Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2003 (25/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de octubre de 2003

El Informe Nº 938-2003-INABIF-OA-UL de la Unidad de Logistica y el Informe Nº 720-2003-INABIF-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 011 del 6 de junio del 2003 se designo al Comite Especial encargado de la conduccion del MORDAZA de seleccion del Concurso Publico para la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad en el INABIF; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 012 del 22 de agosto del 2003 se aprueban las Bases y convocatoria del Concurso Publico Nº 01-2003/INABIF-CE "Contratacion del Servicio de Vigilancia y Seguridad" por el monto referencial de S/. 484,942.62 nuevos soles; efectuandose la publicacion de convocatoria correspondiente en el Diario Oficial El Peruano y "El Comercio"; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 221 de fecha 22 de MORDAZA de 2003, se declaro en situacion de urgencia, entre otros, la contratacion del servicio de Vigilancia y Seguridad, del 27 de MORDAZA al 1 de octubre de 2003; en cuya virtud el INABIF suscribio con la Empresa SEGUROC S.A. el respectivo contrato para el servicio de seguridad y vigilancia, por la suma de S/. 379,162.43 y por un periodo cuya vigencia vencio el 1 de octubre de 2003; Que, la precitada situacion de urgencia fue ampliada mediante Resolucion Presidencial Nº 312 del 30 de septiembre del 2003, por el periodo de 20 dias adicionales y por un monto de S/. 124,000.00 nuevos soles; suscribiendo el respectivo contrato con la empresa GROVI S.R.L. para el servicio de seguridad y vigilancia, el cual vencera el 21 de octubre de 2003; Que, por otro lado, se viene desarrollando el Concurso Publico Nº 01-2003/INABIF-CE "Contratacion del Servicio de Vigilancia y Seguridad" por el monto referencial de S/. 484,942.62 nuevos soles; en el que con fecha 7 de octubre del 2003 y con la presencia de Notario Publico se procedio al acto de apertura de propuestas economicas y otorgamiento de la buena pro, habiendo resultado ganador el Consorcio FUGAZ S.A.C., SEGSA ORIENTE S.A.C. y Servicios Generales S.A.; Que, contra el precitado otorgamiento de la Buena Pro, cinco empresas postoras interpusieron recurso de apelacion, por lo que considerando la fecha MORDAZA que tiene la entidad para resolver las apelaciones y teniendo en cuenta la probabilidad de un recurso de revision ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ademas del tiempo que demandaria su resolucion por dicho organo; es de observarse que se excederia la fecha de vencimiento de la ampliacion de la situacion de urgencia dispuesta mediante Resolucion Presidencial Nº 312 del 30 de septiembre del 2003, es decir mas alla del 21 de octubre de 2003; Que, al encontrarse suspendido el Concurso Publico Nº 001-2003/INABIF-CE para la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad como consecuencia de las impugnaciones interpuestas; se han generado una situacion extraordinaria e imprevisible, que no permitiria contar de manera inmediata a partir del 22 de octubre del presente ano con el servicio de vigilancia y de seguridad; situacion que puede afectar o acarrear riesgo al patrimonio del INABIF, asi como la seguridad de los menores albergados y poblacion usuaria que atiende en sus mas de 30 Unidades Operativas de MORDAZA y Callao; los cuales por su naturaleza son esenciales, como la atencion de ninos, adolescentes, menores y poblacion en riesgo; Que, el Art. 21º del T.U.O. de la Ley Nº 26850, y el Art. 108º Inc. 2 de su Reglamento, preven la situacion de urgencia como una medida temporal ante la ausencia extraordinaria e imprevisible de un servicio que compromete el funcionamiento de la Entidad, determinando una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, y por el tiempo necesario para llevar a cabo el respectivo MORDAZA de seleccion; Que, el Art. 19º Inc. c) del T.U.O. de la Ley Nº 26850 establece que las adquisiciones y contrataciones que se

realicen en situacion de urgencia estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, debiendose realizar, conforme lo dispone el Art. 20º de la misma ley, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, atendiendo a las consideraciones expuestas, deviene en necesario ampliar la Situacion de Urgencia de los servicios de vigilancia y seguridad, exonerandolo del respectivo MORDAZA de seleccion; que ademas permitira contar con el tiempo adecuado para llevar a cabo la realizacion del Concurso Publico Nº 01-2003/ INABIF-CE; Con las visaciones correspondientes, y estando a lo senalado en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y el inciso c) del Art. 8º del Decreto Legislativo Nº 830; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar la Situacion de Urgencia declarada por la Resolucion Presidencial Nº 221 de fecha 22 de MORDAZA de 2003 y ampliada mediante Resolucion Presidencial Nº 312 de fecha 30 de septiembre de 2003, para la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad en el INABIF, atendiendo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, conforme al siguiente detalle:
OBJETO VALOR REFERENCIAL (S/.) PERIODO OBSERVACIONES

SEGURIDAD Y S/. 155,000.00 VIGILANCIA

Del 22 de octubre al 15 de noviembre de 2003 (25 dias)

SEDE CENTRAL Y UNIDADES OPERATIVAS

Articulo Segundo.- En virtud de lo dispuesto en el articulo primero de la presente Resolucion exonerese a la institucion de llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente a la adquisicion y contratacion de dicho servicio por el periodo y monto indicados; y se autoriza al Comite Especial designado mediante Resolucion de Gerencia General Nº 016 de fecha 30 de septiembre de 2003, para que lleve a cabo el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia en situacion de urgencia, conforme al Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y su Reglamento. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica la presente Resolucion, asi como sus informes tecnico y legal que la sustentan, dentro del plazo de 10 dias calendario siguientes. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POMALIMA MORDAZA Presidente 19399

PRODUCE
Suspenden actividades extractivas de recursos hidrobiologicos anchoveta y anchoveta MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 402-2003-PRODUCE MORDAZA, 24 de octubre del 2003 CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley General de Pesca -Decreto Ley Nº 25977-, los recursos

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