Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2003 (23/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 23 de setiembre de 2003

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Declaran nulidad de adjudicacion de menor cuantia convocada para la adquisicion de fotocopiadoras
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 268-2003-REGION CALLAO-PR Callao, 22 de setiembre de 2003 VISTOS: El Informe Nº 002-2003-REGION CALLAO/GA-OLCEP de fecha 26 de agosto de 2003, emitido por los miembros del Comite Especial Permanente encargados de conducir los procesos de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia de Bienes y Servicios; el proveido de la Gerencia General Regional inserto en el documento MORDAZA mencionado; la Carta s/n de fecha 25 de agosto de 2003 emitido por el adquiriente de bases y representante legal de la empresa Comercial Denia S.A. - CODESA y el Informe Nº 101-2003-REGION CALLAO/GAJ-FAP de fecha 12 de setiembre de 2003 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Bases de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 686-2003-REGION CALLAO-GA-OL-UMC, aprobada por la Gerencia General Regional con fecha 22 de agosto de 2003 (facultades delegadas por Resolucion Nº 027-2003-REGION CALLAO-PR) se convoco la realizacion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de dos (2) fotocopiadoras; Que, de acuerdo al Calendario del MORDAZA de Seleccion, entre el 22 de agosto y 25 del mismo mes - 2003 se programo la entrega de bases; Que, mediante documento de Vistos, con fecha 25 de agosto de 2003, el representante legal de la Empresa Comercial Denia S.A. -CODESA, solicita la rectificacion de las Especificaciones Tecnicas en ambos items que sustentan las bases, de acuerdo al siguiente detalle: capacidad de fotocopiado "120,000 a mas" en lugar de (150,000 copias), zoom "25% a 400%" en lugar de (0,25% a 4,000%, incremento de 0.1%), tambor de alta duracion en lugar de (tambor OPC) y capacidad de fotocopiado "85,000 a mas" en lugar de (100,000 copias); Que, en atencion al contenido del documento mencionado en el considerando anterior, los Miembros del Comite Especial Permanente que se encargan de conducir los procesos de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, a traves del Informe Nº 002-2003-REGION CALLAO/GA-OL-CEP, se pronunciaron sobre la conveniencia de declarar la Nulidad del MORDAZA en comentario, retrotrayendolo a la etapa de reformulacion de las especificaciones tecnicas, en razon de que se ha verificado que dichas especificaciones tecnicas estarian orientadas a determinada MORDAZA, situacion que no se ajustaria a lo preceptuado por el articulo 41º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, sobre el particular el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece: "El Titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad... podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57 de la Ley..."; Que, la presente Resolucion cuenta con la conformidad de la Gerencia General Regional y visaciones de la Gerencia de Administracion, Oficina de Logistica y de la Gerencia de Asesoria Juridica; y,

De conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y Articulo 18º, numeral 4 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2003-CR/RC, publicado el 23 de enero de 2003 en el Diario Oficial El Peruano; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Por los fundamentos expuestos en la parte Considerativa, se Declara de Oficio la Nulidad de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 686-2003-REGION CALLAO-GA-OL-UMC, para la adquisicion de dos (02) fotocopiadoras, retrotrayendolo a la etapa de reformulacion de las especificaciones tecnicas. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (05) dias siguientes a su expedicion, con conocimiento del Comite Especial Permanente y demas organos de la Entidad que corresponda, para las acciones pertinentes. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente 17531

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia el Proyecto de Construccion de la Carretera Iquitos - Nauta
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 257-2003-GRL-P Iquitos, 20 de marzo del 2003 Visto, el Acuerdo de Consejo Regional Nº 029-2003SO-GRL, de fecha 19 de marzo del 2003, mediante el cual se aprueba la declaracion en Situacion de Urgencia del Proyecto de Construccion de la Carretera Iquitos Nauta; y, CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 35º establece las competencias de los Gobiernos Regionales; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 001-2003-GRL/ PEIN, de fecha 12 de febrero del 2003, emitido por la Oficina Tecnica del Proyecto Especial Carretera Iquitos - Nauta, en donde se establece que se ha constatado el deterioro que viene sufriendo la plataforma construida a nivel de base granular, a causa de las inclemencias climatologicas propias de la MORDAZA, por lo que urge tomar medidas inmediatas para preservar la inversion realizada, por lo que se requiere alquilar maquinaria pesada y equipos menores, a efecto de realizarse los trabajos de rehabilitacion y mantenimiento permanente hasta que se reanuden los trabajos definitivos; Que, mediante Informe Legal Nº 007-2003-GRL-PEINAAC, de fecha 12 de febrero del 2003, se establece que para vializar los trabajos inmediatos requeridos dentro del MORDAZA legal, debe de realizarse de conformidad al articulo 21º del TUO de la Ley Nº 26850, concordante con el articulo 108º de su Reglamento, por lo que por esta unica vez por Acuerdo de Consejo Regional se declare la Situacion de Urgencia a efecto de que se posibilite la disponibilidad inmediata de los equipos y maquinarias necesarios por un tiempo determinado que permita paliar la situacion presentada; Que, el articulo 21º de la acotada Ley textualmente dice: se considera situacion de urgencia, cuando la au-

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