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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (09/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G34/G37/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de noviembre de 2003 Automotriz S.A. - Sociedad Unificada Automotriz del Perú S.A. - Arriba Perú S.A. presenta Recurso de Apelacióncontra el otorgamiento de la Buena Pro a la empresa Nis- san Maquinarias S.A.; Que, mediante Informe Nº 521-2003-OAJ/MDLP de la Oficina de Asuntos Jurídicos de fecha 5 de noviem- bre del 2003, en relación a las observaciones a las bases del proceso de Adjudicación Directa PúblicaNº 0001-2003-CEP-MDLP "Adquisición de cinco (5) Ca- mionetas 4x2 doble cabina diesel para el Servicio de Serenazgo", precisa que éstas no pueden ser impug-nadas por la vía del Recurso de Apelación de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 54º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadopor D.S. Nº 012-2001-PCM y el Artículo 166º de su Re- glamento; Que, en relación a la acreditación de la experiencia de las empresas conformantes del consorcio MassAutomotriz S.A. - Sociedad Unificada Automotriz del Perú S.A. - Arriba Perú S.A. en el objeto de la convocatoria del proceso mencionado, se establece que las empre-sas Mass Automotriz S.A. y Sociedad Unificada Auto- motríz del Perú S.A., consignan como Actividad Econó- mica Principal la Venta de Vehículos Automotores; sinembargo la empresa Arriba Perú S.A. en el Comproban- te de la Información Registrada en la SUNAT, consigna como Actividad Económica Principal la Venta Min.deEquipos de Uso Doméstico (folio 059 de su Propuesta Técnica), como Actividades de Comercio Exterior consig- na Sin Actividad y la Fecha de Inicio de Actividades el31 de mayo de 1973. Por otro lado cabe resaltar que la Escritura Pública de Aumento de Capital, Modificación Total de los Estatutos de la Empresa Arriba Perú S.A.del 17 de octubre del 2003, en el cual se modifica el ob- jeto social acordado en la Junta General Extraordinaria de Accionistas llevada a cabo el 16 de diciembre de 1999,que detalla en el punto 2 textualmente "modificar el ob- jeto social de la sociedad a efectos que ésta se dedique a toda clase de actividades comerciales, industriales yde inversión, principalmente la comercialización de vehículos automotores..." (folio 066), de lo que se des- prende que la actividad de esta empresa no está rela-cionada al objeto de la convocatoria y que el objeto so- cial ha sido modificado para participar en el proceso de selección; Que, la Declaración Jurada de Experiencia del Postor en el Mercado presentada por el Mass Automotriz S.A. - Sociedad Unificada Automotriz del Perú S.A. - Arriba PerúS.A., contiene información inexacta al acreditar que la em- presa Arriba Perú S.A. tenía 30.3 años de experiencia en el objeto de la convocatoria; Que, el numeral 6.1.6 de la Directiva Nº 003-2003-CON- SUCODE/PRE textualmente establece que "…Para efec- tos de acreditar la experiencia sólo será válida la docu- mentación presentada por la parte o partes del consorcioque ejecutarán las obligaciones establecidas en el objeto de la convocatoria, la evaluación de la experiencia en este caso, se realizará sobre la base de la sumatoria de la ex-periencia individual obtenida por cada uno de sus integran- tes"; Que, el Recurso de Apelación contiene imputaciones de carácter subjetivas en contra de los integrantes del Co- mité Especial del proceso mencionado, las cuales no es- tán debidamente sustentadas; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones con- feridas por el inciso 6 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por la empresa Mass Automotriz S.A. representante del Corsorcio Mass Automotriz S.A. - Sociedad Unificada Automotriz del Perú S.A. - Arriba Perú S.A. contra el otorgamiento de la Buena Pro a la empresa Nissan Maquinarias S.A. Artículo Segundo.- Notificar la presente Resolución a las instancias administrativas y al interesado de con- formidad a lo establecido en el artículo 26º del Regla- mento Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado.Artículo Tercero.- Encomendar a la Secretaría Gene- ral la publicación de la presente Resolución el Diario Ofi- cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 20696 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0804-03-MC Cusco, 27 de octubre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Vistos, el Informe Nº 403-OL-OGA-MC/2003, Informe Nº 323-2003-OGA/MC e Informe Nº 323-2003-GM/MPC de 27 de octubre del 2003, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la Municipalidad Pro- vincial del Cusco mediante Resolución de Alcaldía Nº 0006- 03-MC de 10 de enero del 2003 aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones año 2003, precisando en dicho documento la cantidad del tipo, bienes y servicios y el monto del presupuesto requerido; Que por Resolución de Alcaldía Nº 0189-03-MC se aprueban los créditos y anulaciones presupuestarios en el Presupuesto Institucional del año 2003 de la Munici- palidad del Cusco, lo que implica consecuentemente in- cluir y excluir bienes y servicios de Procesos de Selec- ción que modifica el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones del ejercicio 2003, el mismo que se refiere a la ejecución de obras adicionales por otras obras nue- vas, de la Meta "Pavimentación Camino Vecinal Tomás Katari y Construcción Puente Santa Rosa"; de confor- midad con lo dispuesto en el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Estando a los documentos de Vistos y en uso de las facultades conferidas por el Inc. 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Pro- vincial del Cusco ejercicio 2003, aprobado mediante Re- solución de Alcaldía Nº 0006-03-MC y en consecuencia autorizar la inclusión, así como la correspondiente exclu- sión de bienes y servicios de Procesos de Selección, refe- rido a la ejecución de obras adicionales por otras obras nuevas, de la meta "Pavimentación Camino Vecinal Tomás Katari y Construcción Puente Santa Rosa"; de acuerdo con los cuadros de Inclusión y Exclusión, y que en ocho folios forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Oficina General de Administración las acciones subse- cuentes. Regístrese y comuníquese.CARLOS VALENCIA MIRANDA Alcalde 20596