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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G34/G35/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de noviembre de 2003 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G72/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G2D /G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79 /G43/G65/G73/G65/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73 ORDENANZA Nº 052/MDCH Chorrillos, 17 de setiembre del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO:El Concejo Municipal de Chorrillos, en Sesión Ordina- ria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, es necesario reglam entar el correcto funcio- namiento de establecimientos comerciales, industria- les y/o de ser vicios, así como aquellos que por su na- turaleza requieren de una mayor supervisión a fin de cautelar la tranquilidad, seguridad y bienestar de los vecinos del distrito; Que, el Artículo 79º inciso 3.6.4 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece como función espe- cífica exclusiva de las Municipalidades Distritales el nor-mar, regular y otorgar autorizaciones de apertura de esta- blecimientos comerciales, industriales y de actividades pro- fesionales de acuerdo a la zonificación. Que, en virtud a ello, es necesario dictar una norma con carácter general que permita uniformizar la legislación existente, en materia de Autorización Municipal de Funcio-namiento, concordantes con los dispositivos legales vigen- tes, esto es, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General N º 27444, Ley de Tributación Municipal aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776 y su modificatoria Ley Nº 27180, Ley General de la Pequeña y Micro Empresa Nº 28015 - Ley dePromoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empre- sa; Contando con el Dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales; y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 9º numeral 8) concordante con los ar- tículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Y CESE DE ACTIVIDADES TÍTULO I Disposiciones Generales Artículo Primero .- La presente Ordenanza regula el trámite para la obtención de la Autorización Municipal de Funcionamiento y Cese de Actividades, de establecimien- tos comerciales, industriales y/o de servicios que otorga laMunicipalidad de Chorrillos. Artículo Segundo.- Los procedimientos establecidos en esta Ordenanza se rigen por los criterios y principiosindicados en la Ley del Procedimiento Administrativo Ge- neral. En este sentido, se presume sin admitir prueba en contrario, que los administrados conocen las normas queregulan esta gestión. Artículo Tercero.- La Administración Municipal sancio- nará severamente a quienes infrinjan los Reglamentos, aquienes proporcionen información falsa y a quienes burlen la buena fe que esta Ordenanza demuestra, sin perjuicio de la denuncia ante el Ministerio Público por los delitos quecometan. Artículo Cuarto.- Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, seentiende por:a. Certificado de Autorización Municipal de Funcio- namiento: Documento que autoriza el funcionamiento de un establecimiento, en el cual se detallan los giros autori- zados, área, dirección y nombre del conductor. Siendo per- sonal e intransferible y debiendo exhibirse en lugar visibledel establecimiento. b. Establecimiento: Inmueble, área independiente de un inmueble, o la instalación determinada con carácter per-manente, en la que se desarrollan las actividades comer- ciales, industriales y/o de servicios, que reúnen las condi- ciones técnicas requeridas por la normatividad vigente parasu ejercicio. c. Certificado de Acondicionamiento y Compatibili- dad de Uso: Documento técnico emitido por la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano mediante el cual se declara la compatibilidad entre la zonificación con la que cuenta el predio y los giros solicitados para desarrollar, así como laconformidad del acondicionamiento en infraestructura del establecimiento. Artículo Quinto .- Están obligados a obtener Autoriza- ción Municipal de Funcionamiento, aquellas personas na- turales o jurídicas, nacionales o extranjeras de derechoprivado o empresas del Estado, regionales o municipales, que desarrollen actividades comerciales, industriales y/o de servicios en el distrito de Chorrillos, antes de procedera la apertura de un establecimiento comercial, industrial y/ o de servicios. Artículo Sexto .- Se deberá tramitar nueva Autorización Municipal de Funcionamiento en los siguientes casos: a. Cambio de la denominación o razón social de la empresa o persona jurídica. Se considera que la deno- minación o razón social ha sido cambiada cuando exis- tan evidencias públicas de ello, aunque no se hubiereinscrito dicho cambio en la Oficina Registral de Lima y Callao. b. Cambio o ampliación de giro y/o modificación de área del establecimiento. Artículo Séptimo.- Están exentos de la obligación de obtener Autorización Municipal de Funcionamiento los or- ganismos de derecho público internacional y las represen-taciones diplomáticas y consulares, debiendo, sin embar- go, respetar la zonificación vigente y poner en conocimien- to de la Municipalidad, las dependencias de las FuerzasArmadas y la Policía Nacional que se vinculen con la de- fensa nacional o el orden público y no tengan carácter co- mercial; los templos, monasterios y establecimientos simi-lares de cualquier credo religioso, el Cuerpo General de Bomberos del Perú, las organizaciones políticas debida- mente acreditadas ante el órgano competente, siempre ycuando no tengan carácter comercial, industrial y/o de ser- vicios. Artículo Octavo .- Se entiende que la autorización ha sido otorgada cuando se obtenga el Certificado de Autori- zación Municipal de Funcionamiento y con la Solicitud - Declaración Jurada debidamente sellado y firmado de laforma que establece el Artículo 11º de la presente Orde- nanza. TÍTULO II Tramitación Artículo Noveno.- Toda persona natural o jurídica que desee obtener Autorización Municipal de Funcionamientodeberá obtener previamente ante la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano el Certificado de Acondicionamiento y Compatibilidad de Uso que determine que el uso que se lepretende dar al establecimiento es compatible con la zoni- ficación vigente y con el Índice de Usos establecidos en el Reglamento Nacional de Construcciones. De existir másde un giro a desarrollarse, éstos deberán ser compatibles con giro principal. Artículo Décimo.- Para obtener Autorización Munici- pal de Funcionamiento, las personas obligadas adquirirán en la Municipalidad un Formulario de Solicitud - Declara- ción Jurada (original y copia), en el que se indicarán losdatos que en él se consignan, debiendo presentarlo con-