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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2003 (22/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 237745 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de enero de 2003 MIMDES Disponen que organismos pœblicos descentralizados de MIMDES procedan a priorizar ejecución de proyectos en favor de niæos y adolescentes, perso-nas adultas mayores y personas condiscapacidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 017-2003-MIMDES Lima, 20 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, las Bases para la Estrategia de Superación de la Pobreza y Oportunidades Económicas para los Pobres,aprobadas por Decreto Supremo Nº 002-2003-PCM, seña-la que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MI- MDES, es el ente rector de la política social orientada al desarrollo de capacidades de las personas en situación depobreza, y tendrá por finalidad contribuir a elevar el nivelde vida de la población en situación de pobreza mediantepolíticas que promuevan la equidad y la igualdad de opor-tunidades sin discriminación en el acceso al empleo pro- ductivo y los servicios básicos; Que, en el marco de la estrategia y política social del Estado, que concierne al MIMDES, es necesario promoverla ejecución de proyectos productivos específicos en favorde los niños y adolescentes, las personas adultas mayoresy las personas con discapacidad, que involucren y faciliten la participación activa de los grupos poblaciones antes mencionados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2002-PRO- MUDEH fue aprobado el Plan Nacional de Acción por laInfancia y la Adolescencia 2002-2010, y por Decreto Su-premo Nº 005-2002-PROMUDEH fue aprobado el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002-2006, y próximamente será aprobado el Plan Nacional de lasPersonas con Discapacidad, siendo los instrumentosrectores de las acciones del Sector en materia social; Que, asimismo es necesario promover dentro del Sector la ejecución de acciones concretas en favor de las personas con discapacidad, como parte de las acti- vidades a realizarse durante el presente ejercicio de-nominado Año de los Derechos de las Personas conDiscapacidad; De conformidad con la Ley Nº 27793 y el Decreto Su- premo Nº 008-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que a partir del presente ejerci- cio presupuestal, los Organismos Públicos Descen-tralizados del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, y en particular el Fondo Nacional de Com- pensación y Desarrollo Social - FONCODES, procederána priorizar la ejecución de proyectos que desarrollan lascapacidades y generan oportunidades en favor de los ni-ños y adolescentes, las personas adultas mayores y laspersonas con discapacidad, los cuales estarán enmarca- dos en los planes y criterios señalados en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La ejecución de dichos proyectos se efec- tuará anualmente por lo menos a razón de uno por cadadepartamento. Artículo 3º.- El Directorio de FONCODES y la más alta autoridad administrativa de cada uno de los otros Organismos Públicos Descentralizados del Ministerio dela Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, quedan encar-gados de disponer las medidas internas necesarias parael adecuado cumplimiento de lo dispuesto por la pre-sente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 01267RELACIONES EXTERIORES Crean la Secretaría de Política Exte- rior como órgano de línea y a la Se- cretaría de Administración como órga- no de apoyo en la estructura orgÆnicadel Ministerio DECRETO SUPREMO Nº 001-2003-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la disposición complementaria del Decreto Ley Nº 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exterio-res, de 29 de diciembre de 1992 - dispone que la organiza-ción interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, la crea- ción, supresión o modificación de los órganos a que se re- fiere el Artículo 9º del citado dispositivo, así como la des-cripción de las funciones respectivas serán establecidaspor Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Rela-ciones Exteriores; Que el Decreto Supremo Nº 033-96-RE, de 21 de agos- to de 1996, modificó el artículo 9º así como los capítulos IV al XI del Decreto Ley Nº 26112; Que el Decreto Supremo Nº 006-99-RE de 12 de febre- ro de 1999 y sus modificatorias establecen la actual es-tructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que es indispensable adecuar dicha estructura orgáni- ca a los requerimientos de la política exterior peruana y a las necesidades funcionales del Ministerio de RelacionesExteriores; DECRETA: Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo 1º del De- creto Supremo Nº 006-99-RE, de 12 de febrero de 1999, afin de crear como órgano de línea la Secretaría de PolíticaExterior y como órgano de apoyo la Secretaría de Adminis-tración. Artículo Segundo.- La Secretaría de Política Exterior, dependiente directamente del Viceministerio y Secretaría General de Relaciones Exteriores, tendrá a su cargo lacoordinación, evaluación y ejecución de las acciones ne-cesarias para aplicar las directivas y decisiones que enmateria de política exterior adopte la Alta Dirección, y elcontrol de la acción de los órganos de línea que dependen de dicha Secretaría. Dichos órganos de línea son los siguientes: - Subsecretaría para Asuntos de América. - Subsecretaría para Asuntos de Europa.- Subsecretaría de Asuntos Económicos. - Subsecretaría para Asuntos Multilaterales. - Subsecretaría para Asuntos de Asia.- Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior.- Subsecretaría de Política Cultural Exterior. Artículo Tercero.- La Secretaría de Administración, dependiente directamente del Viceministerio y Secretaría General de Relaciones Exteriores, asumirá las funcionesde la Subsecretaría de Administración y tendrá a su cargoproponer, coordinar y ejecutar las políticas necesarias parala correcta administración de los recursos humanos, finan-cieros y materiales del Ministerio de Relaciones Exterio- res. La Secretaría de Administración contará con las siguien- tes dependencias: - Dirección General de Administración. - Dirección General de Desarrollo de Recursos Huma- nos. - Oficina Ejecutiva de Gestión y Preservación del Patri- monio del Estado en el Exterior. Artículo Cuarto.- La Oficina Nacional de Desarrollo Fronterizo y la Dirección Nacional de Soberanía y Límites dependerán de la Subsecretaría para Asuntos de América. Artículo Quinto.- Deróguense los dispositivos que se opongan al presente Decreto Supremo.