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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2003 (26/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

PÆg. 238004 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de enero de 2003 politano", modificado por el Edicto Nº 246, el que queda- rá redactado de la siguiente manera: Artículo 85º.- El Concejo contará con catorce Comi- siones Permanentes las cuales serán: a Comisión de Desarrollo Urbano y Nomenclatura. b Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambien- te. c Comisión de Transporte Urbano.d Comisión de Salud y Bienestar Social. e Comisión de Educación y Cultura. f Comisión de Comercialización y Defensa al Consu- midor. g Comisión de Seguridad Ciudadana. h Comisión de Participación Vecinal.i Comisión de Turismo. j Comisión de La Mujer. k Comisión de la Juventud y Deporte.l Comisión de Fomento al Desarrollo Económico y Productivo. mComisión de Asuntos Legales.n Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto. Artículo Segundo.- Modifíquese el artículo 86º del Edicto Nº 020, modificado por el Edicto Nº 246, el cual quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 86º.- Corresponde a la Comisión de Desa- rrollo Urbano y Nomenclatura, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, rela-cionados con: a) El desarrollo de Lima Metropolitana. b) Los Asentamientos Humanos Marginales. c) Zonificación y Urbanismo. d) Edificación.e) Ornato y Monumentos. f) Adjudicación de terrenos eriazos. g) Uso del suelo y expansión urbana.h) Demarcación territorial. i) Catastro. j) Anuncios.k) Creación de Municipalidades de Centro Poblado Menor. l) Plan Vial Metropolitano.m) Nomenclatura de vías públicas, parques y áreas verdes. n) Actualización de la nomenclatura de vías y áreas de recreación pública. o) Actualización y aprobación de la Guía e Índice de Nomenclatura para Lima Metropolitana. p) Otros que le encomiende el Concejo. Artículo Tercero.- La Comisión de Desarrollo Urbano debe constituir una Subcomisión de Trabajo, de confor- midad con lo establecido en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 04-95-MTC, la misma que determinará res-pecto de los asuntos relacionados a nomenclatura de vías y otros. Artículo Cuarto.- Modifíquese el artículo 90º del Edic- to Nº 020, modificado por el Edicto Nº 246, el mismo que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 90º.- Corresponde a la Comisión de Educa- ción y Cultura pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) Educación. b) Cultura y Espectáculos.c) Fomento a las artes. d) Patrimonio arqueológico. e) Bibliotecas.f) Zoológicos, jardines botánicos, parques recreacio- nales y bosques naturales. Otros que le encomiende el Concejo. Artículo Quinto.- Sustitúyase el artículo 94º del Edic- to, modificado por el Edicto Nº 246, el que queda redac- tado de la siguiente manera: Artículo 94º.- Corresponde a la Comisión de Turismo pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo relacionados con:a) Acciones destinadas a identificar y promover las posibilidades de inversión en zonas de interés turístico. b) Acciones destinadas a la promoción del turismo receptivo hacia Lima Metropolitana. c) Acciones destinadas a promover y difundir mani- festaciones artísticas y culturales, con incidencia en el Calendario Turístico de la ciudad de Lima. d) Acciones destinadas a formular, aprobar y ejecutar estrategias y programas de desarrollo turístico de la ciu- dad de Lima. e) Acciones destinadas a difundir la imagen de Lima Metropolitana. f) Acciones destinadas a verificar el cumplimiento de las normas del medio ambiente y preservación de los recursos naturales, relacionadas con la actividad turística. g) Otros que le encomiende el Concejo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 23 de enero de 2003.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 01511 Precisan D.A. N” 060-2003-MML que declaró zona rígida sector del CentroHistórico de Lima reconocido comoPatrimonio Cultural de la Humanidadpor la UNESCO DECRETO DE ALCALDÍA Nº 069 Lima, 24 de enero de 2003 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 060-2003-MML publicado el 23 de enero de 2003, se declaró zona rígida para cualquier tipo de concentración, el sector de máxi- ma protección reconocido como Patrimonio Cultural dela Humanidad por la UNESCO dentro del Centro Históri- co de Lima, conforme con la delimitación consignada en el citado Decreto; Que, es preciso determinar la fecha de vigencia del Decreto de Alcaldía Nº 060-2003-MML dada la naturale- za del Decreto dictado; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 47º inciso 6), 112º y 136º inciso 10), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Único.- Precisar que el Decreto de Alcaldía Nº 060-2003-MML, publicado en el Diario Oficial El Pe- ruano, el jueves 23 de enero del año en curso, rige apartir del día lunes 27 de enero de 2003. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 01512 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Declaran en situación de urgencia el servicio de limpieza pœblica ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2003-MDI EL CONCEJO DISTRITAL DE INDEPENDENCIA;