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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G37/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 25 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 201-2003- PCM, se constituyó la Comisión Multisectorial de Lucha contra el Comercio Ilegal de Productos Farmacéuticos yAfines, cuyo artículo 2º establece que ésta tiene por finali- dad proponer un Plan Nacional de Lucha contra el Comer- cio Ilegal de Productos Farmacéuticos y Afines, con el ob-jeto de lograr su erradicación progresiva; Que, en el artículo 8º de la precitada Resolución se establece un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días útiles contados a partir dela fecha de su instalación, a fin que la citada Comisión entregue la propuesta al Presidente del Consejo de Ministros; Que, los integrantes de la Comisión han manifestado la necesidad de contar con un plazo mayor al inicialmente otorgado, puesto que el mismo no resulta suficiente para concluir con la elaboración del Plan Nacional encomen-dado en razón a la complejidad de los estudios, análisis, coordinaciones y evaluación que conviene efectuar; Que, asimismo, debido a un error involuntario en la re- dacción del artículo 3º se consignó al representante de la Asociación Nacional de Municipalidades como integrante de la Comisión, siendo lo correcto consignar al represen-tante de la Asociación de Municipalidades del Perú - AMPE; Que, en tal sentido, resulta pertinente rectificar el artí- culo 3º y modificar el artículo 8º de la Resolución Ministe-rial Nº 201-2003-PCM; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560, el Decreto Ley Nº 21292 y la Resolución Minis-terial Nº 0014-86-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 201-2003-PCM, el mismo que quedará re-dactado de la siguiente manera: "Artículo 3º.- De la Conformación de la Comisión Multi- sectorial La Comisión Multisectorial estará conformada por los siguientes miembros: - El Viceministro de Salud del Ministerio de Salud; - El Viceministro del Interior del Ministerio del Interior;- El Viceministro de Industria del Ministerio de la Pro- ducción; - La Superintendente Nacional de Administración Tri- butaria de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT; - El Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Pro- piedad Intelectual - INDECOPI; - El Director General de la Dirección General de Medi- camentos, Insumos y Drogas - DIGEMID del Ministerio de Salud; - Un representante de la Asociación de Municipalida- des del Perú - AMPE elegido a través de las normas o acuer- dos establecidos por su organización; y, - La Fiscal de la Nación". Artículo 2º.- Modificar el artículo 8º de la Resolución Ministerial Nº 201-2003-PCM, el mismo que quedará re-dactado de la siguiente manera: "Artículo 8º.- Del Plazo La Comisión Multisectorial deberá entregar a la Presidenta del Consejo de Ministros la propuesta del Plan Nacional de Lucha contra el Comercio Ilegal de Productos Farmacéuticos y Afines, en un plazo de ciento cinco (105) días útiles contadosdesde su instalación, para su posterior aprobación conforme las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo. Una vez aprobado, el indicado Plan Nacional deberáser difundido a la población en general a través de los portales de Internet de las entidades involucradas." Regístrese, comuníquese y publíquese.. BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 19685AGRICULTURA /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G61/G62/G73/G6F/G72/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G4F/G4E/G41/G46/G4F/G47/G20/G61 /G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G73/G20/G52/G6F/G74/G61/G2D /G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0792-2003-AG Lima, 24 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2003-AG, se dispuso la fusión por absorción del Fondo Nacional de Fo- mento Ganadero - FONAFOG con el Ministerio de Agricul- tura, actuando esta última entidad en calidad de incorpo-rante; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º del mencionado dispositivo legal, se faculta al Ministerio de Agricultura, para que a través de Resolución Ministerial, dicte las medidas complementarias necesarias que facili-ten la fusión por absorción; Que, atendiendo al plazo máximo de noventa (90) días para culminar el proceso de fusión, establecido por el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 029-2003-AG, resulta necesario encargar a la Comisión Nacional deFondos Rotatorios del Ministerio de Agricultura, la con- ducción del proceso de fusión por absorción del FO- NAFOG; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y el De-creto Supremo Nº 029-2003-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Encárguese a la Comisión Nacional de Fondos Rotatorios del Ministerio de Agricultura, la con-ducción del proceso de fusión por absorción del Fondo Nacional de Fomento Ganadero - FONAFOG, con el Ministerio de Agricultura, de acuerdo a los alcances es-tablecidos por el Decreto Supremo Nº 029-2003-AG. Artículo 2º.- Precisar, que el plazo para la conclu- sión del proceso de fusión por absorción del Fondo Na-cional de Fomento Ganadero en el Ministerio de Agri- cultura, contemplado en el Artículo 2º del Decreto Su- premo Nº 029-2003-AG, será computado en días hábi-les. Artículo 3º.- La Comisión Nacional de Fondos Rotato- rios del Ministerio de Agricultura, presentará un informe altitular del pliego a la conclusión de las labores encomen- dadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura 19504 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C /G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0793-2003-AG Lima, 24 de octubre de 2003 VISTO:El Oficio Nº 2814-AG-OGA-855-OL, de fecha 9 de oc- tubre de 2003, emitido por el Director General de la OficinaGeneral de Administración;