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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G37/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 10 de noviembre de 2003 PARTAMENTAL continúe con la prestación de sus servi- cios esenciales y cumpla con las actividades que le sonpropias, considerando que la ausencia de los referidos bie-nes comprometería seriamente las operaciones del Pro-yecto Especial de Infraestructura de Transporte Departa-mental - PROVÍAS DEPARTAMENTAL, al imposibilitar la ejecución de la obra : Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Asillo-San Antón, Tramo: Km. 19+000 - Km.23+000; es imprescindible adquirir los referidos bienes, porlo que configurándose la causal prevista en el inciso c) delArtículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, es viable declarar en situación de urgencia la adquisición de los mencionados bienes y autorizar la contratación mediante el proceso deAdjudicación de Menor Cuantía; Con el Informe favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica y de conformidad con lo establecido en elTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Proyecto Especial de Infraestructurade Transporte Departamental - PROVÍAS DEPAR-TAMENTAL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 081-2003-MTC/01 y sus modificatorias, los procesos de Licita-ción Pública para la adquisición de 285,000 Kg. de Cemen- to Asfáltico y 52,000 Gln. de Petróleo Diesel y el proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la adquisición de2500 Bl. de Cemento para la realización por EjecuciónPresupuestaria Directa de la Obra: Rehabilitación y Mejo-ramiento a Nivel de Asfalto de la Carretera: Asillo - SanAntón, Tramo 19 +000 - Km. 23 +000. Artículo 2º.- Declarar en Situación de Urgencia la adquisición de 285,000 Kg. de Cemento Asfáltico, 52,000Gln. de Petróleo Diesel y de 2.500 Bl de Cemento para laejecución de la obra a que se refiere el Artículo 1º de lapresente Resolución. Artículo 3º.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de los procesos de Licitación Pública para la adquisición de 285,000 Kg. de Cemento Asfáltico hastapor el monto de S/. 376,200.00 (trescientos setenta y seismil doscientos y 00/100 nuevos soles) y de 52,000 Gln. dePetróleo Diesel hasta por el monto de S/. 470,080.00 (cua-trocientos setenta mil ochenta y 00/100 nuevos soles) y del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la ad- quisición de 2,500 Bl de Cemento hasta por el monto de S/. 59 550.00 (cincuenta y nueve mil quinientos cincuenta y00/100 nuevos soles). Artículo 4º.- Autorizar al Proyecto Especial de Infra- estructura de Transporte Departamental - PROVÍAS DE- PARTAMENTAL para que proceda a las adquisiciones a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución,mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía yautorizar a la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Departamental - PROVÍASDEPARTAMENTAL determinar la dependencia u órgano que se encargará de efectuar las referidas adquisiciones. Artículo 5º.- La adquisiciones de los bienes a que se refieren los artículos precedentes se efectuarán con cargoal Convenio Nº 024-2003-MTC/02 suscrito entre el Minis-terio de Transportes y Comunicaciones y el Gobierno Re-gional de Puno. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial; así como el Informe Técnico Nº 135-2003-MTC-22.07.02.JDHe Informe Legal Nº 1516-2003-MTC/08 serán puestos enconocimiento de la Contraloría General de la República, ala que se remitirán los antecedentes del caso, dentro delos diez (10) días naturales siguientes a la fecha de apro- bación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 20565/G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G73/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G73/G74/G61/G2D/G62/G6C/G65/G63/G65/G72/G20/G79/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G72/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6E/G6F/G72/G61/G20/G65/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G61 /G79/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 320-2003-MTC/03 Lima, 3 de noviembre de 2003 Que, el Artículo 155º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizacionesdel servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parteo alternativamente mediante Concurso Público de Ofertas; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 185-2003- MTC/03 se aprobaron las Bases para el Concurso Público de Ofertas para el otorgamiento de autorizaciones del ser-vicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada ypor Televisión en VHF en las localidades de Barranca, Ca-ñete, Huacho-Huaura, Huaral-Chancay, Carhuaz, Chincha,Ica, Pisco, Pucallpa, Huancayo, Huánuco, Huaraz, Yungay, Iquitos, Caraz, Tarma, Tingo María y La Merced; Que, a mérito a la Resolución Viceministerial Nº 185- 2003-MTC/03, se llevó a cabo el Concurso Público de Ofer-tas Nº 001-2003-MTC/17, los días 10 y 11 de julio de 2003,otorgándose la Buena Pro para la autorización del serviciode radiodifusión sonora, en la modalidad educativa, en la banda de Frecuencia Modulada (FM), para la localidad de Yungay a COMUNICACIONES SOCIALES ESCUCHABELEN - CSEB, según consta en el Acta del acto públicodel referido Concurso; Que, en el numeral 22 de las referidas Bases del Con- curso se estableció que, bajo ninguna circunstancia sería posible el cambio de modalidad de operación del servicio de radiodifusión de Educativo a Comercial, ello en razóndel tratamiento preferencial que la modalidad Educativamereció en dicho Concurso Público; Que, la autorización para la prestación del servicio de radiodifusión se otorga por resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 144º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 58-2003-MTC/17.01.ssr., considera que COMUNICACIONES SOCIALESESCUCHA BELEN - CSEB, ha cumplido con la obligación señalada en las Bases del Concurso y la presentación de la información y documentación establecida en el Regla-mento General de la Ley de Telecomunicaciones y en elTexto Único de Procedimientos Administrativos de esteMinisterio, emitiendo opinión técnica y legal favorable paraque se le otorgue la autorización correspondiente; De conformidad con el TUO de la Ley de Teleco- municaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Su-premo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Úni-co de Procedimientos Administrativos del Ministerio apro-bado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la Resolu- ción Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, que aprueba las Normas Técnicas del Ser vicio de Radiodifusión; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a COMUNICACIONES SOCIA- LES ESCUCHA BELEN - CSEB, autorización y permisode instalación por el plazo de diez (10) años, para estable-cer y operar una estación del servicio de radiodifusión so-nora educativa en Frecuencia Modulada, en la localidad yprovincia de Yungay, departamento de Ancash, conforme a las siguientes características técnicas de operación : Banda : FM Frecuencia : 92.9 MHz. Indicativo : OCR - 3V Emisión : 256KF8E Potencia Nominal : 100 W del Transmisor