Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2003 (24/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 24 de junio de 2003

la Organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Articulo 15º inciso a) y Articulo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales-; Estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesion Ordinaria del Consejo Regional de la Region Callao, del dia 23 de junio del 2003, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- MODIFICAR la Ordenanza Regional Nº 003-2003-CR/RC, de fecha 29 de MORDAZA del 2003, mediante la cual se aprueba el Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento del Consejo de Coordinacion Regional del Gobierno Regional de la Region Callao, debiendo en adelante denominarse Reglamento del Consejo de Coordinacion Regional del Gobierno Regional del Callao, cuyas modificaciones adjuntas forman parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- MODIFICAR los Arts. 12º, 17º y las Disposiciones Transitorias de dicho texto normativo, debiendo consignarse de la siguiente manera: Articulo 12º.- La inscripcion se inicia con la MORDAZA de la solicitud aludida en el inciso a) del articulo precedente, ante la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de la Region, la recepcion de esta es de curso obligatorio bajo responsabilidad de dicha Gerencia, la misma que elaborara el cronograma del MORDAZA electoral. Articulo 17º.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial (GRPPAT), es responsable del cumplimiento del siguiente cronograma electoral, el mismo que contara con el apoyo de la Gerencia de Asesoria Juridica: a) Publicacion del padron inicial a los dos dias posteriores al cierre de la inscripcion. b) MORDAZA de tachas, impugnaciones y absoluciones en primera instancia, hasta tres dias posteriores a la publicacion del padron inicial de delegados electores. c) Publicacion del padron depurado a los dos dias de haber concluido la evaluacion de las tachas e impugnaciones. d) Entrega de Resolucion Gerencial de inscripcion emitida por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento territorial, a los delegados electores, al dia siguiente de publicado el padron electoral. e) MORDAZA de reconsideraciones, hasta los cinco dias posteriores de publicado el padron electoral, dentro de dos dias posteriores a la culminacion de dicho periodo, la Gerencia de Asesoria Juridica, de estimarlo pertinente, convocara a las partes involucradas para escuchar los argumentos de reconsideracion, debiendo emitir su pronunciamiento en dicho plazo. f) Publicacion de Absolucion de reconsideracion, emitida en MORDAZA instancia por el Presidente del Gobierno Regional, al dia siguiente de emitido el pronunciamiento de la Asesoria Juridica. g) Publicacion del padron definitivo de los delegados electores aptos y entrega de Resoluciones de inscripcion, al dia siguiente de publicada las absoluciones. h) Convocatoria a elecciones mediante Decreto Regional, para elegir a los representantes de las Organizaciones de la sociedad civil ante el CCR, con una anticipacion minima de 3 dias calendario al acto electoral. i) La Instalacion del Consejo de Coordinacion Regional se efectuara dentro de los 5 dias siguientes de concluido el MORDAZA electoral. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- El presente reglamento sera aprobado por el Consejo Regional y el Gobierno Regional abrira oportunamente el libro de Registro Regional a que se refiere el arti-

culo 8º. Segunda.- Por unica vez y para la primera eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el CCR, tratandose de organizaciones nacionales que no cuenten con sus respectivos estatutos con una organizacion descentralizada, podran participar en las elecciones para el periodo 2003-2005, siempre que puedan acreditar lo establecido en el ultimo parrafo del articulo 11 inciso d) del presente reglamento. Articulo Tercero.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional de la Region Callao, a los veintitres dias del mes de junio del 2003. MORDAZA A. MORDAZA HUBY Vicepresidente Encargado del Despacho de la Presidencia 11839

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Conforman Comision de Transferencia de Recepcion de fondos, proyectos y programas sociales de Lucha Contra la Pobreza y Programas de Inversion en Infraestructura
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 232-2003-GR-HVCA/PR

Huancavelica, 28 de MORDAZA de 2003 VISTO: Memorandum Nº 349-2003-GR-HVCA/PR, Oficio Multiple Nº 394-2003-CND/P; y, CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27783 y la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, dispone que a partir del ano 2003 el Gobierno Nacional inicia el MORDAZA de Transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda, de los fondos y proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza y proyectos de inversion de infraestructura productiva de alcance regional; Que, la MORDAZA acotada MORDAZA Disposicion Complementaria ordena que el MORDAZA de transferencia a que se refiere el considerando precedente, debe efectuarse en funcion de las capacidades de gestion de cada Gobierno Regional o Local y con arreglo al Cronograma que para el efecto, ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 0362003-PCM; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 070-CNDP-2003 el Consejo Nacional de Descentralizacion aprobo la Directiva Nº 002-CND-P-2003, que regula el procedimiento para la Ejecucion de la Transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, durante el ano 2003, de los fondos y proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza y programas de inversion en infraestructura productiva de alcance regional a que se refiere el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM; Que, al efecto del MORDAZA de Transferencia indicado, se hace necesario conformar la Comision de Transferencia de Recepcion del Gobierno Regional de Huancavelica e

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