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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (03/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G30/G37/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de setiembre de 2003 764 8202 10 10 00 Serruchos de mano 765 8202 10 90 00 Las demas sierras de mano; hojas de sierra de cual- quier clase (incluso las fresas sierra y las hojas sin dentar) 766 8202 31 00 00 Hojas de si erra circulares (incluida las fresas sierra) con la parte operante de acero 767 8202 39 00 00 Las demas hojas de sierra circulares (incluidas las fresas sierra), incluidas las partes, excepto las con parte operante de acero 768 8202 99 00 00 Demas hojas de sierra, excepto las comprendidas en- tre las subpartidas 8202.10.10.00 a 8202.91.00.00 769 8203 10 00 00 Limas, escofinas y herramientas similares, de mano 770 8203 20 00 00 Alicates (incluso cortantes), tenazas, pinzas y herra- mientas similares, de mano 771 8203 30 00 00 C izallas para metales y herramientas similares, de mano 772 8204 11 00 00 Llaves de ajuste de mano (incluidas las llaves dinamo- métricas), de boca fija 773 8204 12 00 00 Llaves de ajuste de mano (incluidas las llaves dinamo- metricas), de boca variable 774 8204 20 00 00 Cu bos de ajuste intercambiables, incluso con mango 775 8205 10 00 00 Herramientas de taladrar o roscar (incluida las terra- jas), de uso manual 776 8205 20 00 00 Martillos y mazas 777 8205 30 00 00 Cepillos, formones, gubias y herramientas cortantes similares para trabajar madera 778 8205 40 10 00 Destornilladores para tornillos de ranura recta 779 8205 40 90 00 Demas destornilladores, excepto los para tornillos de ranura recta 780 8205 59 60 00 Aceiteras;jeringas para engrasar, de uso manual 781 8205 59 92 00 Herr amientas para albañiles, fundidores, cementero, yeseros, pintores (llanas, paletas, pulidores, raspado- res, etc.) 782 8205 59 99 00 Las demas herramientas de mano, excepto las com- prendidas dentro de las subpartidas 8205.10.00.00 a 8205.59.92.00 783 8205 70 00 00 Tor nillos de banco, prensas de carpintero y similares 784 8205 90 00 00 Juegos de articulos de dos o mas de las subpartidas 8205.10.00.00 a 8205.80.00.00 785 8206 00 00 00 Herramientas de dos a mas de las partidas Nºs. 82.02 a 82.05, acondicionadas en juegos para la venta al por menor 786 8207 13 20 00 Brocas de perforacion o sondeo, con parte operante de cermets 787 8207 19 29 00 Las demas brocas (excepto las con parte operante de cermets), incluidas sus partes, y excepto las diaman-tadas 788 8207 50 00 00 Utiles de taladrar, excepto las comprendidas entre las subpartidas 8207.13.10.00a 8207.40.00.00 789 8207 60 00 00 Utiles de escariar o brochar 790 8207 70 00 00 Utiles de fresar 791 8207 90 00 00 Demas utiles intercambiables para herramientas de mano, no comprendidas entre las subpartidas8207.13.10.00 a 8207.80.00.00 792 8208 20 00 00 Cuchillas y hojas cortantes, para maquinas o aparatos mecanicos, para trabajar madera 793 8208 30 00 00 Cuchillas y hojas cortantes, para maquinas o aparatos mecanicos, para aparatos de cocina o maquinas de la industria alimentaria 794 8210 00 90 00 Aparatos mecanicos accionados a mano, de peso in- ferior o igual a 10 kg., utilizados para preparar, acondi-cionar o servir alimentos o bebidas 795 8211 10 00 00 Surtidos de cuchillos con hoja cortante o dentada, in- cluidas las navajas de podar, y sus hojas (excepto losde la partida Nº 82.08) 796 8211 91 00 00 Cuchillos de mesa de hoja fija 797 8211 93 10 00 Cuchillos, excepto los de hoja fija, incluida las nava- jas, de podar y de injertar 798 8211 93 90 00 Los demas cuchillos, incluida las navajas, (excepto las de hoja fija, de podar y de injertar) 799 8212 20 00 00 Hojas para maquinillas de afeitar, incluidos los esbo- zos en fleje800 8213 00 00 00 Tijeras y sus hojas 801 8214 10 00 00 Cortapapeles, abrecartas, raspadores, sacapuntas y sus cuchillas 802 8214 90 90 00 Demas articulos de cuchilleria (por ejemplo:cuchillas para picar carne, tajaderas de carniceria o cocina y similares) 803 8215 10 00 00 Surtidos que contengan por lo menos un objeto platea- do, dorado o platinado, de cucharas, tenedores, cucha- rones, espumaderas, palas para tarta, cuchillos para pescado o mantequilla (manteca), pinzas para azucary articulos similares 804 8215 20 00 00 Demas surtidos, excepto los de la subpartida 8215.10.00.00, de cucharas, tenedores, cucharones, espumaderas, palas para tarta, cuchillos para pescadoo mantequilla (manteca), pinzas para azucar y articu- los similares 805 8215 91 00 00 Cucharas, tenedores, cucharones, espumaderas, pa- las para tarta, cuchillos para pescado o mantequilla (manteca), pinzas para azucar y articulos similares, plateados, dorados o platinados 806 8215 99 00 00 Cucharas, tenedores, cucharones, espumaderas, pa- las para tarta, cuchillos para pescado o mantequilla (manteca), pinzas para azucar y articulos similares,excepto los plateados, dorados o platinados 807 8301 10 00 00 Candados de metales comunes 808 8301 20 00 00 Cerraduras del tipo de las utilizadas en vehiculos auto- moviles, de metales comunes 809 8301 30 00 00 Cerraduras del tipo de las utilizadas en los muebles, de metales comunes 810 8301 40 90 00 Las demas cerraduras, cerrojos de metales comunes, excepto las comprendidas entre las subpartidas 8301.10.00.00 a 8301.40.10.00 811 8306 21 00 00 Estatuilla y demas articulos de adorno, plateados, dorados o platinados 812 8306 29 00 00 Las demas estatuillas y articulos de adorno, excepto los plateados, dorados o platinados 813 8306 30 00 00 Marcos para fotografia, grabados o similares; espejos de metales comunes 814 8308 90 00 00 Cierres, monturas cierre, hebillas, hebillas cierre y artiículos similares de metales comunes, para pren-das de vestir, calzado, toldos, marroquineria o de- mas artículosconfeccionados;cuentas y lentejue- las, de metal común 815 8309 90 00 00 Tapones y tapas (excepto las tapas corona), capsulas para botellas, tapones roscados, sobretapas, prescin- tos y demas accesorios para envases, de metal común 816 8409 91 10 00 Bloques y culatas, identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de embolo (piston) de encendido por chispa 817 8409 91 20 00 Camisas de cilindro, identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de embolo (piston) de encendido por chispa 818 8409 91 30 00 Bielas, identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de embolo (piston) de encendido por chispa 819 8409 91 40 00 Embolos (pistones), identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de embolo (piston) de encendido por chispa 820 8409 91 50 00 Segmentos (anillos), identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de embolo (piston) de encendido por chispa 821 8409 91 60 00 Car buradores y sus partes, identificables como desti- nadas, exclusiva o principalmente a los de embolo(piston) de encendido por chispa 822 8409 91 91 00 Equipo para la conversion de sistemas de carburacion de vehiculos automoviles para su funcionamiento congas combustible 823 8409 91 99 00 Las demas partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de embolo(piston) de encendido por chispa, excepto los compren- didos entre las subpartidas 8409.91.10.00 a 8409.91.91.00 824 8409 99 10 00 Embolos (pistones), identificables para motores de émbolo (piston) de encendido por compresion (motores diesel o semidiesel)Nº Ítem SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN Nº Ítem SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN