Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 30
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G37/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 10 de noviembre de 2003 SUNAT /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G2D /G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G2D /G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 207-2003/SUNAT Lima, 7 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que se encuentran exoneradas de los procesosde Licitación, Concurso Público o Adjudicaciones Direc- tas, las prórrogas del plazo de los contratos de arrenda- miento de inmuebles siempre y cuando la renta no se incre-mente en una tasa mayor al crecimiento del índice generalde precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneración correspondiente, la contratación debe efectuarse a través de un proceso de adjudicación de menor cuantía, conforme a lo establecido por el Artículo 20º de dicho texto legal; Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, se establece el procedi- miento a que deben someterse tales contrataciones, precisándose que deberá indicarse en la resoluciónexoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabola contratación; Que el Informe Técnico Nº 1412-2003-SUNAT.2G3000 de la Gerencia Administrativa, indica que se requiere pro- rrogar por el período comprendido entre el 14 de noviem- bre de 2003 y el 13 de noviembre de 2004, el plazo delcontrato de arrendamiento del inmueble ubicado en Jr. An-tonio Miroquesada Nº 199 y Jr. Carabaya Nº 494-498, Cer-cado de Lima, provincia y departamento de Lima, en virtuda que el referido inmueble reúne las condiciones e infraes- tructura necesarias para el tipo de servicios que brinda la SUNAT a través de su red de Centros de Servicios alContribuyente; y que la renta mensual sólo se incrementa-rá en la misma medida que la variación del índice de pre-cios al por mayor (IPM); Que en atención a lo señalado en el considerando pre- cedente, el Informe Legal Nº 037-2003-2B2300 indica que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, es procedente la emisión de unaResolución de Superintendencia que exonere del procesode selección correspondiente a la prorroga del contrato de arrendamiento del referido inmueble; Que mediante Carta de fecha 15 de setiembre de 2003, el representante de Generali Perú Compañía de Seguros yReaseguros, empresa propietaria del inmueble, manifiestasu conformidad en prorrogar el contrato de arrendamientopor un período adicional de doce (12) meses, incre- mentando la renta mensual en la misma medida que la va- riación del índice de precios al por mayor (IPM); Que lo expuesto en dichos informes justifica técnica y legalmente la exoneración del proceso de selección parala prórroga del contrato de arrendamiento, cumpliéndoseasí con lo establecido en el Artículo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado y en los Artículos 105º, 113º y116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferi-das en el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Or- ganización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decre- to Supremo Nº 115-2002-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección correspondiente, a la prórroga del contrato de arrenda-miento del inmueble ubicado en Jr. Antonio Miroquesa-da Nº 199 y Jr. Carabaya Nº 494-498, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, con un área de 861.77 m2, por el período comprendido entre el 14 de noviem-bre de 2003 y el 13 de noviembre de 2004, por los fun-damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Nacional de Ad- ministración a suscribir el Contrato respectivo con la em- presa Generali Perú Compañía de Seguros y Reasegu-ros, mediante Adjudicación de Menor Cuantía, por unarenta mensual de US$ 2,561.84 (Dos mil quinientos se-senta y uno y 84/100 Dólares Americanos), incluido im-puestos, la misma que será financiada con recursos pro- pios. Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copias de la presente Resolución ydel informe que sustenta esta exoneración a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los diez (10) días ca-lendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 20577 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G34/G38/G34/G2D/G32/G30/G30/G32/G2F/G4D/G44/G43 /G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G61/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G2D/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G72/G61/G62/G61/G79/G6C/G6C/G6F RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 2146 Lima, 10 de octubre de 2003 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTO, el Codificado Nº 80786-2002 y sus anteceden- tes, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Carabay-llo solicita la ratificación de la Resolución de AlcaldíaNº 484-2002/MDC, de fecha 23 de diciembre de 2002, pro- movida por INVERSIONES CENTENARIO S.A.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Metropolitana Nº 19371, de fecha 11 de diciembre de 2002, se declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por la Munici-palidad Distrital de Carabayllo respecto de la Resoluciónde Alcaldía Metropolitana Nº 5046 del 31 de enero de 2002,ratificándose de esta manera las Resoluciones de AlcaldíaNº 311-A-99/MDC del 1 de junio de 1999 y Nº 345-2000/ MDC del 8 de noviembre de 2000; en las que aprobaron la Habilitación Urbana Nueva del terreno de 254,640.00 m2,que constituye la octava, novena y décima etapa de la ur-banización Santo Domingo, de Carabayllo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 484-2002/ MDC, la Municipalidad Distrital de Carabayllo, resolvió de- clarar cumplidas de conformidad con el Plano de Replan- teo de Lotización signado con el Nº 005-2002-DIDUR/MDC,las obras de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo, delterreno de 78,630.97 m2, que forma parte de un área ma-yor de 254,640.00 m2, constituido por la octava, novena ydécima etapa de la urbanización "Santo Domingo de Cara- bayllo", en el ex fundo Caudivilla, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima;