Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2003 (12/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de febrero de 2003

caso de una oferta publica primaria de valores mobiliarios; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los bonos corporativos denominados "Bonos Cementos Pacasmayo - Primera Emision" de CEMENTOS PACASMAYO S.A.A., por un monto total de hasta sesenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 60 000 000,00), asi como disponer el registro del prospecto informativo correspondiente. Articulo 2º.- La colocacion de los bonos corporativos a que se refiere el articulo anterior se encuentra supeditada al cumplimiento de los terminos y condiciones senalados en la documentacion presentada a CONASEV y de aquellos establecidos en la normativa vigente. Articulo 3º.- La oferta publica debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25º y, de ser el caso, en el articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/ 94.10, modificado por Resolucion CONASEV Nº 0592001-EF/94.10. La colocacion de los bonos a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga, en ningun caso, podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 4º.- El registro y la inscripcion a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a CEMENTOS PACASMAYO S.A.A., al Banco de Credito del Peru, en su calidad de entidad estructuradora y representante de los obligacionistas; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General 02791

EM, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2003EM, se denomina a partir de la fecha como Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, al Organismo Publico Descentralizado del Sector Energia y Minas encargado de las funciones de tramitar las solicitudes y otorgar las concesiones mineras, administracion de Derecho de Vigencia y Catastro Minero; Que, el articulo 5º de la MORDAZA legal MORDAZA citada, dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Publico de Mineria existentes en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria vigente, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y demas normas legales y reglamentarias relacionadas, se entenderan como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero INACC, publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Direccion General de Concesiones Mineras y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de enero de 2003, de acuerdo a la relacion adjunta que forma parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 02810

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Autorizan realizacion de matrimonio civil comunitario 2003
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002

Ate, 10 de febrero de 2003

INACC
Disponen publicacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de enero de 2003
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 00265-2003-INACC/J

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 09-2003-OREC-SG/MDA, del Area de Registros Civiles; Informe Nº 302-03-OAJ/MDA; Proveido Nº 368-2003-A/MDA, del Despacho de Alcaldia; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como Institucion natural y fundamental de la sociedad, de conformidad con lo expuesto en el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Codigo Civil en su articulo 252º, establece que el MORDAZA puede dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que

MORDAZA, 6 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, actualizado mediante Decreto Supremo Nº 053-2002-

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