Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2003 (02/02/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, MORDAZA 2 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Pag. 238403

ROLI consistente en ropa, zapatos, juguetes y otros bienes con un valor aproximado de US$ 5 800,00 (Cinco Mil Ochocientos y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) segun MORDAZA de Donacion de fecha 19 de agosto de 2002 y Carta de fecha 6 de diciembre de 2002 y Resolucion Ministerial Nº 606-2002-MIMDES, de fecha 18 de octubre de 2002 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Dicha donacion sera destinada a la poblacion mas necesitada y a las personas de la tercera edad, que se encuentran dentro del ambito geografico de la provincia de MORDAZA, distritos de MORDAZA MORDAZA, Ancon y el MORDAZA norte en general y algunas provincias del Peru. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 02105

1.- Declarense Monumentos y Ambientes Urbanos y Rurales-Monumentales, a los siguientes: DEPARTAMENTO DE MORDAZA PROVINCIA DE MORDAZA DISTRITO DE YANAS Declarar Monumento: - Iglesia de MORDAZA El Mayor DEPARTAMENTO DE MORDAZA PROVINCIA DE MORDAZA DISTRITO DE MORDAZA Declarar Monumento: - MORDAZA Rivero Nº 419 - MORDAZA Sucre Nº 130-136 esquina MORDAZA Bolognesi - MORDAZA MORDAZA Nº 206 - San MORDAZA esquina MORDAZA "Casa Quintanilla" - San MORDAZA Nºs. 223, 225, 227, 229, 231, 233, 235, 237, 239, 241, 243, 245, 247, 249 y 251 - MORDAZA Bolognesi Nºs. 112, 114, 116, 118. - Cine Fenix - San MORDAZA Nºs. 123, 127, 137, 139, 141 Declarar Ambiente MORDAZA Monumental: - MORDAZA MORDAZA o MORDAZA de Fierro. DISTRITO DE MIRAFLORES Declarar Monumento: - Iglesia de San MORDAZA de MORDAZA DISTRITO DE QUEQUENA Declarar Monumento: - MORDAZA de los Martires de Quequena Declarar Ambiente MORDAZA Monumental:

EDUCACION
Declaran monumentos, y ambientes monumentales a inmuebles ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tacna
(Se publica la presente Resolucion Ministerial a pedido del Ministerio de Educacion, realizado mediante Oficio Nº 129-2003/ME-SG de fecha 31 de enero de 2003 recibido por el Diario Oficial El Peruano en la misma fecha).

- Calles que rodean a la Plaza de MORDAZA DISTRITO DE UCHUMAYO Declarar Ambiente MORDAZA Monumental: - MORDAZA de Uchumayo DISTRITO DE YANAHUARA Declarar Monumentos: - MORDAZA Nº 104 - Zela Nº 405 DEPARTAMENTO DE MORDAZA PROVINCIA DE HUAMANGA DISTRITO DE MORDAZA Declarar Monumentos: - Jr. Dos de MORDAZA Nºs. 176; 194 - Hospital de San MORDAZA de MORDAZA PROVINCIA DE PARINACOCHAS DISTRITO DE COLTA Declarar Monumento: - Iglesia de San MORDAZA MORDAZA DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA PROVINCIA DE ANGARAES DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DE PATA Declarar Monumento: - Iglesia de MORDAZA MORDAZA de Pata DEPARTAMENTO DE ICA PROVINCIA DE ICA DISTRITO DE ICA Declarar Monumentos: - Jr. MORDAZA Nº 200 esquina Jr. MORDAZA

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1251-85-ED
MORDAZA, 27 de noviembre de 1985 Visto el Oficio Nº 1529-DG-INC-85 de la Direccion General del Instituto Nacional de Cultura, los Acuerdos de la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas antecedentes relativos a la inclusion de nuevos Monumentos Historico-Artisticos al Patrimonio Monumental de la Nacion; CONSIDERANDO: Que es deber del Estado velar por la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que el Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley viene realizando una accion permanente de identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas monumentales que por su valor deben ser declarados integrantes del Patrimonio Monumental de la Nacion; Que la Ley Nº 24047, dispone que podran ser declarados Monumentos los inmuebles de las epocas Colonial y Republicana que por sus meritos arquitectonicos, esteticos, urbanisticos, historicos o documentales deban ser conservados y puestos en valor; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 6º de la Ley Nº 24047;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.