Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2003 (06/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de noviembre de 2003

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban normas para otorgar Autorizacion Municipal de Funcionamiento y Cese de Actividades
ORDENANZA Nº 052/MDCH Chorrillos, 17 de setiembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chorrillos, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, es necesario reglamentar el correcto funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios, asi como aquellos que por su naturaleza requieren de una mayor supervision a fin de cautelar la tranquilidad, seguridad y bienestar de los vecinos del distrito; Que, el Articulo 79º inciso 3.6.4 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece como funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales el normar, regular y otorgar autorizaciones de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo a la zonificacion. Que, en virtud a ello, es necesario dictar una MORDAZA con caracter general que permita uniformizar la legislacion existente, en materia de Autorizacion Municipal de Funcionamiento, concordantes con los dispositivos legales vigentes, esto es, Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, Ley de Tributacion Municipal aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776 y su modificatoria Ley Nº 27180, Ley General de la Pequena y Micro Empresa Nº 28015 - Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa; Contando con el Dictamen favorable de la Comision de Asuntos Legales; y de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 9º numeral 8) concordante con los articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Y CESE DE ACTIVIDADES TITULO I Disposiciones Generales Articulo Primero.- La presente Ordenanza regula el tramite para la obtencion de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento y Cese de Actividades, de establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios que otorga la Municipalidad de Chorrillos. Articulo Segundo.- Los procedimientos establecidos en esta Ordenanza se rigen por los criterios y principios indicados en la Ley del Procedimiento Administrativo General. En este sentido, se presume sin admitir prueba en contrario, que los administrados conocen las normas que regulan esta gestion. Articulo Tercero.- La Administracion Municipal sancionara severamente a quienes infrinjan los Reglamentos, a quienes proporcionen informacion falsa y a quienes burlen la buena fe que esta Ordenanza demuestra, sin perjuicio de la denuncia ante el Ministerio Publico por los delitos que cometan. Articulo Cuarto.- Para efectos de la aplicacion de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, se entiende por:

a. Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento: Documento que autoriza el funcionamiento de un establecimiento, en el cual se detallan los giros autorizados, area, direccion y nombre del conductor. Siendo personal e intransferible y debiendo exhibirse en lugar visible del establecimiento. b. Establecimiento: Inmueble, area independiente de un inmueble, o la instalacion determinada con caracter permanente, en la que se desarrollan las actividades comerciales, industriales y/o de servicios, que reunen las condiciones tecnicas requeridas por la normatividad vigente para su ejercicio. c. Certificado de Acondicionamiento y Compatibilidad de Uso: Documento tecnico emitido por la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA mediante el cual se declara la compatibilidad entre la zonificacion con la que cuenta el predio y los giros solicitados para desarrollar, asi como la conformidad del acondicionamiento en infraestructura del establecimiento. Articulo Quinto.- Estan obligados a obtener Autorizacion Municipal de Funcionamiento, aquellas personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras de derecho privado o empresas del Estado, regionales o municipales, que desarrollen actividades comerciales, industriales y/o de servicios en el distrito de Chorrillos, MORDAZA de proceder a la apertura de un establecimiento comercial, industrial y/ o de servicios. Articulo Sexto.- Se debera tramitar nueva Autorizacion Municipal de Funcionamiento en los siguientes casos: a. Cambio de la denominacion o razon social de la empresa o persona juridica. Se considera que la denominacion o razon social ha sido cambiada cuando existan evidencias publicas de ello, aunque no se hubiere inscrito dicho cambio en la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. b. Cambio o ampliacion de giro y/o modificacion de area del establecimiento. Articulo Septimo.- Estan exentos de la obligacion de obtener Autorizacion Municipal de Funcionamiento los organismos de derecho publico internacional y las representaciones diplomaticas y consulares, debiendo, sin embargo, respetar la zonificacion vigente y poner en conocimiento de la Municipalidad, las dependencias de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional que se vinculen con la defensa nacional o el orden publico y no tengan caracter comercial; los templos, monasterios y establecimientos similares de cualquier credo religioso, el Cuerpo General de Bomberos del Peru, las organizaciones politicas debidamente acreditadas ante el organo competente, siempre y cuando no tengan caracter comercial, industrial y/o de servicios. Articulo Octavo.- Se entiende que la autorizacion ha sido otorgada cuando se obtenga el Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento y con la Solicitud Declaracion Jurada debidamente MORDAZA y firmado de la forma que establece el Articulo 11º de la presente Ordenanza. TITULO II Tramitacion Articulo Noveno.- Toda persona natural o juridica que desee obtener Autorizacion Municipal de Funcionamiento debera obtener previamente ante la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA el Certificado de Acondicionamiento y Compatibilidad de Uso que determine que el uso que se le pretende dar al establecimiento es compatible con la zonificacion vigente y con el Indice de Usos establecidos en el Reglamento Nacional de Construcciones. De existir mas de un giro a desarrollarse, estos deberan ser compatibles con giro principal. Articulo Decimo.- Para obtener Autorizacion Municipal de Funcionamiento, las personas obligadas adquiriran en la Municipalidad un Formulario de Solicitud - Declaracion Jurada (original y copia), en el que se indicaran los datos que en el se consignan, debiendo presentarlo con-

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