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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (01/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 60

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G38/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de abril de 2004 sobre la posesión que ONPE mantiene en el inmueble an- tes indicado; Estando a lo Informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica en el Informe Nº 310-2004-GAJ7MDSMP, deconformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Cons- titución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537, y con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó con el voto unánime del señor Alcalde Lucio Jorge Campos Huayta y de los señores Regidores Jesús Alvaro Veliz Duarte, LuisCaballero Sabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra, Jo- hnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger Hernán Paz Pue-lles, Carlos Alcedo de la Cruz Martínez, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vidalón, Car- los Enrique Calderón Carvajal, Roberto Asunción CastilloPaulino y con dispensa de lectura y aprobación del Acta el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público Municipal, apersonarse a la Investigación preliminar Fiscal y Policial que se deriven de la denuncia penal interpuesta por la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE -ante la Trigésima Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima por el Delito contra el Patrimonio bajo la modalidad de Es- tafa contra la Empresa Mercados del Pueblo S.A. en Liqui-dación, así como apersonarse al Proceso Arbitral ante la Gerencia de Conciliación y Arbitraje del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSU-CODE- iniciado por la empresa Mercados del Pueblo S.A. en Liquidación contra la Oficina Nacional de Procesos Elec- torales - ONPE- sobre la posesión que ONPE mantiene enel inmueble ubicado en la Av. Tomas Valle Lote 15 de la Manzana J de la Urbanización Antares del distrito de San Martín de Porres, el cual es patrimonio de la Municipalidadde San Martín de Porres; Artículo Segundo.- Encargar a la Procuraduría Muni- cipal, informar respecto a las acciones que se han de imple-mentar, así como el estado de los mismos. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 06501 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G64/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C /G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G2D/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2004 San Martín de Porres, 19 de marzo de 2004 Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 13-2004-PPM/MDSMP y Nº 170-2004-PPM/ MDSMP, del Procurador Público Municipal, quien solicitase expida el Acuerdo de Concejo de Autorización en vía de ratificación y convalidación de la denuncia de fecha 24 de febrero de 2004 interpuesta por la Procuraduría que él diri-ge en contra de Ricardo Burga Álvarez, Agustina Carmen Alvarado y otros por Delito de Usurpación de Funciones y Peculado en agravio de la Municipalidad Distrital de SanMartín de Porres en base a la Hoja Informativa Nº 001- 2003-OAI/MDSMP, actuando de conformidad con lo pre- visto en el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 17537, concor-dante con los Artículos 2º y 407º del Código Penal vigente y el Artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 052; CONSIDERANDO: Que, el artículo 29º de la Ley Nº 27972 dispone que la representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del ór-gano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a car- go de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera;Que, el artículo 9º inciso 23) de la acotada Ley Orgáni- ca de Municipalidades dispone que son atribuciones del Concejo Municipal, Autorizar al procurador público munici- pal, para que, en defensa de los intereses y derechos de lamunicipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulsen pro- cesos judiciales contra los funcionarios, servidores o ter- ceros respecto de los cuales el órgano de control internohaya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes; Que, si bien las normas antes glosadas establecen la autorización que debe dar el Concejo Municipal al Procurador Municipal previa al inicio o impulso de losprocesos judiciales contra quienes se haya encontrado responsabilidad por parte del órgano de control, es cier- to también que el Procurador es el encargado de ladefensa de los intereses de la Municipalidad y, como tal, le corresponde ejercer las acciones legales que sean pertinentes para cautelar estos intereses de unamanera oportuna y eficaz, atendiendo a que los delitos que pudieran determinarse sobre la base del informe del Órgano de Control están sujetos a plazos de pres-cripción si la denuncia no es interpuesta dentro del tiem- po oportuno; Que, la Procuraduría Pública Municipal, teniendo la “Hoja Informativa Nº 001-2003-OAI/MDSMP" del Órga- no de Control Interno, que constituye prueba precons- tituida según el literal f) del Artículo 15º de la Ley Nº27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, donde se establecen con meridiana claridad las respon-sabilidades de índole penal de los ex funcionarios im- plicados en la acción de control y, que el comporta- miento de estas personas configura supuestos de ilíci-to penal que debían ser denunciados, con miras a la implementación de la manera más expeditiva las reco- mendaciones del Órgano de Control y que no quedaranen la impunidad; Que, el Procurador Público Municipal actuó en el ejercicio independiente de su función, con su propiocriterio y en la forma que estimó más arreglada a ley, con miras a que no se vieran perjudicados los intere- ses de la municipalidad, conforme se establece en elArtículo 4º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Repre- sentación y Defensa del Estado en Juicio, que a la letra dice lo siguiente: "Los Procuradores Públicos sonindependientes en el ejercicio de sus funciones, las que desempeñarán según su propio criterio y en la forma que estiman más arreglada a ley", y en concordanciacon el Artículo 13º del acotado Decreto Ley, que prevé que el Procurador Público, sin necesidad de resolución autoritativa pero, con cargo de dar cuenta para los efec-tos de la expedición de la Resolución pertinente, pue- da accionar en determinadas circunstancias para de- fender o promover los derechos del Estado, motivo porel cual resulta necesario autorizar en vía de regulari- zación al Procurador Público Municipal, para que im- pulse las acciones judiciales que correspondan; Estando a lo Informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica que con Informe Nº 313-2004-GAJ/MDSMP en el cual se ratifica en todos los extremos de su Informe Nº271-2004-GAJ/MDSMP, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537, y con las facultades conferidas porla Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por mayoría con 13 votos a favor efectua- dos por el señor Alcalde Lucio Jorge Campos Huayta, y delos señores Regidores Jesús Alvaro Veliz Duarte, Luis Caballero Sabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra, Hil- da Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Cas-tañeda, Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Guadalupe García Barrionuevo, Car- los Alberto Castillo Vidalón, Carlos Enrique Calderón Car-vajal, Roberto Asunción Castillo Paulino y Gloria Luz San- tillan Ríos y con una abstención del señor Regidor Johnny Alberto Ruiz Ruiz y con dispensa de lectura y Aprobacióndel Acta el siguiente; ACUERDO:Artículo Primero.- Autorizar en vía de regularización la denuncia realizada con fecha 24.2.04 ante el MinisterioPúblico por parte del Procurador Público Municipal realiza- da por los delitos de Usurpación de Funciones y Peculado, respectivamente, en agravio de la Municipalidad Distrital