NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (20/09/2003)
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PÆg. 251692 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distri- tales son los órganos de Gobierno Local tienen autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia, en concordancia con el Artículo II del Título Prelimi-nar de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, por mandato de los Incs. 5) y 6) del Art. 195º de la Constitución Política, las Municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los Servicios Públi-cos Locales de su responsabilidad, así como planificar el desa-rrollo urbano y rural de sus circunscripciones; competenciasque, en concordancia con lo establecido en el Inc. 8) del Art. 9º,numeral 1.8 Inc. 1) Art. 73º y numeral 2.1 Inc. 2) Art. 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades comprende la atribución de aprobar el régimen de organización interior y fun-cionamiento del Gobierno Local y la competencia en materiade organización del espacio físico-uso del suelo; Que, reiterando lo establecido en el artículo 195º de la Constitución Política, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local y, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía conlas políticas y planes nacionales y regiones de desarrollo; Que, en tal sentido, la creación del Instituto de Vialidad Municipal de la provincia de Huancavelica (IVP), como orga-nismo público descentralizado de la Municipalidad Provin- cial de Huancavelica y Municipalidades Distritales de San José de Acobambilla, Acoria, Ascensión, Conaica, Cuenca,Huachocolpa, Huando, Huayllahuara, Izcuchaca, Laria, Man-ta, Mariscal Cáceres, Moya, Nuevo Occoro, Palca, Pilchaca,Vilca y Yauli, constituyen una manifestación de la potestadde la que gozan las Municipalidades dirigida a viabilizar el desarrollo y mantenimiento de los caminos rurales en el ámbito de la jurisdicción de las Municipalidades Distritalesde la provincia de Huancavelica; Que, en la Asamblea de Alcaldes de las Municipalidades Distritales de la provincia de Huancavelica, presidida por el Al-calde Provincial, realizada el 1 de julio del año 2003 se presen- tó a los alcaldes el Proyecto del Estatuto del Instituto de Viali- dad Municipal de la provincia de Huancavelica para su revisión; De conformidad con lo establecido por el numeral 5 del Art. 20º y Art. 39º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 27972, se promulga la presente Ordenanza; ORDENANZA DE CREACIÓN DEL INSTITUTO DE VIALIDAD MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE HUANCAVELICA (IVP) Y APROBACIÓN DEL ESTATUTO DEL IVP Artículo Primero.- CREAR el Instituto de Vialidad Mu- nicipal de la provincia de Huancavelica (IVP), como Orga- nismo Descentralizado de derecho público interno, de laMunicipalidad Provincial de Huancavelica y MunicipalidadesDistritales de San José de Acobambilla, Acoria, Ascensión,Conaica, Cuenca, Huachocolpa, Huando, Huayllahuara, Iz-cuchaca, Laria, Manta, Mariscal Cáceres, Moya, Nuevo Occoro, Palca, Pilchaca, Vilca y Yauli, con personería jurídi- ca y con autonomía administrativa y económica. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Instituto de Viali- dad Municipal de la provincia de Huancavelica (IVP), lagestión vial de los caminos rurales de la provincia, enbase a un Plan Vial Provincial (PVP) desarrollado por las propias Municipalidades con apoyo y asesoría del PRO- VÍAS RURAL - Unidad Zonal - Huancavelica. Artículo Tercero.- APROBAR el Estatuto del Instituto de Vialidad Municipal de la provincia de Huancavelica, el mis-mo que consta de siete títulos, treinta artículos, una disposi-ción transitoria, tres disposiciones finales y como anexo, for- ma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- DERÓGASE todas las disposicio- nes de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, quese opongan en todo o en parte a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la pre- sente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Perua- no, en coordinación con PROVÍAS RURAL - Unidad Zo- nal - Huancavelica. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, a los ocho días del mes de julio del año dos mil tres. EDGAR MANUEL RUIZ QUISPE Alcalde 17268MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES Inician procedimiento disciplinario a ex alcalde y ex funcionarios de lamunicipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0816-2003-MPT-ALC Tumbes, 15 de setiembre de 2003 VISTO, el Informe Nº 001-2003/MPT-CEPAD-P de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios de la Municipalidad Provincial de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía económica y administrativa en sus asuntos de su competencia, facultades estable-cidas en el Art. 191º de la Constitución Política del Esta- do, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, se ha tomado en cuenta al momento de la eva- luación que, de acuerdo a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de Contraloría de la República Nº27785, Art. 15º Inc. "f", los informes que emitan los órga- nos del Sistema constituyen pruebas preconstituidas para el inicio de las acciones administrativas y/o legales quesean recomendadas en dichos informes; Que, asimismo, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provin-cial de Tumbes tiene la facultad de calificar las denuncias que le sean remitidas y de pronunciarse sobre la prece- dencia de abrir el proceso administrativo, según lo esta-blece el Art. 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, la Comisión analizó las observaciones y conclu- siones consignadas en el Informe en cuestión, sustento del mismo y luego de la revisión y evaluación de cadauna de ellas, concordaron con la Acción de Control Nº 001-2003-PROGRAMA VASO DE LECHE evacuado por la Oficina de Control Interno de esta Comuna, en quehabría suficientes elementos que acreditarían la presun- ción de responsabilidad administrativa del Ing. Franklin Sánchez Ortiz - ex Alcalde y ex presidente del Comité deAdministración del Programa del Vaso de Leche, CPC Jaime Mori Sandoval - ex Director de Administración, Carlos Masías Cornejo - ex Director de Servicios a laComunidad, señor Jaime Noriega Tiendo - ex Almacene- ro, CPC Nubya Torres Casariego - ex Tesorera, señor Ri- goberto Aguilar Ugaz - ex Jefe de Abastecimientos, se-ñor Nazario Zárate Pérez - ex Miembro del Comité de Adquisiciones, y CPC Milton Martínez Alvarado - ex Se- cretario del Comité de Administración del Programa delVaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Tum- bes; Que, si bien los funcionarios Ing. Franklin Sánchez Ortiz, CPC Jaime Mori Sandoval, CPC Nubya Torres Ca- sariego, CPC Milton Martínez Alvarado, señor Carlos Masías Cornejo y señor Jaime Noriega Tinedo, ya no seencuentran laborando en esta institución edilicia. Tam- bién es cierto que el Art. 175º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Ca-rrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que los funcionarios y servidores pú- blicos contratados que hayan concluido su vínculo labo-ral, podrán ser sometidos a proceso administrativo por las faltas de carácter disciplinario que hubieren sido co- metidas en el ejercicio de sus funciones; Que, conforme se detalla en las observaciones efec- tuadas por el Órgano de Auditoría Interna de esta Comu- na, los funcionarios mencionados habrían incumplido consus obligaciones y con salvaguardar los intereses del Estado, previsto en los incisos a) y b) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Público, por lo que la Comisión concluyó que las faltas imputadas implicarían tal gravedad que podrían ameritar la sanción