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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (24/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G38/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 24 de noviembre de 2003 MIMDES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65 /G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F /G64/G65/G20/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G70/G6F/G74/G73/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G74/G72/G61/G2D /G76/GE9/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G65/G6C/G65/G76/G69/G2D/G73/G69/G76/G61/G20/G79/G20/G72/G61/G64/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 711-2003-MIMDES Lima, 19 de noviembre de 2003 Vistos los Informes Nº 165-2003-MIMDES/DGA y Nº 420-2003-MIMDES/DGAJ de la Dirección General de Administración y de la Dirección General de Asesoría Jurí-dica respectivamente; CONSIDERANDO:Que, es misión del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social garantizar con la cooperación de los sectores público y priva-do así como de la Sociedad Civil y la Cooperación Internacio- nal, la atención integral de las personas que viven en situa- ciones de grave riesgo social, pobreza y pobreza extrema,violencia, discriminación y exclusión social y contribuir a la lucha frontal contra la pobreza, al desarrollo social y la mejora de la calidad de vida de la población, con la inversión en capi-tal social y la promoción de igualdad de oportunidades y equi- dad para las personas, mujeres y hombres, niñas y niños, adolescentes, adultas mayores y con discapacidad; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social tiene como objetivo prioritario el cumplimiento del Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer a desarrollarse en el pe-ríodo 2002-2007; Que, para tal finalidad el Ministerio de la Mujer y Desarro- llo Social cuenta con el funcionamiento del Programa Nacio-nal contra la Violencia Familiar y Sexual que atiende a la po- blación afectada, especialmente a mujeres, niños y niñas a través de los 38 Centros de Emergencia Mujer (CEM) a nivelnacional, además de contar con la Línea de Ayuda Amiga; Que, del estudio realizado el 2002 por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), la Universidad CayetanoHeredia y la ONG Flora Tristán sobre la violencia contra la mujer reflejó que en Lima más del 50 por ciento de las mujeres habían sufrido algún tipo de maltrato físico; Que, es por lo tanto necesario difundir masivamente el com- promiso del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en la lu- cha por la no violencia contra la mujer, así como dar a conocera la ciudadanía la información sobre los servicios que el sector brinda para prevenir y sancionar el flagelo de la violencia fami- liar y sexual, en especial aquella que afecta a las mujeres; Que, por las razones expuestas se ha visto por conve- niente la emisión de spots publicitarios para la difusión, a través de los medios de comunicación radial y televisiva,de las formas de prevención de la problemática descrita; Que, con motivo del Día Internacional de No Violencia contra la Mujer, a celebrarse el 25 de noviembre de 2003,se ha considerado iniciar la campaña sobre el mencionado tema en dicha fecha; Que, con la finalidad de asegurar el logro de los objetivos planteados y el impacto en el público objetivo se ha visto por conveniente la difusión de spots publicitarios para la difusión a través de los medios de comunicación televisiva y radialcon motivo de la celebración del Día Internacional de la No Violencia Contra la Mujer a celebrarse el 25 de noviembre de 2003, resultando necesario en consecuencia la contrataciónde los servicios de publicidad que garanticen un efectivo lo- gro de los objetivos propuestos en forma oportuna; Que, asimismo considerando que conforme a lo dispuesto por el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordadocon el Artículo 111º de su Reglamento aprobado por Decre- to Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Su- premo Nº 071-2001-PCM, la Entidad puede exonerar de losprocesos de selección correspondientes a las contratacio- nes por Servicios Personalísimos, encontrándose expre- samente incluidos los servicios de publicidad que prestan alEstado los medios de comunicación televisiva, radial, escri-ta o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen; Que, se ha visto por conveniente contratar los servi- cios de difusión en Radio Programas del Perú - Grupo RPP, y de Cadena Peruana de Noticias - Corporación Gestión,por tener ambas una cobertura nacional y contar con im- portantes niveles de sintonía en todos los segmentos de la población. En lo que respecta a la difusión vía canales detelevisión, resulta conveniente contratar los servicios de América Televisión (4TV), Andina de Radiodifusión (9TV), Frecuencia Latina (2TV) y Panamericana Televisión (5TV-Lima), canales con señal abierta, de cobertura nacional y con niveles, igualmente, importantes de teleaudiencia en los distintos bloques de sus respectivas programaciones; Que, en consecuencia estando a lo informado por la Dirección General de Asesoría Jurídica así como por la Oficina de Logística de la Dirección General de Adminis-tración a través de los documentos de vistos, resulta nece- sario autorizar la exoneración de los procesos de selec- ción de Concurso Público por el monto de S/. 324,000.00(TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para la contratación del servicio de difusión de spots publicitarios en la televisión y la Adjudicación Direc-ta Selectiva por el monto de S/. 44,000.00 (CUARENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para la contra- tación del servicio de difusión de spots publicitario en laradio, por constituir Servicios Personalísimos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES modificado por De-creto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la exoneración de los Procesos de Selección que se detalla a continuación: - Concurso Público por el monto de S/. 324,000.00 (TRES- CIENTOS VEINTICUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para la contratación de las empresas de televisión América Televisión (4TV), Andina de Radio Difusión (9TV), FrecuenciaLatina (2TV) y Panamericana Televisión (5TV-Lima). - Adjudicación Directa Selectiva por el monto de S/. 44,000.00 (CUARENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOSSOLES), para la Contratación de la empresa Radio Pro- gramas del Perú - Grupo RPP, y Cadena Peruana de Noti- cias - Corporación Gestión, para que preste el servicio dedifusión de spots publicitarios en la radio. - La emisión de los spots tanto en televisión como en radio se realizará en un período de 15 días, del 25 de no-viembre de 2003 al 9 de diciembre de 2003. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aproba- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA ELENA TOWNSEND Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 21957 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G61/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61 /G73/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G72/G69/G72 /G63/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G72/G61 /G43/G61/G72/G72/G65/G74/G65/G72/G61/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G20/G2D/G20/G59/G61/G72/G61/G62/G61/G6D/G62/G61/G20/G2D/G20/G53/G61/G6E/G2D/G74/G75/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G61/G70/G69 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 981-2003-MTC/02 Lima, 20 de noviembre de 2003