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PÆg. 246033 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de junio de 2003 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO N” 018-2002-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE DELEGA EN LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO LA FACULTAD DE LEGISLAR Artículo 1º.- Materias específicas de la delegación Delégase en la Comisión Permanente del Congreso de la República, según lo establecido en el numeral 4 del artículo101º de la Constitución Política del Perú, la facultad de legislardesde el 16 de junio al 11 de julio de 2003, sobre: 1. Los proyectos de ley y de resolución legislativa que se encuentren con dictamen y en la agenda delPleno aprobada por el Consejo Directivo o ampliadapor la Junta de Portavoces hasta el término de laSegunda Legislatura Ordinaria del Período Anual de Sesiones 2002-2003. 2. Los proyectos de ley y de resolución legislativa que sean dictaminados fuera del término de la SegundaLegislatura Ordinaria del Período Anual de Sesio-nes 2002-2003, siempre que sean incorporados enla agenda por el Consejo Directivo o, en su defecto, sean materia de un acuerdo de ampliación de agen- da por la Junta de Portavoces. 3. Los proyectos de ley y de resolución legislativa en- viados por el Poder Ejecutivo con carácter de ur-gencia antes o después del término de la SegundaLegislatura Ordinaria del Período Anual de Sesio- nes 2002-2003. 4. Los proyectos de ley y de resolución legislativa que por acuerdo de la Junta de Portavoces sean, duran-te el período de delegación, dispensados de dicta-men o prepublicación y, por consiguiente, se en-cuentren expeditos para su debate y votación. Artículo 2º.- PrioridadesLas prioridades en el debate de los proyectos de ley y de resolución legislativa materia de esta delegación serán esta-blecidas, sin perjuicio de sus demás atribuciones, por la Juntade Portavoces, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 31º- A del Reglamento del Congreso de la República. Los proyectos de ley y de resolución legislativa envia- dos por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia ten-drán preferencia en el debate por aplicación del mandatocontenido en la parte final del artículo 105º de la Constitu-ción Política del Perú. Artículo 3º.- LimitacionesExclúyase de esta delegación de facultades legislativas los proyectos de ley y de resolución legislativa a que se refiereel segundo párrafo del numeral 4 del artículo 101º de la Constitución Política del Perú, así como todos aquellos asun- tos para los que la Constitución Política o el Reglamento delCongreso, según el caso, exijan votación calificada o losconsideren como exclusivos del Pleno del Congreso. Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los trece días del mes de junio de dos mil tres. CARLOS FERRERO Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Cuarto Vicepresidente del Congreso de la República 11329PODER EJECUTIVO DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la Re- pœblica sin armas de guerra de perso-nal de la Armada Nacional de Colombia en visita oficial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 199-DE/SG Lima, 4 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tro-pas Extranjeras en el Territorio de la República, establece queel ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra,por razones protocolares, asistencia cívica, actividades acadé-micas, entrenamiento o similares, es autorizado mediante Re- solución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos tran-seúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, mediante Oficio G.100-1302 de fecha 29 mayo 2003, el Secretario del Comandante General de la Marina eleva alMinisterio de Defensa la opinión favorable para el ingreso al territorio nacional, sin armas de guerra, del 18 al 24 de junio 2003, de Personal Militar de Colombia con la finalidad derealizar una visita oficial a nuestro país, así como firmar elAcuerdo que aprueba el Reglamento entre la Marina de Gue-rra del Perú y la Armada Nacional de Colombia, para combatirlas actividades ilícitas en los ríos fronterizos comunes, en cumplimiento a los acuerdos suscritos entre los Ministros de Defensa del Perú y Colombia; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Repúbli- ca, sin armas de guerra, del Vicealmirante Mauricio A. SOTOGómez y del Teniente de Navío Hernando GARCÍA Gómez,personal de la Armada Nacional de Colombia con el fin deefectuar una visita a nuestro país, del 18 al 24 junio 2003. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisiónde Defensa Nacional, Orden Interno e Inteligencia del Con-greso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedi-ción, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros, Minis- tro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 11169 Autorizan ingreso al territorio de la Re- pœblica de oficial estadounidense pararealizar coordinaciones con el perso- nal del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de la Embajada de EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 203-DE/SG Lima, 12 de junio de 2003