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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (12/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 238984 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de febrero de 2003 Artículo 5º.- TRANSPORTE AÉREO EXPRESO MO- CHE S.A.C. empleará en su servicio, personal aeronáu-tico que cuente con su respectiva licencia y certificaciónde aptitud expedidos o convalidados por la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil. Artículo 6º.- TRANSPORTE AÉREO EXPRESO MO- CHE S.A.C. podrá hacer uso de las instalaciones de he- lipuertos, aeropuertos y/o aeródromos privados, previaautorización de sus propietarios. Artículo 7º.- Las aeronaves de TRANSPORTE AÉ- REO EXPRESO MOCHE S.A.C. podrán operar en lasrutas, helipuertos, aeropuertos y/o aeródromos cuyas al- turas estén comprendidas dentro de sus tablas de per- formance aprobadas por el fabricante y la autoridad co-rrespondiente. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando elpeticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución; o pierda alguna de las capacida- des legal, técnica o económico- financiera, exigidas porla Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Regla-mento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respec-tivo Certificado de Explotador y Especificaciones Técni-cas de Operación. Artículo 9º.- Si la Administración verificase la exis- tencia de fraude o falsedad en la documentación pre-sentada o en las declaraciones hechas por el interesa-do, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederáconforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley delProcedimiento Administrativo General. Artículo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operación queda condicionada al cumplimiento de la obli-gación por parte de TRANSPORTE AÉREO EXPRESOMOCHE S.A.C., de otorgar la garantía global que señalael Artículo 93º de la Ley Nº 27261, en los términos y con-diciones que establece el Reglamento de la referida Ley. El incumplimiento de esta obligación determinará la au- tomática revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 11º.- TRANSPORTE AÉREO EXPRESO MOCHE S.A.C. deberá presentar cada año el Balancede Situación, el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año siguiente. Artículo 12º.- TRANSPORTE AÉREO EXPRESO MOCHE S.A.C. requiere para realizar sus actividades aé-reas el correspondiente Certificado de Explotador, asícomo las Especificaciones Técnicas de Operación, conarreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direc- ción General de Aeronáutica Civil. Artículo 13º.- El presente Permiso de Operación que- da sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, elReglamento; y demás disposiciones legales vigentes; asícomo a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUÉN R. Director General de Aeronáutica Civil 00975 VIVIENDA Autorizan contratación de servicios de publicidad en medios de comunicaciónescrita, radial y televisiva mediante pro-ceso de adjudicación de menor cuantía FONDO MIVIVIENDA RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA EJECUTIVA Nº 08-SE-2003 Lima, 6 de febrero del 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Artí- culo 19º, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850,Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se esta-blece que están exonerados de los Procesos de Licita-ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa,según sea el caso, las contrataciones que se realizanpara servicios personalísimos, los que se realizarán me- diante una adjudicación directa de menor cuantía con- forme a lo dispuesto en el artículo 116º del Reglamentode Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, incluye expresamente los ser- vicios de publicidad que prestan al Estado los mediosde comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otromedio de comunicación, en atención a las característicasparticulares que lo distinguen; Que, visto el Informe Técnico Nº 004-2003/GP de fe- cha 4 de febrero del 2003, de la Gerencia de Promoción que señala que es necesaria la contratación de la publici-dad en los diversos medios de comunicación para difun-dir los alcances, características, requisitos, y demás con-diciones a nivel nacional de la segunda convocatoria delProyecto Techo Propio aprobada por la Resolución Mi- nisterial Nº 028-2003-VIVIENDA; Que, asimismo el valor referencial total por la citada contratación asciende a US$ 82,000.00 incluido el IGV,por la contratación de dichos servicios a efectuarse del7 al 28 de febrero del presente; Que, visto el Informe Legal contenido en el Memo- rándum Nº 31-2003-OAJ, de fecha 6 de febrero de los corrientes, que indica que la mencionada Gerencia hasustentado la causal de exoneración del proceso de ad-quisición prevista en el literal h) del artículo 19º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrata-ciones del Estado; De conformidad con los artículos 19º y 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, losartículos 111º y 116º de su Reglamento aprobados porel Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y, la ResoluciónNº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, el titular de la entidad es el Secretario Ejecuti- vo; En uso de sus facultades conferidas; SE RESUELVE: 1. Autorizar la contratación de los servicios de publi- cidad en los medios de comunicación escrita, radial, te-levisiva, exonerándolos del proceso de selección, de con-formidad con lo siguiente: a. Tipo de contrato: servicios. b. Descripción del servicio: publicidad en los medios de comunicación escrita, radial y televisiva para difundirlos alcances, características, requisitos y demás condicio-nes de la segunda convocatoria del Proyecto Techo Pro-pio. c. Monto referencial total: US$ 82,000.00 (ochen- ta y dos mil y 00/100 dólares americanos), incluido IGV. d. Fuente de financiamiento: recursos propios.e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: del 7 al 28 de febrero del 2003. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Adminis- tración y Presupuesto. g. Dependencia que da conformidad del servicio: Ge- rencia de Promoción, de conformidad con el artículo 137ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado. 2. Disponer que la Gerencia de Administración y Pre- supuesto proceda a llevar a cabo las acciones corres-pondientes a fin de contratar el servicio indicado en elnumeral precedente según el procedimiento de Adjudica-ción de Menor Cuantía. 3. Disponer que la Gerencia de Administración y Pre- supuesto publique la presente Resolución en el DiarioOficial El Peruano en el plazo de diez días hábiles si-guientes a la fecha de su emisión, así como en la páginaWeb institucional.