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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (10/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G37/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 10 de noviembre de 2003 Que, la interrupción de la vía afectaría no sólo al sector minero en la extracción y transporte de mineral de la zona,sino también al ganadero y agrícola que son las principa-les actividades de desarrollo del departamento, a lo que sesumaría que por esta vía también discurre el transporte detodos los productos que vienen de la selva, por lo que de interrumpirse la carretera se generarían fuertes pérdidas económicas y materiales; Que, para continuar con la ejecución del Tramo: Km. 19+000 - Km. 23+000 se dispone de los Estudios Definiti-vos de Ingeniería; asimismo el Proyecto Especial de Infra-estructura de Transporte Departamental - PROVÍAS DE- PARTAMENTAL cuenta con toda la infraestructura instala- da en campamento ubicado en el Km. 19 de la carretera, elmismo que comprende una planta chancadora, planta deasfalto, pool de maquinaria y demás equipos necesariospara proseguir los trabajos; Que, su paralización y/o desactivación generaría ma- yores costos de oportunidad al Estado, porque la moviliza- ción de todos los equipos a la sede de central u otros pro-yectos originarían una inversión del orden de S/. 300,000(considerando nueva movilización posterior), monto queresultaría oneroso al Estado, asimismo se verían trunca-das las aspiraciones de la provincia de Azángaro en cuan- to a la culminación de la Carretera Asillo - San Antón; Que, tanto las autoridades, como las organizaciones populares y población en general del distrito de Asillo, SanAntón, han alcanzado reiterados Memoriales solicitando lapronta culminación de los trabajos de Asfaltado de la Ca-rretera Asillo - San Antón; Que, la falta de recursos del Sector Transportes para continuar las obras en dicho tramo ha motivado que elGobierno Regional de Puno, a través de la suscripción delConvenio Nº 024-2003-MTC/02, permita el financiamientopara dar continuidad a los trabajos de asfaltado de la ca-rretera, sector comprendido del Km. 19+000 - Km. 23+000, sin embargo es necesario acelerar los trabajos en todas las etapas a ejecutarse correspondiente a explanaciones(rellenos), Obras de Arte (alcantarillas de marco de con-creto) y Pavimentos, los mismos que requieren los bienesimprescindibles e indispensables como son petróleo, ce-mento y cemento asfáltico, que permitirán ejecutar parti- das que puedan proteger y no perjudicar los trabajos ejecu- tados por la proximidad de las lluvias en el mes de diciem-bre; Que, el cumplimiento de los plazos establecidos para los procesos de selección, para el presente año 2003, re-trasaría el inicio de la obra hasta fines del mes de diciem- bre, siendo contraproducente por los riesgos que ésta im- plica ante la llegada de la temporada de lluvias en la zona,lo que traería como consecuencia la intransitabilidad de lavía en dicho sector, con lo cual difícilmente se podrían cum-plir las metas fijadas en el Convenio; Que, en tanto duren los procesos de selección que Pro- vías Departamental necesita para ejecutar la totalidad del tramo del Km. 19+000 - Km. 23+000, es necesario adqui-rir: 2.500 Bl de Cemento, a un valor referencial de S/.59,550.00, 285,000 Kg. de Cemento Asfáltico, a un valorreferencial de S/. 376,200.00 y 52,000 Gln. de Petróleo Die-sel, a un valor referencial de S/. 470,080.00, bienes que son indispensables y que serán utilizados en un plazo de 45 días calendario; Que, el Coordinador de Obras en el Informe Técnico so- licita se declare en situación de urgencia la adquisición debienes para que el Proyecto Especial de Infraestructura deTransporte Departamental - PROVÍAS DEPARTAMENTAL adquiera los bienes necesarios para reiniciar los trabajos de la carretera Asillo - San Antón Tramo del Km. 19+000 - Km.23+000, mediante adjudicaciones de menor cuantía, en tan-to duren los procesos de selección correspondientes paralas adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, de acuerdo al Informe Nº 020-2003-MTC/22.04 del Gerente de Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Es- pecial de Infraestructura de Transporte DepartamentalPROVÍAS DEPARTAMENTAL, el referido Proyecto Espe-cial a través de la suscripción del Convenio Nº 024-2003-MTC/02 ha asumido la dirección técnica y ejecución de laobra, la misma que se efectuará bajo la modalidad de eje- cución presupuestaria directa por encargo con recursos financieros que provienen de la Unidad Ejecutora 000907 -Carretera Transoceánica, adscrita al Gobierno Regional de Puno; Que, asimismo, en el Informe Nº 020-2003-MTC/22.04 se señala que la adquisición de los bienes materia de laexoneración de los procesos de selección señalados en elInforme Técnico Nº 135-2003-MTC/22.07.02.JDH para la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Asillo - San Antón, Tramo Km. 19+000 - Km.23+000 será financiada con los recursos que proporcionarála Unidad Ejecutora 000907-Carretera Transoceánica delGobierno Regional de Puno, derivado de la transferenciaefectuada por el Gobierno Central; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2002-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, secreó el Proyecto Especial de Infraestructura de TransporteDepartamental - PROVÍAS DEPARTAMENTAL, de carác-ter temporal, con autonomía técnica, administrativa y finan-ciera, el cual tendrá a su cargo las actividades de prepara- ción, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte departamental del Ministeriode Transportes y Comunicaciones y asimismo, presta apo-yo en situaciones de emergencia para la atención de laRed Vial Nacional, Departamental y Rural; Que, el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMseñala que están exonerados de los procesos de Licita-ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa,según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones quese realicen en situación de urgencia, declaradas de con- formidad con la referida ley; Que, el Artículo 21º del citado texto legal señala que se considera situación de urgencia cuando la ausencia ex-traordinaria e imprevisible de determinado bien o serviciocompromete en forma directa e inminente la continuidadde los servicios esenciales o de las operaciones producti- vas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situa- ción a la entidad a la adquisición o contratación de los bie-nes o servicios u obras por el tiempo o cantidad, según elcaso, necesario para llevar a cabo el proceso de selecciónque corresponda; Que, el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del pro-ceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, se realizarán mediante el proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía, y se aprobarán mediante Reso-lución del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe téc- nico - legal previo; dicha Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse copia de lamisma y de los informes que la sustentan a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los 10 días siguientes ala fecha de su aprobación; Que, el Artículo 108º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado mediante Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, señala que la situación de urgencia debeentenderse como una medida temporal, ante un hecho deexcepción que determina una acción rápida a fin de adqui- rir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección corres-pondiente para las adquisiciones y contrataciones definiti-vas; Que, según se desprende del Informe Nº 135-2003- MTC/22.07.02.JDH, aproximándose el período de lluvias, con el fin de evitar la intransitabilidad e interrupción de la vía y siendo ésta la única vía de acceso hacia el interiorselvático del departamento de Puno, a las localidades deSan Gabán, Otorongo e Inambari; es necesario contar demanera oportuna y en la cantidad necesaria con determi-nados bienes que resultan indispensables para proteger y no perjudicar los trabajos ejecutados, mientras se llevan a cabo los procesos de selección correspondientes para lafinalización de la obra, por lo que de no adoptarse las me-didas apropiadas, se producirían pérdidas económicas yse perjudicaría a la población que será beneficiada con di-cha obra; Que, con el fin de que el Proyecto Especial de Infra- estructura de Transporte Departamental - PROVÍAS DE-