Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2003 (27/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de febrero de 2003

Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, el presente Acuerdo de Concejo y remitir MORDAZA del mismo y del informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por ley. Articulo Quinto.- DEJESE sin efecto la Resolucion Municipal Nº 006-03-MDC, del 13 de enero de 2003. Articulo Sexto.- HAGASE de conocimiento al Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche, al Comite Especial de Adjudicacion del Programa Vaso de Leche, a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion y areas correspondientes para los fines del caso. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03673

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE PUERTO
Autorizan contratacion de servicios de Fiscalizacion asesoria, procuraduria y cobranza de acreencias tributarias y no tributarias mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO EXTRAORDINARIO Nº 002-2003-MDSP Supe Puerto, 13 de febrero del 2003 VISTO, en Sesion Extraordinaria del Concejo de fecha 13 de febrero del 2003, el Informe Nº 19 de la Direccion de Asesoria Legal e Informe de Direccion de Rentas; CONSIDERANDO: Que mediante Informe S/N de la Direccion de Rentas, se acredita la necesidad de ampliar la base tributaria de nuestra Administracion por concepto de formalizacion de nuevos contribuyentes y la determinacion de las subvaluaciones existentes en la base conocida, lo que posibilitara administrar de forma satisfactoria los recursos municipales de tal forma que permitan implementar los servicios municipales y solucionar la situacion financiera de la Municipalidad, recomendando la contratacion de la empresa mencionada, dentro de los parametros de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 012-2001-PCM, articulo 19º, inciso h), para asegurar una pronta recuperacion de las rentas municipales, toda vez que dicha empresa reune las condiciones particulares que le permitiran ejecutar el servicio requerido por la Entidad; Que el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM, senala en su articulo 19º que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica o Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen: h) para Servicios Personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas para cuando dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, por su parte, el articulo 20º del mismo cuerpo legal senala que las adquisiciones y contrataciones MORDAZA referidas, se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo aprobarse mediante Acuerdo de Concejo Municipal;

Que, asimismo el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, senala en su articulo 105º que de producirse los supuestos senalados en el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que determinara la necesidad de efectuar procesos de adjudicacion de menor cuantia, la Municipalidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del titular del Pliego, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo encargado de realizar el MORDAZA de contratacion; Que, la Direccion de Asesoria Legal mediante informe de Vistos, opina que los servicios de Fiscalizacion, Asesoria, Procuraduria y Cobranza de rentas municipales, que requiere la Municipalidad ante las acreencias, tienen un caracter personalisimo y que la empresa FASTER SERVICE SRL, por su trayectoria y experiencia que se encuentran acreditadas, reune los requisitos necesarios para encargarle la referida cobranza, debiendo establecerse el monto referencial de la contratacion por el organo encargado de realizar el MORDAZA de seleccion, montos que seran cancelados segun contrato. Por lo que recomienda lo siguiente: 1. APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de los servicios de la Empresa FASTER SERVICE SRL, para la Fiscalizacion, Asesoria, Procuraduria y Cobranza de las acreencias tributarias y no tributarias que tiene la Municipalidad. 2. AUTORIZAR a la Direccion de Administracion y Finanzas para efectuar la contratacion referida, mediante el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. 3. DISPONER que Secretaria General remita MORDAZA del acuerdo correspondiente y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los DIEZ DIAS calendario siguientes a su aprobacion, asi como la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Que, visto y analizado el tema en Sesion Extraordinaria de Concejo se acordo por mayoria aprobar las recomendaciones planteadas por la Direccion de Asesoria Legal mediante Informe Nº 19-A J-MDPS y asi como el Informe de Direccion de Rentas; Estando a los considerandos MORDAZA mencionados, el acuerdo tomado por mayoria en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 13 de febrero del 2003, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, en uso de las atribuciones que me confiere el inciso 6) del articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se expide el siguiente: ACUERDO 1. APROBAR, la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de los servicios de la Empresa FASTER SERVICE SRL, para la Fiscalizacion, Asesoria, Procuraduria y Cobranza de las acreencias tributarias y no tributarias que tiene la Municipalidad. 2. AUTORIZAR a la Direccion de Administracion y Finanzas para efectuar la contratacion referida, mediante el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. 3. DISPONER que Secretaria General remita MORDAZA del acuerdo correspondiente y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los DIEZ DIAS calendario siguientes a su aprobacion, asi como la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 4. La Unidad de Abastecimiento, queda encargada de la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y dese cuenta. EVEDARDO VITONERA MORDAZA MORDAZA 03624

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