Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2003 (26/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 238007 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de enero de 2003 textualmente que se considera situación de urgencia cuan- do la ausencia extraordinaria o imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operacio-nes productivas que la entidad tiene a su cargo; Que el Artículo 108º numeral 2 de la Ley de Contrata- ción y Adquisición del Estado aprobado por Decreto Su-premo Nº 002-01-PCM, establece que la situación de ur- gencia debe entenderse como un hecho de excepción que determina una acción rápida de adquisición o con-tratación como medida temporal sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para la Contratación y Adquisición definitivos; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Infor- me Nº 005-03-OAJ/MDLVdel 14/1/03, propone declarar en situación de urgencia la adquisición y contratación delPrograma del Vaso de Leche, temperamento que es igual- mente compartido por la Dirección de Administración, según Oficio Nº 001-03-DA/MDLV del 14/1/03 la mismaque da cuenta que a la fecha se han agotado los sumi- nistros para el referido Programa sin que la administración saliente haya previsto el trámite de convocatoria para laLicitación Pública respectiva; Que, la actual administración se ha abocado al trámi- te que corresponde a dicha Licitación; sin embargo elreferido proceso de selección desde su preparación has- ta la firma del Contrato tomará un plazo aproximado de noventa (90) días; Que, la ausencia de los insumos para el Programa del Vaso de Leche compromete en forma directa e inmi- nente la continuidad de los servicios del Programa a losbeneficiarios del mismo; de conformidad con la base le- gal antes señalada y el artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; por mayoría y con dispen-sa del trámite de aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar en situación de urgencia el Programa del Vaso de Leche por un plazo de noventa(90) días, contados a partir de la fecha de expedición del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- La declaración de Urgencia a que se refiere el artículo primero de la presente comprende la adquisición de los siguientes productos, en tanto se convoque a la Licitación Pública correspondiente: - Leche evaporada en tarro de 410 grs. - Alimento enriquecido lácteo instantáneo- Hojuela de cebada Artículo Tercero.- Autorizar la exoneración del pro- ceso de selección a fin de adquirir los insumos necesa- rios para el Programa del Vaso de Leche, por un monto ascendente de S/. 443,916.00 nuevos soles. Artículo Cuarto.- Facultar al señor Alcalde para que dicte todas las medidas extraordinarias que se requie- ran. Artículo Quinto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco días siguien- tes contados desde la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 01515 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Modifican y precisan disposiciones de Ordenanza que estableció el RØgimende Arbitrios de Limpieza Pœblica, Par-ques y Jardines y Serenazgo ORDENANZA Nº 116 Miraflores, 21 de enero del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORESPOR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesión de la fe- cha; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobier- no Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, deconformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú. Asimismo el Artícu- lo 195º señala que son competentes para administrarsus bienes y rentas; Que, el Artículo 74º de la Constitución indica que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir con-tribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, lo cual conforme a la Norma IV del Código Tributario se realizamediante la respectiva Ordenanza; Que, es de conocimiento que mediante la Ley de Tri- butación Municipal, aprobada por el Decreto LegislativoNº 776, se dispone en su Artículo 68º que las Munici- palidades tienen competencia para imponer tasas por arbitrios municipales, que asimismo se señala que dichastasas se calcularán dentro del primer trimestre de cada ejercicio fiscal; Que, si bien se aprecia que el país mantiene una es- tabilidad macroeconómica, reflejándose ello en un ajuste inflacionario mínimo, la economía de la población no muestra alteraciones, manteniéndose la falta de poderadquisitivo suficiente que le permita el cumplimiento de las obligaciones tributarias; Que, los arbitrios son tasas que se pagan por la pres- tación efectiva de un servicio y se fijan en función al cos- to del mismo, por lo que a fin de permitir la optimización de dicho servicio y establecer precisiones a su Régimen,evitando los inconvenientes suscitados durante el ejerci- cio 2002, es necesario que sean actualizados. Sin em- bargo, teniendo en consideración lo expuesto será enfunción, solamente, de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor del año 2002, de acuerdo a lo previsto por el Artículo 69 B de la Ley de Tributación Mu-nicipal; En uso de las facultades establecidas en la Ley Orgá- nica de Municipalidades, Nº 23853, y con dispensa deltrámite de Aprobación del Acta, el Concejo aprobó por Mayoría la siguiente: ORDENANZA MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO Artículo 1º.- Modificaciones. Modifíquese el siguiente artículo de la Ordenanza Nº 100-MM, que establece el Régimen de los Arbitrios deLimpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en la jurisdicción del distrito de Miraflores, por el texto siguien- te: Artículo 9º.- Predios con más de un uso. En el caso que un predio sea utilizado para más de un uso, los Arbitrios Municipales serán determinados: a. Limpieza Pública y Serenazgo; tomando como re- ferencia la Base Imponible y la proporción que ocupanen el predio. b. Parques y Jardines; el importe establecido según el Artículo 18º, procediendo a multiplicarlo por el porcenta-je de ocupación. Los predios que en años anteriores, hayan sido inde- pendizados según el uso que desarrollaban, se adecua- rán a lo establecido cuando corresponda. Artículo 2º.- Precisión. Precisar que los beneficios tributarios otorgados en consideración del Artículo 13º de la Ordenanza Nº 100- MM, tienen una vigencia de tres (3) años, al término de los cuales los contribuyentes deberán presentar unanueva solicitud para renovar el acogimiento a dichos beneficios.