TEXTO PAGINA: 17
PÆg. 237751 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de enero de 2003 ELECCIÓN DEL CONCEJO DISTRITAL DE CAPELO Organizaciones Políticas Votación Agrupación Vecinal Viva Requena 4 Unipol 60 Movimiento Independiente Fuerza Loretana 274 Movimiento Independiente Nueva Amazonía 260 Partido Aprista Peruano 13 Alianza Electoral Unidad Nacional 219 Partido Perú Posible 59 Partido Democrático Somos Perú 65 Votos nulos 169 Votos en blanco 41 Votos impugnados 1 Total de votos 1165 Electores hábiles 1407 Que, asimismo, aplicado el sistema electoral de reparti- ción de regidurías establecido en los artículos 25º y 26º dela Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, se obtiene elresultado siguiente: CIFRA REPARTIDORA: 260 Organización Política Votos % Cociente Regidores Movimiento Independiente Fuerza Loretana 274 28,721 —— 4 Movimiento Independiente Nueva Amazonía 260 27,254 1,000 1 Alianza Electoral Unidad Nacional 219 22,956 0,842 0 Partido Democrático Somos Perú 65 6,813 0,250 0 Unipol 60 6,289 0,231 0 Partido Perú Posible 59 6,184 0,227 0 Partido Aprista Peruano 13 1,363 0,050 0 Agrupación Vecinal Viva Requena 4 0,419 0,015 0 Total 954 100 —— 5 Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elec- ciones bajo el amparo del numeral 5) del artículo 178º de la Constitución Política del Estado y en aplicación de los inci- sos i) y j) del artículo 5º de su Ley Orgánica Nº 26486; RESUELVE:Artículo Primero.- Proclamar como Alcalde y Regido- res del Concejo Distrital de Capelo para el período munici- pal 2003 - 2006 a los siguientes ciudadanos, otorgándoselas respectivas credenciales: CONCEJO DISTRITAL DE CAPELO Autoridad Nombres y apellidos Organización política Alcalde Alvaro Díaz Mego Movimiento Independiente Fuerza Loretana 1º Regidor Lurdes Yahuarcani Yaicate Movimiento Independiente Fuerza Loretana 2º Regidor José Santos García Bardales Movimiento Independiente Fuerza Loretana 3º Regidor Juan Eugidio Tangoa López Movimiento Independiente Fuerza Loretana 4º Regidor Luz Adriana Paima Gonzales Movimiento Independiente Fuerza Loretana 5º Regidor Wilder Ushiñahua Celis Movimiento Independiente Nueva Amazonía Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Mu- nicipalidad Provincial de Requena y de la Municipalidad Dis-trital de Capelo la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENASVELA MARQUILLO ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General. 01201 RESOLUCIÓN Nº 041-2003-JNE Expediente Nº 1944-2002 Lima VISTOS: En audiencia pública de fecha 9 de enero del 2003, el pedido atípico de nulidad de la Resolución Nº 1123-2002- JNE del 27 de diciembre de 2002, formulados por los per-soneros legales de las organizaciones políticas Movimien-to Independiente Vecinos Unidos, Movimiento IndependienteSanta Rosa en Acción, Movimiento Independiente La Ar-boleda y Movimiento Ecológico Horizonte Verde;CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de vistos y en mérito del re- curso de apelación interpuesto por el Partido Aprista Pe- ruano, se revocó la Resolución Nº 1637 del 10 de diciem- bre de 2002 expedida por el Jurado Electoral Especial deLima Norte que anuló las elecciones municipales del distri-to de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima; dis-poniéndose, en garantía de la manifestación popular ciu-dadana, que la ONPE emita los resultados definitivos del cómputo de las elecciones municipales de dicho distrito; Que los recurrentes manifiestan que en la Resolución de vistos no se analizaron debidamente los cambios de do-micilio, los que a criterio de la recurrente, son causal sufi-ciente para declarar la nulidad de la elección municipal rea-lizada en el distrito de Santa Rosa; asimismo, presenta medios probatorios extemporáneos que no varían la apre- ciación en conjunto de los fundamentos que sustentan laresolución recurrida; debiendo precisarse que, mediante elrecurso atípico de nulidad se discuten los fundamentos dederecho que sustentan la resolución impugnada; habiendosido expedida con arreglo a la Constitución, ley y regla- mentos, no habiéndose incurrido en causal de nulidad al- guna; Que la Oficina Nacional de Procesos Electorales, seña- la que el resultado del cómputo final de la elección munici-pal desarrollada en el distrito de Santa Rosa, en cumpli-miento de la Resolución Nº 1123-2002-JNE es el siguien- te: ELECCIÓN DEL CONCEJO DISTRITAL DE SANTA ROSA Organizaciones Políticas Votación PARTIDO APRISTA PERUANO 462 ALIANZA ELECTORAL UNIDAD NACIONAL 346 “CORAZON SANTAROSINO” 313 “MOVIMIENTO INDEPENDIENTE VECINOS UNIDOS” 287 PARTIDO DEMOCRATICO SOMOS PERU 260 SANTA ROSA EN ACCION 258 MOVIMIENTO INDEPENDIENTE MUJERES EN ACCION 172 MOVIMIENTO ECOLÓGICO HORIZONTE VERDE 132 MOVIMIENTO INDEPENDIENTE LA ARBOLEDA 124 MOVIMIENTO INDEPENDIENTE MONITOR EN ACCION 82 PARTIDO PERU POSIBLE 45 PARTIDO RENACIMIENTO ANDINO 29 PARTIDO ACCION POPULAR 14 Votos en blanco 46 Total de votos 2730 Electores hábiles 3016 Que, asimismo, aplicado el sistema electoral de reparti- ción de regidurías establecido en los artículos 25º y 26º dela Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, se obtiene elresultado siguiente: CIFRA REPARTIDORA: 346 Organización Política Votos % Cociente Regidores PARTIDO APRISTA PERUANO 462 18.304 ——- 4 ALIANZA ELECTORAL UNIDAD NACIONAL 34613.708 1.00000 1 “CORAZON SANTAROSINO” 313 12.401 0.90462 0 “MOVIMIENTO INDEPENDIENTE VECINOS 287 11.371 0.82948 0 UNIDOS” PARTIDO DEMOCRATICO SOMOS PERU 260 10.301 0.75145 0 SANTA ROSA EN ACCION 258 10.222 0.74566 0MOVIMIENTO INDEPENDIENTE MUJERES 172 6.815 0.49711 0 EN ACCION MOVIMIENTO ECOLÓGICO HORIZONTE 132 5.230 0.38150 0 VERDE MOVIMIENTO INDEPENDIENTE LA 124 4.913 0.35838 0 ARBOLEDAMOVIMIENTO INDEPENDIENTE MONITOR 82 3.249 0.23699 0 EN ACCION PARTIDO PERU POSIBLE 45 1.783 0.13006 0 PARTIDO RENACIMIENTO ANDINO 29 1.149 0.08382 0 PARTIDO ACCION POPULAR 14 0.555 0.04046 0 TOTAL 2524 100% 0 El Jurado Nacional de Elecciones bajo el amparo del numeral 5) del artículo 178º de la Constitución Política delEstado y en aplicación de los incisos i) y j) del artículo 5ºde su Ley Orgánica Nº 26486; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundado el pedido atípi- co de nulidad de la Resolución Nº 1123-2002-JNE, formu-