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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G39/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de abril de 2004 la presencia de profesionales de áreas sociales con pro- yección a la comunidad. - Otras acciones sociales que se definan de común acuerdo. CLÁUSULA CUARTA: ALCANCES DEL CONVENIO LAS PARTES, convienen en suscribir los acuerdos es- pecíficos que resulten necesarios para la realización de actividades a ejecutar. CLÁUSULA QUINTA: ÓRGANOS DE COORDINA- CIÓN LAS PARTES, designarán a un representante de cada institución, quienes se encargarán, entre otras funcionesde las siguientes: - Establecer las áreas sociales prioritarias para el de- sarrollo de proyectos y actividades específicas. - Informar y evaluar sobre los avances de los proyectos y de las actividades en ejecución. Los representantes designados por cada institución son los siguientes: Por LA MUNICIPALIDAD, el Sr. Alcalde Dr. VALENTÍN ROLANDO FERNÁNDEZ BAZÁN y por LA UNIÓN PastorROBERT BARRIGER. CLÁUSULA SEXTA: DURACIÓNEl Presente Convenio, entrará en vigencia a la firma del mismo, y tendrá una duración de un año, pudiendo ser re-novado si LAS PARTES lo convienen expresamente. Sin prejuicio de lo anterior, el Presente Convenio podrá ser resuelto por cualquiera de las partes, siendo suficientepara tal efecto una comunicación notarial dirigida al domi-cilio indicado en la introducción, con una anticipación de treinta (30) días calendario. LA Resolución de este Convenio no afectará las accio- nes pendientes de proyectos y actividades que fueron apro-badas por LAS PARTES. CLÁUSULA SÉTIMA: DOMICILIOLAS PARTES señalan como sus domicilios correspon- dientes los que figuran en la introducción del presente do-cumento, donde se entregarán las comunicaciones a que hubiera lugar. En caso de variación LAS PARTES se obli- gan a informar por escrito de su nuevo domicilio. CLÁUSULA OCTAVA: IGUALDAD DE CULTO EN LA COMUNIDAD La Municipalidad por la presente promoverá, la igual- dad de culto en la Comunidad, y propondrá la igualdad enla exoneración de tributos del Gobierno Local para el desa- rrollo de las Iglesias Cristianas Evangélicas. DISPOSICIONES FINALES LAS PARTES, podrán ampliar, modificar y/o inter- pretar los alcances del Convenio mediante cláusulas adicionales, las que debidamente suscritas por sus re- presentantes, formarán parte íntegramente del presen-te documento. En señal de conformidad, LAS PARTES suscriben el presente documento en dos (2) ejemplares originales. En la ciudad de Chimbote, distrito de Nuevo Chimbote, a los trece días del mes de febrero del año dos mil cuatro. VALENTÍN FERNÁNDEZ BAZÁN Alcalde 06435 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU