Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2003 (15/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de junio de 2003

efectuar el examen del Proyecto "Promocion y Defensa de Derechos en Comunidades Nativas de MORDAZA de MORDAZA, solicitado por la Defensoria del Pueblo; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno de Dinamarca, a traves de su Embajada Real y la Defensoria del Pueblo suscribieron el 1.DIC.98 el contrato de donacion para la implementacion del Proyecto de Promocion y Defensa de Derechos en Comunidades Nativas de MORDAZA de MORDAZA, con un presupuesto total de US$ 35 000,00; Que, la Defensoria del Pueblo con el Oficio Nº 1282003-DP/OAF del 19.MAY.2003, solicita a la Contraloria General autorizacion para designar a la firma elegible por la Embajada Real de Dinamarca, a fin que efectue el examen del Proyecto de Promocion y Defensa de Derechos en Comunidades Nativas de MORDAZA de MORDAZA, por el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 1998 al 31 de octubre del 2002; Que, de acuerdo a las condiciones generales del contrato de donacion, corresponde a la Defensoria del Pueblo entregar un informe contable sobre el uso de los recursos; motivo por el cual, la Embajada Real de Dinamarca solicito, la MORDAZA de un informe de auditoria del proyecto por el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 1998 al 31 de octubre del 2002; Que, la Embajada Real de Dinamarca en diversas comunicaciones senalo que la revision contable solicitada es financiada con recursos del proyecto y que esa tarea debe ser encomendada a una Sociedad con representacion internacional y elegible por su agencia de cooperacion internacional, de acuerdo al conocimiento de sus metodos de trabajo; Que, los articulos 49º y 50º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria aprobado por la Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG de 25.ABR.2003, precisan que, cuando las disposiciones de un convenio y/o las normas de un organismo internacional establecen un procedimiento especifico para la designacion de una sociedad, la Contraloria General autoriza a la Entidad el MORDAZA de seleccion correspondiente, el cual, se sujeta a las disposiciones del citado Reglamento en lo que resulte aplicable; Que, la Embajada Real de Dinamarca ha emitido diversas comunicaciones en torno a sus disposiciones para la designacion de los auditores externos del Proyecto "Promocion y Defensa de Derechos en Comunidades Nativas de MORDAZA de Dios", especificando la elegibilidad de la sociedad auditora, por lo que la autorizacion solicitada se encuentra dentro de los alcances de la normas MORDAZA mencionadas; Que, de acuerdo a lo previsto en el articulo 6º literal c) del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, tratandose de prestamos y/o donaciones efectuados por organismo internacionales, la solicitud de designacion puede extenderse hasta todo el periodo del financiamiento, siempre que ello sea exigible por el convenio internacional respectivo y/o en las normas del organismo internacional que corresponda; aspecto que se ha verificado en la solicitud formulada por la Defensoria del Pueblo; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y los articulos 6º literal c), 49º y 50º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado pro R.C. Nº 140-2003-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Defensoria del Pueblo la designacion de una sociedad de auditoria que efectue el examen a los estados financieros del Proyecto "Promocion y Defensa de Derechos en Comunidades Nativas de MORDAZA de Dios", por el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 1998 al 31 de octubre del 2002, de acuerdo a las disposiciones de la Embajada Real de Dinamarca, entidad financiera donante, en el MORDAZA del convenio a que se refiere los considerandos de la presente resolucion. Articulo Segundo.- La sociedad de auditoria designada debera encontrarse inscrita y habil en el registro de la Contraloria General. La Defensoria del Pueblo informara a la Contraloria General sobre los terminos observados para la designacion. Articulo Tercero.- La sociedad de auditoria designada y la Defensoria del Pueblo se sujetan a lo dispuesto

en el contrato de donacion, a la presente Resolucion y al Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria la supervision de lo autorizado en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 11279

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Encargan atencion del Despacho del Defensor del Pueblo
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 022-2003/DP
MORDAZA, 13 de junio de 2003 Vistos; el Memorando Nº 447-2003-DP/OAF y el Memorando Nº 081-2003-DP/GA, procedentes de la Oficina de Administracion y Finanzas y del Gabinete de Apoyo del Defensor del Pueblo, respectivamente, por los que se solicita encargar el Despacho Defensorial del 16 al 20 de junio del presente ano; y, CONSIDERANDO: Que, el Defensor del Pueblo en funciones, viajara a la MORDAZA de Copenhagen, Dinamarca, a fin de participar en la Primera Reunion del Consejo Directivo de la Fundacion Especial para Ombudsman e Instituciones Nacionales de Derechos Humanos en MORDAZA Latina y el Caribe, que se llevara a cabo en esa MORDAZA los dias 18 y 19 de junio del presente ano; Que, segun los documentos de Vistos, los organizadores del citado evento asumiran los gastos de pasaje aereo, alojamiento y alimentacion que irrogue la estadia del Defensor del Pueblo en funciones, correspondiendo los gastos diferenciales, por concepto de impuestos y movilidad, al Proyecto: "Fortalecimiento Institucional de la Defensoria del Pueblo para la Proteccion de los Derechos Ciudadanos", financiado por el Reino de Belgica; Que, en ausencia del Defensor del Pueblo en funciones debe asegurarse la continuidad de la gestion institucional encargandose la atencion del despacho defensorial a la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Adjunta al Defensor del Pueblo para los Derechos de la Mujer y Adjunta al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad(e), del 16 al 20 de junio del presente ano y en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo en funciones, conforme al articulo 8º de la Ley Nº 26520; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y por la Resolucion Defensorial Nº 66-2000/DP; en concordancia con la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y de conformidad con los articulos 6º y 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 012-2001/DP, de la Directiva Nº 002-2000/DP-GG - "Normas para el otorgamiento de pasajes, viaticos y asignaciones en comision de servicio al interior y exterior del MORDAZA de los funcionarios y trabajadores de la Defensoria del Pueblo", aprobada mediante Resolucion Gerencial Nº 54-2000/DPGG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR la atencion del Despacho del Defensor del Pueblo a la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Adjunta al Defensor del Pueblo para los Derechos de la Mujer y Adjunta al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad(e), del 16 al 20 de junio del presente ano y en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo en funciones.

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