NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (03/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 25
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G30/G36/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de setiembre de 2003 704 6405 90 00 00 Los demas calzados que no esten comprendidos den- tro de las subpartidas Nºs. 6401.10.00.00 a 6405.20.00.00 705 6503 00 00 00 Sombreros y demas tocados de fieltro, fabricados con cascos o platos de la partida Nº 65.01, incluso guarne- cidos 706 6504 00 00 00 Sombreros y demas tocados, trenzados o fabricados por union de tiras de cualquier materia, incluso guarne- cidos 707 6505 10 00 00 Redecillas para el cabello, de cualquier materia, inclu- so guarnecidas 708 6505 90 00 00 Demas sombreros y tocados, de tejido de punto o con- feccionados con encaje, fieltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos 709 6506 91 00 00 Demas sombreros y tocados, incluso guarnecidos (ex- cepto los de seguridad), de caucho o plastico 710 6506 92 00 00 Demas sombreros y tocados, incluso guarnecidos (ex- cepto los de seguridad), de peleteria natural 711 6506 99 00 00 Demas sombreros y tocados, incluso guarnecidos (ex- cepto los de seguridad), de las demas materias textiles(excepto de caucho o plastico, ni de peleteria natural) 712 6601 10 00 00 Quitasoles-toldo y articulos similares 713 6601 91 00 00 Paraguas, sombrillas y quitasoles (incluido los para- guas baston) con astil o mangotelescopico 714 6601 99 00 00 Paraguas, sombrillas y quitasoles (incluido los para- guas baston), excepto los con astil o mango telescopi- co 715 6702 10 00 00 Flores, follaje y frutos, artificiales, y sus partes;articulos confeccionados con flores, follaje o frutos, artificiales, de plastico 716 6702 90 00 00 Flores, follaje y frutos, artificiales, y sus partes;articulos confeccionados con flores, follaje o frutos, artificiales, de las demas materias (excepto las de plastico) 717 6809 90 00 00 Demas manufacturas de yeso fraguable o de prepara- ciones a base de yeso fraguable, excepto las placas, hojas, paneles, locetas y articulos similares, sin ador- nos 718 6813 10 00 00 Guarniciones de friccion para frenos 719 6813 90 00 00 Demas guarniciones de friccion (excepto las de freno), sin montar para embragues o cualquier organo de frota-miento, a base de amianto (asbesto), o de otras sustan- cias minerales o de celulosa, incluso combinados con textiles u otras similares 720 6911 10 00 00 Articulos para el servicio de mesa o cocina de porce- lana 721 6911 90 00 00 Demas vajilla y articulos de uso domestico, de higiene o de tocador de porcelana 722 6912 00 00 00 Vajillas y demas articulos de uso domestico, higiene o tocador, de ceramica, excepto de porcelana 723 6913 10 00 00 Estatuillas y demas articulos para adorno, de porcelana 724 6913 90 00 00 Estatuillas y demas articulos para adorno, de las de- mas ceramicas (excepto la de porcelana) 725 6914 90 00 00 Las demas manufacturas de ceramica, excepto las comprendidas entre las subpartidas Nºs. 6901.00.00.00a 6914.10.00.00 726 7009 10 00 00 Espejos retrovisores para vehiculos 727 7009 92 00 00 Espejos de vidrio, enmarcados 728 7010 20 00 00 T apones, tapas y demas dispositivos de cierre, de vi- drio 729 7010 90 10 00 Bombonas (damajuanas), botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares y demas recipientes para el transporte o envasado, de vidrio; bocales para conser- vas; excepto ampollas, tapones y demas dispositivosde cierre, de vidrio, de capacidad superior 730 7010 90 20 00 Bombonas (damajuanas), botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares y demas recipientes para el transporte o envasado, de vidrio; bocales para conser-vas; excepto ampollas, tapones y demas dispositivosde cierre, de vidrio, de capacidad superior 731 7010 90 30 00 Bombonas (damajuanas), botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares y demas recipientes para eltransporte o envasado, de vidrio; bocales para conser-vas; excepto ampollas, tapones y demas dispositivosde cierre, de vidrio, de capacidad superior732 7010 90 40 00 Bombonas (damajuanas), botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares y demas recipientes para el transporte o envasado, de vidrio; bocales para conser- vas; excepto ampollas, tapones y demas dispositivosde cierre, de vidrio, de capacidad inferior 733 7013 10 00 00 Articulos de vitrocerámica, para servicio de mesa, co- cina, tocador, oficina, para adornos de interiores o usossimilares, excepto los de las partidas Nºs. 70.10 a 70.18 734 7013 21 00 00 Recipientes para beber (por ejemplo:vasos, jarros), de cristal al plomo (excepto los de vitrocerámica) 735 7013 29 00 00 Recipientes para beber (por ejemplo:vasos, jarros), de las demas materias (excepto los de vitrocerámica y los de cristal al plomo) 736 7013 31 00 00 Articulos para el servicio de mesa (excluidos los reci- pientes para beber) o cocina, de cristal al plomo (ex- cepto los de vitrocerámica) 737 7013 32 00 00 Articulos para el servicio de mesa (excluidos los reci- pientes para beber) o cocina, de vidrio de coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5 x 10-6 porkelvin, entre 0°c y 300°c (excepto los de cristal al plomo) 738 7013 39 00 00 Demas articulos para el servicio de mesa (excluidos los recipientes para beber) ococina, de vidrio (excepto los de vitrocerámica), excepto los comprendidos entrelas subpartidas Nºs. 7013.31.00.00 a 7013.32.00.00 739 7013 91 00 00 Demas articulos de cristal al plomo, para servicio de tocador, adorno de interiores o usos similares, exceptolos de las partidas Nºs. 70.10 a 70.18 y las subpartidas Nºs. 7013.10.00.00 a 7013.39.00.00 740 7013 99 00 00 Demas articulos de vidrio, para servicio de tocador, adorno de interiores o usos similares, excepto los delas partidas Nºs. 70.10 a 70.18 y las subpartidas 7013.10.00.00 a 7013.91.00.00 741 7016 10 00 00 Cubos, dados y demas articulos similares, de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares 742 7018 10 00 00 C uentas de vidrio, imitaciones de perlas de piedras preciosas o semipreciosas y articulos similares de abalorio 743 7018 90 00 10 Ojos de vidrio, excepto los de prótesis 744 7117 90 00 00 La demas bisuteria, excepto las de metales comunes 745 7315 12 00 00 Las demas cadenas (excepto las de rodillos), de esla- bones articulados, de fundicion de hierro o acero 746 7318 12 00 00 Tor nillos para madera, de fundición de hierro o acero 747 7318 15 90 00 Demas tornillos y pernos (excepto los comprendidos en las subpartidas 7318.11.00.00 a 7318.15.10.00), in- cluso con sus tuercas y arandelas 748 7318 16 00 00 Tuercas, de fundición hierro o acero 749 7321 11 10 00 Cocinas de uso domestico, de fundición de hierro o acero, de combustible gaseosos, o de gas y otros com- bustibles similares 750 7323 91 00 10 Articulos de uso domestico, de fundicion, sin esmaltar 751 7323 92 00 10 Articulos de uso domestico, de fundicion, esmaltada 752 7323 93 00 10 Articulos de uso domestico, de acero inoxidable 753 7323 94 00 10 Articulos de uso domestico, de hierro o acero, esmal- tado 754 7323 94 00 90 Partes de articulos de uso domestico de hierro o acero, esmaltados 755 7323 99 00 90 Los demas articulos de uso domestico y sus partes de fundicion, hierro o acero, excepto los comprendidos dentro de las subpartidas 7313.10.00.00 a 7323.99.00.10 756 7615 11 00 00 Esponjas, estropajos, guantes y articulos similares para fregar, lustrar o usos analogos, de aluminio 757 7615 19 11 00 Ollas de presion, de uso doméstico, de aluminio 758 7615 19 19 00 Los demas articulos de uso doméstico, de aluminio, excepto los comprendidos entre las subpartidas 7615.11.00.00 a 7615.19.11.00 759 7615 19 20 00 Partes de articulos de uso domestico de la partida 76.15, de aluminio 760 8201 10 00 00 Layas y palas 761 8201 30 00 00 Azadas, picos, binaderas, rastrillos y raederas 762 8201 50 00 00 Tijeras de podar (incluidas las de trinchar aves) para usar con un sola mano 763 8201 60 10 00 Tijeras de podar (para usar con las dos manos)Nº Ítem SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN Nº Ítem SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN