Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2003 (12/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de febrero de 2003

Articulo 5º.- TRANSPORTE AEREO EXPRESO MOCHE S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- TRANSPORTE AEREO EXPRESO MOCHE S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- Las aeronaves de TRANSPORTE AEREO EXPRESO MOCHE S.A.C. podran operar en las rutas, helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o economico- financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de TRANSPORTE AEREO EXPRESO MOCHE S.A.C., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece el Reglamento de la referida Ley. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- TRANSPORTE AEREO EXPRESO MOCHE S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- TRANSPORTE AEREO EXPRESO MOCHE S.A.C. requiere para realizar sus actividades aereas el correspondiente Certificado de Explotador, asi como las Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 00975

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realizan para servicios personalisimos, los que se realizaran mediante una adjudicacion directa de menor cuantia conforme a lo dispuesto en el articulo 116º del Reglamento de Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; Que, el Articulo 111º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, incluye expresamente los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que lo distinguen; Que, visto el Informe Tecnico Nº 004-2003/GP de fecha 4 de febrero del 2003, de la Gerencia de Promocion que senala que es necesaria la contratacion de la publicidad en los diversos medios de comunicacion para difundir los alcances, caracteristicas, requisitos, y demas condiciones a nivel nacional de la MORDAZA convocatoria del Proyecto Techo Propio aprobada por la Resolucion Ministerial Nº 028-2003-VIVIENDA; Que, asimismo el valor referencial total por la citada contratacion asciende a US$ 82,000.00 incluido el IGV, por la contratacion de dichos servicios a efectuarse del 7 al 28 de febrero del presente; Que, visto el Informe Legal contenido en el Memorandum Nº 31-2003-OAJ, de fecha 6 de febrero de los corrientes, que indica que la mencionada Gerencia ha sustentado la causal de exoneracion del MORDAZA de adquisicion prevista en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; De conformidad con los articulos 19º y 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los articulos 111º y 116º de su Reglamento aprobados por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y, la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, el titular de la entidad es el Secretario Ejecutivo; En uso de sus facultades conferidas; SE RESUELVE: 1. Autorizar la contratacion de los servicios de publicidad en los medios de comunicacion escrita, radial, televisiva, exonerandolos del MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo siguiente: a. MORDAZA de contrato: servicios. b. Descripcion del servicio: publicidad en los medios de comunicacion escrita, radial y televisiva para difundir los alcances, caracteristicas, requisitos y demas condiciones de la MORDAZA convocatoria del Proyecto Techo Propio. c. Monto referencial total: US$ 82,000.00 (ochenta y dos mil y 00/100 dolares americanos), incluido IGV. d. Fuente de financiamiento: recursos propios. e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: del 7 al 28 de febrero del 2003. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Presupuesto. g. Dependencia que da conformidad del servicio: Gerencia de Promocion, de conformidad con el articulo 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto proceda a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de contratar el servicio indicado en el numeral precedente segun el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia. 3. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision, asi como en la pagina Web institucional.

VIVIENDA
Autorizan contratacion de servicios de publicidad en medios de comunicacion escrita, radial y televisiva mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
FONDO MIVIVIENDA RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 08-SE-2003

MORDAZA, 6 de febrero del 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850,

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