprobó elPresupuesto Analítico que se requiere para la reparaciónde las deficiencias constructivas del citado Centro I.S.P., por cuenta del Contratista, el que asciende a la suma de S/ .7,111.52 (Siete mil ciento once y 52/100 nuevos soles); laque fue puesta en conocimiento del Contratista medianteOficio Nº 1058-2002-GG-ME-INFES del 8 de julio de 2002,presentando éste, Recurso de Apelación contra la Resolu-ción de Gerencia General Nº 432-2002-ME-INFES de fe- cha 4 de julio del 2002, por la cual, con la Resolución de Consejo Directivo Nº 100-2002-INFES-VIVIENDA de fecha30 de septiembre del 2002 se declara INFUNDADO dichoRecurso, por lo que legalmente, ha quedado consentida; Que, la responsabilidad del mencionado Contratista, de reparar las deficiencias constructivas de la obra I.S.P Hua- ri, se encuentra plenamente acreditada conforme a lo pre- visto en la Cláusula 4.0, numeral 4.11 del Contrato de Eje-cución de Obra a Suma Alzada, suscrito el 27 de octubrede 1994, siendo de aplicación supletoria lo prescrito por elartículo 5.10.9 del Reglamento Único de Licitaciones yContratos de Obras Públicas - RULCOP, así como lo esta- blecido en el artículo 1784º del Código Civil vigente; Que, no habiendo asumido el Contratista su responsa- bilidad contractual, es pertinente exigir su cumplimiento enla vía judicial, al amparo de los artículos 1148º, 1219º,1220º, 1324º y 1333º del Código Civil, siendo necesarioautorizar a la Procuradora Pública encargada de los asun- tos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a interponer las acciones judiciales que co-rresponda contra el contratista CONSTRUCTORA JAPECCONTRATISTAS GENERALES S.R.LTDA., en represen-tación y defensa de los intereses del Instituto Nacionalde Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y la Ley Nº 27792,Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Procuradora Pú- blica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a interponer las acciones judiciales pertinentes contra el Contratista CONS-TRUCTORA JAPEC CONTRATISTAS GENERALESS.R.LTDA., por las razones expuestas en la parte consi-derativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Pública mencionada, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 00495