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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (20/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 76

PÆg. 251698 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de setiembre de 2003 Cabe señalar que lo expuesto también es consistente en el caso de las comunicaciones de larga distancia inter- nacional entrante, en las cuales, ni la empresa concesio- naria del servicio de larga distancia internacional ni la em-presa concesionaria del servicio final en cuya red termina la comunicación establecen una tarifa al usuario. En este contexto, por terminar comunicaciones en el país, la em-presa concesionaria del servicio de larga distancia inter- nacional acuerda con un operador internacional una tasa de liquidación que se convierte, para fines prácticos, en"la tarifa" que ofrece y negocia dicha empresa concesio- naria a su "usuario" (el operador internacional), conside- rando el (o los) cargo(s) de interconexión que deberá pa-gar a aquella(s) empresa(s) que intervenga(n) en la termi- nación de la comunicación. Como se mencionó anterior- mente, dichos cargos de interconexión no incluyen loscostos de los enlaces de interconexión entre la red de la empresa concesionaria del servicio de larga distancia in- ternacional y la red de la empresa en donde se termina lallamada. En ese sentido, corresponde a la empresa con- cesionaria del servicio de larga distancia internacional asumir los costos de enlaces de interconexión. Debe notarse, adicionalmente, que lo expuesto hasta el momento es independiente de la empresa encargada de cobrar al abonado. De esa línea, en algunos tipos decomunicación, en las cuales la empresa que establece la tarifa es distinta de aquella que cobra al abonado, la em- presa del servicio de telefonía encargada de cobrar a di-cho abonado, adicionalmente al cargo por originar la co- municación en su red, tendría derecho, de ser el caso, al cargo correspondiente por la facturación, recaudación ocobranza y a un descuento por morosidad. 3 Debe notar- se que, en este tipo de comunicaciones, los cargos co- brados (o retenidos) por la empresa del servicio de tele-fonía que cobra al abonado no incluyen los costos de los enlaces de interconexión, por lo que no corresponde a dicha empresa pagar por dichos enlaces. En ese sentido, si consideramos que en una relación de interconexión en el país, (i) una de las empresas esta- blece la tarifa final al usuario por un tipo de comunicación(o acuerda una tasa de liquidación por terminar tráfico en el país) y la otra empresa recibe los cargos de interco- nexión correspondientes por las prestaciones provistas(originación y/o terminación de llamada, acceso a teléfo- nos de uso público, transporte conmutado local, trans- porte conmutado de larga distancia nacional, etc.), (ii) ala empresa que establece la tarifa (o tasa de liquidación) le corresponde dicho ingreso menos los cargos pagados a la otra empresa, (iii) los cargos de interconexión no in-cluyen los costos de los elementos de red utilizados en servicios de interconexión sujetos a otros cargos 4; el cargo por los enlaces de interconexión debería ser asu-mido por la empresa que establece la tarifa o recibe in- gresos derivados de la aplicación de una tasa de liquida- ción por terminar tráfico en el país. 2.1.2 Mecanismos para el pago de los enlaces de interconexión Por otro lado, es importante analizar cuál es el meca- nismo utilizado para que la empresa pueda asumir el costode los enlaces de interconexión. En esa línea correspon- de analizar los posibles escenarios de contratación de enlaces de interconexión. En ese contexto, cuando dos empresas se encuen- tran negociando los términos y condiciones de su contra- to de interconexión, uno de los términos que negocianson las características del enlace de interconexión que une las respectivas centrales de ambas empresas. De este modo, desde el punto de vista de la direccionalidaddel tráfico cursado por dicho enlace, las empresas pue- den acordar que los enlaces de interconexión sean bidi- reccionales o unidireccionales. 2.1.2.1 Pago de enlaces de interconexión bidirec- cionales Mediante esta modalidad las empresas interconec- tadas comparten el cargo del enlace de interconexiónsobre la base de la fracción derivada del tráfico co- rrespondiente a las comunicaciones sobre las cuales han establecido las tarifas (o de las cuales recibentasas de liquidación), respecto del total del tráfico cursado entre ambas redes. En ese sentido, la fórmu- la a aplicar sería:Pago de la Empresa 2 por Enlace de Interconexión 2.1.2.2 Pago de enlaces de interconexión unidirec- cionales Dentro de este esquema, cada una de las empresas asume el costo total por los enlaces de interconexión hacía la red de la otra empresa, o desde la red de la otra empresa hacía ella, dependiendo quién establece la tarifa para lacomunicación a transportarse por dicho enlaces. En este escenario, ya no existe el problema potencial de asignación por (i) posibles excesos en la cantidad de enlacesnecesarios, o por (ii) desviaciones respecto del valor real en la "máxima cantidad de minutos transportados por E1". Asimismo, una ventaja adicional de este mecanismo es que la empresa 2 no tiene que compensar a la empre- sa 1 sobre la base de un tráfico que debe ser conciliado de acuerdo a los mecanismos establecidos y que podríadurar más o menos dependiendo de la coincidencia del tráfico entre ambas empresas. Sin embargo, cabe señalar que ante la presencia de una cantidad mínima de tráfico por cada tipo de comuni- cación cursado entre las redes de las empresas, la apli- cación de este mecanismo podría generar una capaci-dad instalada ociosa que podría derivar en que las em- presas asuman un costo mayor del que deberían asumir. En ese sentido las empresas deberían tener la opción depoder escoger enlaces bidireccionales para su interco- nexión, asumiendo con ello sus ventajas y desventajas. En consecuencia, considerando lo expuesto, la solu- ción en torno al problema de pago de los enlaces de in- terconexión deberá estar enmarcada: I. en primer lugar, en la instalación de enlaces de in- terconexión unidireccionales mediante la cual cada em- presa debe asumir el costo total de los enlaces de inter-conexión en los cuales se curse tráfico correspondiente a las comunicaciones para las cuales dicha empresa es- tablece la tarifa o recibe tasas de liquidación, y II. en segunda instancia, dependiendo si el tráfico a cur- sarse no amerita la instalación de enlaces unidireccionales, las empresas interconectadas pueden optar por la instala-ción de un enlace bidireccional por el cual una de las em- presas (empresa 1) solicitará y pagará el 100% del enlace de interconexión al proveedor de éste, y la otra (empresa 2)reembolsará a la empresa 1 una cantidad equivalente a: Pago de la Empresa 2 por enlace de Interconexión 3 Tal situación ocurre en algunos tipos de comunicación tales como (i) comunica- ciones locales originadas en la red del servicio de telefonía fija, en la modali-dad de abonados, y destinadas a la red del servicio de telefonía móvil, servicio troncalizado, servicio de comunicaciones personales, o servicio de telefonía móvil por satélite (en este último caso, también para las comunicaciones delarga distancia), (ii) comunicaciones de larga distancia nacional e internacional bajo el sistema de llamada por llamada cuando la empresa del servicio de tele- fonía fija brinda el servicio de facturación y recaudación, y (iii) comunicacioneslocales y de larga distancia nacional originadas en la red del servicio de telefo- nía fija, en la modalidad de abonados, ubicados en áreas urbanas, y destina- das a la red del servicio de telefonía fija, en la modalidad de teléfonos públicos,ubicados en áreas rurales. 4 Las empresas tienen el derecho de recibir una retribución por los elementos efectivamente utilizados, siendo dicha retribución el cargo de interconexión paradicha prestación, el cual según el marco legal debe incluir los costos de los elementos directamente involucrados, una contribución a los costos totales y un margen de utilidad razonable (artículo 13º del Texto Único Ordenado de lasNormas de Interconexión, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL). 17272        = empresaslasentre cursadostráfideSumatasarecibeotarifala estableceempresalaquelaenones comunicacilasdeTráfico empresaporpagadooC cos 2 * 1arg        = empresaslasentre cursadostráfideSumatasarecibeotarifala estableceempresalaquelaenones comunicacilasdeTráfico empresaporpagadooC cos 2 * 1argPROYECTO