Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2003 (20/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de setiembre de 2003

- Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Administracion y Contabilidad, comprendido en las observaciones 02, 04, 06, 07, 18, 19 y 21, por el periodo de sesenta (60) dias. - Sr. MORDAZA APARCANA MORDAZA, ex Director de Desarrollo MORDAZA, comprendido en las observaciones 05, 23 y 24, por el periodo de sesenta (60) dias. - Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de Logistica, comprendida en las observaciones 03, 17 y 22, por el periodo de sesenta (60) dias. - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de Fiscalizacion Tributaria, comprendida en las observaciones 12 y 13, por el periodo de sesenta (60) dias. Articulo Segundo.- A los ex funcionarios que ya no tengan vinculo laboral con la Municipalidad Distrital de Chancay, notificar de acuerdo a ley, para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion a Contraloria General de la Republica, con MORDAZA al file personal de los involucrados, bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal a la Secretaria General y Area de Personal el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Distrital 17323

Que, el inciso "h" del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Articulo 111º de su Reglamento, establece los contratos personalisimos estan exonerados de los procesos de Licitacion publica, Concursos Publicos o Adjudicaciones Directas, para la adquisicion de Servicios suscritos con una persona natural o juridica, teniendo en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o esenciales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, de acuerdo al Articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneracion de los procesos de seleccion, en los casos de los Gobiernos Locales, es aprobado por Acuerdo del Concejo Municipal; autorizando la contratacion de los Servicios a traves de la modalidad de adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con el Articulo 105º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a fin de desarrollar acciones de Fiscalizacion Tributaria; Que, los senores Regidores opinaron que se conforme una Comision que se encargue de seleccionar a la Empresa y/o persona juridica con la finalidad de llevar a cabo el MORDAZA de Fiscalizacion Tributaria en la Municipalidad Distrital de San Andres; De conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, su Reglamento y Modificatorias, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidad y con el MORDAZA UNANIME del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Articulo Primero.- CONFORMAR la comision de adjudicacion que se encargara de realizar la Contratacion de Servicios Personalisimos para el servicio de Fiscalizacion Tributaria, integrada por las siguientes personas:
- Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIRECTOR MUNICIPAL PRESIDENTE - Bach. MORDAZA RAVELLO O. JEFE DE RENTAS INTEGRANTE - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASESOR LEGAL INTEGRANTE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Autorizan contratar servicios personalisimos para la realizacion de Programa de Fiscalizacion Tributaria mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 112-2003-MDSA-CM San MORDAZA, 1 de setiembre del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion de Concejo Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 1 de septiembre del 2003, el Informe Tecnico Nº 099-2003-UR-MDSA de la Unidad de Rentas del 25 de agosto del 2003 y el Informe Legal Nº 1352003-AL-MDSA de fecha 28 de agosto del 2003 del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Asesor Legal de la Municipalidad de San MORDAZA, sobre contratacion de Servicios Personalisimos de una persona natural y/o juridica especializada en Fiscalizacion Tributaria por conceptos de Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Tasa a la Licencia de Construccion, Infracciones incurridas en agentes retenedores en cobranzas coactivas; CONSIDERANDO: Que, la Unidad de Rentas mediante su Informe Nº 099-2003-UR-MDSA, precisa que es conveniente continuar la fiscalizacion tributaria en especial a los principales contribuyentes de la Municipalidad con la finalidad de continuar con los objetivos trazados de la gestion municipal; Que, el Asesor Legal mediante su Informe Nº 1352003-AL-MDSA, de fecha 27 de agosto del 2003, manifiesta que a recomendacion tecnica de la Unidad de Rentas es procedente ya que esta al MORDAZA de la Ley Nº 26850, recomendando que la exoneracion debe ser aprobada por el Concejo Municipal y el Acuerdo publicado en el Diario Oficial El Peruano, asimismo estos documentos deben remitirse a la Contraloria General de la Republica en MORDAZA bajo responsabilidad del Sr. Alcalde;

Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion para la Contratacion de Servicios para la realizacion de un Programa de Fiscalizacion Tributaria, precisando que la Contratacion de los Servicios tienen el caracter de personalisimos debiendose realizar un MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Tercero.- Pongase en conocimiento el siguiente acuerdo a las Areas Administrativas competentes para su conocimiento y fines, debiendose disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y debiendose elevar los antecedentes a la Contraloria de la Republica, conforme a Ley. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. V. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17329

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Acuerdo Suscrito entre el Gobierno del Peru y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte sobre la Transferencia de Condenados"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 173 comunica que el "Acuerdo entre el Gobierno del Peru y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte sobre la Transferencia de Condenados", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el 7 de marzo de 2003, y ratificado por Decreto Supremo Nº 057-2003-RE de 22 de MORDAZA de 2003, publicado al igual que el texto del Acuerdo el 7 de MORDAZA de 2003. Entro en vigencia para ambos paises el 11 de setiembre de 2003. 17295

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