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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (23/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 251787 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1161- 2001-CTAR Ucayali-P, de fecha 16 de diciembre del 2002se instauró Proceso Administrativo Disciplinario contra losFuncionarios comprendidos en el Informe Nº 007-2001- 02-4721-CTAR Ucayali-CEPAD. Sobre: Utilización de Re- cursos en la Ejecución de Proyectos y Convenios - Geren-cia General de Promoción de Inversiones, Dirección Re-gional Sectorial de Agricultura de Ucayali y Hospital Re-gional de Pucallpa. Período 2.ENE.99 al 31.DIC.2000; Que, la Ing. Olga Zarela Ríos de Águila, ex Directora Regional Sectorial de Agricultura, Nivel F-5, se encuen- tra involucrada en Irregularidades en el Otorgamiento deCréditos de Ganados Vacunos, con la cual ha incurridoen responsabilidad administrativa, por haber transgredi-do el Decreto Legislativo Nº 276 Art. 28º Incs. a) y d), Leyde Bases de la Carrera Administrativa y Remuneracio- nes del Sector Público. Contraviniendo normas esencia- les de la Administración Pública en perjuicio del Estado,habiendo omitido por ende sus deberes funcionales. Car-gos que no han sido desvirtuados durante el ProcesoAdministrativo Disciplinario; Que, la Ing. Guiomar Seijas Dávila, ex Directora Re- gional Sectorial de Agricultura, Nivel F-5, se encuentra in- volucrada en el Incumplimiento de Metas del Proyecto deInstalación de Plantas Medicinales, Irregularidades en laEjecución de ampliación de cultivo de Palma Aceitera, Irre-gularidades en el Proyecto de Instalación del cultivo delCamu Camu, Incumplimiento en el Contrato suscrito con la Empresa Proyectista & Ejecutores EIRL, Fondos Trans- feridos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, Irre-gularidades en la Contratación de servicios de camiones,Suplantación de firmas en Actas de Defunción de ganadovacuno, Otorgación de Anticipos en calidad de Encargospara la Ejecución de Proyectos, Aprobación de Expedien- tes de Proyectos de inversión que carecen de Razonabili- dad; durante la acción de control se ha determinado laexistencia de deficiencias e irregularidades Administrati-va, por haber transgredido el Decreto legislativo Nº 276Art. 21º Inc. a); Art. 28º incisos a) y d), Ley de Bases de laCarrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Pú- blico. Quedando demostrado el incumplimiento y negligen- cia en su función, Cargos que no han sido desvirtuadosdurante el Proceso Administrativo Disciplinario; Que el Ing. Alejandro Manuel Llaque Sakuma, ex Di- rector Regional Sectorial de Agricultura, Nivel F-5, y exCoordinador Proyecto Crédito Rotatorio de Animales y PIA, Nivel F-4, se encuentra involucrado en Fondos Transferi- dos para la Ejecución de Proyectos de Inversión; durantela acción de control se ha determinado irregularidades ydeficiencias en la utilización de recursos del Estado. Tra-tándose de un funcionario de alto nivel no ha desvirtuadolos cargos formulados en su contra por lo que ha quedado acreditado su responsabilidad administrativa, por haber transgredido el Decreto Legislativo Nº 276 Art. 21º Inc. a);Art. 28º incisos a) y d). Ley de Bases de la Carrera Admi-nistrativa y Remuneraciones del Sector Público; Que, el Ing. Isaac Huamán Pérez, ex Director Regio- nal Sectorial de Agricultura, Nivel F-5, encontrándose in- volucrado en el Incumplimiento de Metas el Proyecto de instalación de Plantas Medicinales, Irregularidades en laEjecución de Ampliación del cultivo de Palma Aceitera,Irregularidades en el Proyecto instalación del cultivo delCamu Camu, Incumplimiento en el contrato suscrito conla Empresa Proyectista & Ejecutores EIRL, Fondos Trans- feridos para la Ejecución de Proyectos de Inversiones, Irregularidades en la Contratación de servicios de camio-nes, Irregularidades del Manejo de Fondos en la modali-dad de Anticipos, Suplantación de firmas en Actas deDefunción de ganado vacuno, Otorgación de Anticiposen calidad de Encargos para Ejecución de Proyectos, por lo que ha incurrido en responsabilidad administrativa, por haber transgredido el Art. 21º Incs. a) y b); Art. 28º Incs.a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de laCarrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Pú-blico. Quedando demostrado el incumplimiento y negli-gencia en su función, Cargos que no han sido desvirtua- dos durante el Proceso Administrativo Disciplinario que se le sigue;Que, el Ing. Mario Augusto Quevedo Neyra, ex Director Regional Sectorial de Agricultura, Nivel F-5, está involu-crado en: Incumplimiento en el contrato suscrito con laEmpresa Proyectista & Ejecutores EIRL, Adquisición deuna camioneta con Presupuesto destinado para Adquisi-ción de Sistemas de Riego para el Vivero de Shambo-Agua- ytia, quien ha incurrido en responsabilidad administrativa, por haber transgredido el Decreto Legislativo Nº 276 Art.21º Incs. a) y b); Art. 28º incisos a) y d), Ley de Bases dela Carrera Administrativa y Remuneraciones del SectorPúblico. Por la negligencia en el desempeño de sus fun-ciones, Cargos que no han sido desvirtuados durante el Proceso Administrativo Disciplinario; Que, el Dr. Willy Lora Zevallos , ex Director Regional Sectorial de Salud, Nivel F-5, involucrado en: Deficien-cias Administrativas en el Convenio y en la Ejecución delProyecto Atención Integral del adolescente, por lo que haincurrido en responsabilidad administrativa, por haber transgredido el Decreto Legislativo Nº 276 Art. 21º Inc. a). Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remune-raciones del Sector Público. Por la negligencia en el des-empeño de sus funciones, Cargos que no han sido des-virtuados durante el Proceso Administrativo Disciplina-rio por lo que ha quedado demostrado su responsabili- dad administrativa ; Que, el Dr. Luis Manuel Salazar Tenorio , ex Director Ejecutivo Hospital Regional Nivel F-5, está involucrado enDeficiencias Administrativas en el Convenio y Ejecucióndel Proyecto Atención Integral del Adolescente; por lo queha incurrido en responsabilidad administrativa, por haber transgredido el Decreto Legislativo Nº 276 Art. 21º Inc. a). Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Renumera-ciones del Sector Público. Por la negligencia en el desem-peño de sus funciones, Cargos que no han sido desvirtua-dos durante el Proceso Administrativo Disciplinario, que-dando acreditado responsabilidad administrativa; Que, la CPC Carmen Rosario Rojas García, ex Ge- rente Regional de Administración, Nivel F-5, está involu-crada en la Otorgación de Anticipos en calidad de Encar-gos para Ejecución de Proyectos, Aprobación de Expe-dientes de Proyectos de Inversión que carecen de Razo-nabilidad, Deficiencias Administrativas en el Convenio y Ejecución del Proyecto Atención Integral del Adolescen- te, Documentación sustentatoria que no cumple con losrequisitos de Ley; por lo que ha incurrido en responsabi-lidad administrativa, por haber transgredido el DecretoLegislativo Nº 276 Art. 21º Inc. a) de la Ley de Bases dela Carrera Administrativa y Renumeraciones del Sector Público. Por la negligencia en el desempeño de sus fun- ciones, Cargos que no han sido desvirtuados durante elProceso Administrativo Disciplinario. Que, la Dra. Lourdes Castillo Paredes, ex Gerente Regional de Asesoría Jurídica, Nivel F-5, está involucra-da en la Aprobación de Expedientes de Proyectos de in- versión que carecen de razonabilidad, por lo que se ha involucrado en responsabilidad administrativa, por habertransgredido el Decreto Legislativo Nº 276 Art. 21º Inc. a)- Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Renumera-ciones del Sector Público; Que, el Sr. Allan Rainero Ruiz Vega, ex Gerente Ge- neral de Planificación, Nivel F-5, está involucrado en la Aprobación de Expedientes de proyectos de inversión quecarecen de razonabilidad, por lo que ha incurrido en res-ponsabilidad administrativa, por haber transgredido elDecreto Legislativo Nº 276 Art. 21º Inc. a) de la Ley deBases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público; Que, el Sr. Lutgardo Gutiérrez Velarde, ex Gerente Regional de Inversiones, Nivel F-5, se encuentra involu-crado en Irregularidades en el otorgamiento de créditode ganado vacuno, por lo que ha incurrido en responsa-bilidad administrativa, por haber transgredido el Decreto Legislativo Nº 276 Art. 21º incisos a) y b). Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sec-tor Público. Por la negligencia en el desempeño de susfunciones, Cargos que no han sido desvirtuados duranteel Proceso Administrativo Disciplinario; En uso de la facultad conferida por la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Resolución Eje- cutiva Regional Nº 0633-2003-GRU-P; Ley Nº 27444 -