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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2003 (22/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 237760 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de enero de 2003 Artículo 6º.- Documentación que será remitida al CND El Presidente del CND coordinará con el JNE la valida- ción del listado de las autoridades regionales, locales pro- vinciales y locales distritales elegidas en el último proceso electoral regional y municipal. En dicho listado se precisa-rá aquellas circunscripciones en las cuales se llevará a caboelecciones complementarias y las autoridades cuya vacan-cia hubiese sido declarada. Artículo 7º.- Mayoría calificada Los representantes de los Gobiernos Regionales al CND serán elegidos por los dos tercios del número legal de pre- sidentes regionales. La elección deberá realizarse obliga-toriamente en dicha sesión de votación. Los representantes de los Gobiernos Locales Distritales y Provinciales al CND serán elegidos por los dos tercios de los asistentes al acto electoral. La elec-ción deberá realizarse obligatoriamente en dicha sesiónde votación. Artículo 8º.- Características del voto El voto es secreto y obligatorio. La votación se inicia a las 9:00 de la mañana. Los electores que no concurran a la votación imposibili- tan la participación de la región, provincia o distrito, segúncorresponda. Artículo 9º.- Las listas de electores Las listas de electores serán publicadas el día de la elec- ción en el mismo recinto donde se llevará a cabo la vota-ción. Artículo 10º.- El material electoral El material electoral está conformado por las cédulas de votación, la lista de asistencia, el Acta Electoral, una (1)cabina secreta y un (1) ánfora. Asimismo, una lista de candidaturas en donde figuran los distritos, provincias o regiones que participan en la elec-ción. Artículo 11º.- Asignación de números en la cédula de votación Cada cédula contará con recuadros que en su interior contendrán números. Cada número representa a una cir-cunscripción. Artículo 12º.- Sede de las sesiones de votación La sede de las sesiones de votación dispuestas por el artículo 79º de la Ley Orgánica, será la capital de una delas regiones de manera rotativa y por sorteo público efec-tuado por el CND en cada oportunidad entre las regiones que aún no se hayan desempeñado como tal. CAPÍTULO II LA CONVOCATORIA A ELECCIONES Artículo 13º.- Contenido de la convocatoria y la realización de las elecciones De conformidad con la Ley de Bases y la Ley Orgánica, el proceso electoral se lleva a cabo cada cuatro (4) años, amás tardar a los treinta (30) días hábiles posteriores a lafecha de instalación de los gobiernos regionales y locales.El proceso electoral se inicia con la elección de los repre- sentantes ante el Consejo Nacional de Descentralización de los presidentes regionales. El proceso electoral comprende la elección de los delegados de los alcaldes distritales y de los representan-tes ante el Consejo Nacional de Descentralización de lospresidentes regionales, alcaldes provinciales y alcaldes dis- tritales. Artículo 14º.- Notificación de la convocatoria La Resolución de Convocatoria será emitida por el Presidente del CND y notificada a todos los presidentesde los gobiernos regionales, alcaldes de los gobiernos locales provinciales y distritales, al JNE, a la ONPE, así como a todas las instituciones que apoyen el proce-so electoral, en el plazo de cinco (5) días contados des-de su expedición. Artículo 15º.- Alcances de la convocatoria La convocatoria es aplicable a los presidentes de los gobiernos regionales, alcaldes provinciales y alcaldes dis-tritales que se hayan instalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º del presente Reglamento.TÍTULO III ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PRESIDENTES REGIONALES Artículo 16º.- Fecha de la elección La elección de representantes de los presidentes regionales ante el CND se lleva a cabo dentro de los treinta(30) días hábiles posteriores a la instalación de los gobier-nos regionales. Artículo 17º.- Jurado de Honor La mesa de sufragio estará compuesta por un Jurado de Honor conformado por un representante del JuradoNacional de Elecciones, quien la presidirá, un represen-tante del Poder Judicial como primer miembro y un repre- sentante de uno de los Colegios Profesionales de Lima quien actuará como secretario. El Presidente del CND cursará la invitación a dichas autoridades con la notificación de la convocatoria a elec-ciones, quienes confirmarán su asistencia a más tardar tres(3) días naturales posteriores a la fecha de recepción de la notificación. Artículo 18º.- Quórum Para dar inicio a la elección de representantes de los presidentes regionales ante el CND, deberá contarse conun quórum de dos tercios del número legal de presidentes regionales. Artículo 19º.- Lista de asistencia En la lista de asistencia figurará el nombre de la elec- ción y de cada una de las regiones participantes en la elec-ción así como el nombre y documento de identificación de los participantes. Dicha lista será suscrita por los partici- pantes tantas veces como rondas de votación se realicen. Artículo 20º.- Procedimiento de votación El Jurado de Honor se reunirá en el local de votación a las 8:30 de la mañana e instalará la mesa de sufragio a las 9:00 am. Los participantes, luego de identificarse ante el Jurado de Honor con su último documento de identificación, pasa-rán a la cámara secreta a emitir su voto marcando en lacédula el número que corresponde a la Región de su elec-ción. Previamente, el jurado de honor leerá dos veces el listado de circunscripciones y su correspondiente número de tal manera que los electores puedan elegir correctamentela región. La correspondencia entre los números y las re-giones en la cédula de sufragio se da por orden alfabético. Los representantes de los Gobiernos Regionales, se- rán elegidos en una votación que contará con tres fases: En la primera fase, todos los presidentes regionales asistentes serán parte del proceso electoral. Luego de laprimera ronda de votación se separará a los tres partici-pantes más votados por mayoría simple, quienes serán loscandidatos que ingresarán a la siguiente fase. Se llevará a cabo tantas rondas de votación como sean necesarias hasta obtener los tres candidatos requeridos. En la segunda fase, se elegirá al primer representante del Gobierno Regional y se llevarán a cabo tantas rondasde votación como sean necesarias hasta elegir al repre-sentante con los dos tercios del número legal. En la tercera fase, se elegirá al segundo representante del Gobierno Regional de la misma manera que en el pá-rrafo anterior. El Presidente del Jurado de Honor anunciará los resul- tados de cada una de las fases de votación. Si no se contara con la presencia de los dos tercios de los presidentes regionales en la sesión, se convocará a una nueva votación dentro de los 20 días hábiles posteriores adicha sesión. Artículo 21º.- Acta Electoral de las sesiones de vo- tación El Acta Electoral contendrá la siguiente información: Nombre de la elección y de la sede; El número de electores que sufragaron y a qué regio- nes representan; El número de votos alcanzado por cada una de las re- giones; Los nombres de las regiones que formaron la terna así como el nombre de sus autoridades y el número de votos alcanzado por cada una de ellas;