Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2004 (06/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 6 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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ritimo de mercancias peligrosas, debe estar marcado con una clave de aprobacion y contar con un certificado que indique el modelo del bulto y el MORDAZA de producto autorizado a transportar; Que, para el caso de mercancias peligrosas que deben ser transportadas en bultos o en Recipientes Intermedios para Graneles (RIG), las caracteristicas de construccion de ellos deben estar acordes a las prescripciones del Codigo IMDG, el cual debe ser aprobado por la Autoridad Maritima; De conformidad con lo propuesto por el Jefe del Departamento de Mercancias y Sustancias Peligrosas y a lo recomendando por el Director del Medio Ambiente; SE RESUELVE: 1.- Establecer las normas para obtener la aprobacion y certificacion de prototipos o modelos de embalajes/envases y Recipientes Intermedios para Graneles (RIG), que se utilicen para el transporte de mercancias peligrosas, las cuales se detallan a continuacion: a) Los tramites de aprobacion se efectuaran directamente ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, adjuntando entre otros la informacion que se detalla por anexo "A". b) La Direccion General podra requerir cualquier otra informacion adicional o complementaria relativa a los detalles tecnicos, de construccion y utilizacion del prototipo o modelo del embalaje/envase o RIG que se presenta para aprobacion y certificacion. c) Evaluada la informacion presentada, la Direccion General comunicara al interesado acorde con lo prescrito en el Codigo IMDG, las pruebas a que sera sometido el prototipo o modelo. d) Si el resultado de las pruebas fuera satisfactorio, se concedera la aprobacion al prototipo o modelo con indicacion de las MORDAZA de aprobacion e identificacion que correspondan, extendiendose el "Certificado internacional de aprobacion de los embalajes/envases para el transporte maritimo de mercancias peligrosas". e) El Certificado de aprobacion caducara en forma automatica: - Al termino de su fecha de validez del certificado. - Cuando se detecte que no se cumplen con las prescripciones de construccion y material. - Cuando no se efectuen al prototipo o modelo las pruebas iniciales o periodicas y las inspecciones que prescribe el Codigo IMDG o las establecidas por la Autoridad Maritima. - Cuando el prototipo o modelo MORDAZA sufrido modificaciones que alteren el proyecto, el material o las caracteristicas de la fabricacion y/o ensamblado del mismo. f) El certificado de aprobacion del prototipo, tendra una validez MORDAZA de CINCO (5) anos, contados a partir de la fecha de expedicion del certificado. La renovacion y/o refrenda anual del certificado de aprobacion del prototipo debera solicitarse con una antelacion de SESENTA (60) dias a la fecha del respectivo vencimiento. La Autoridad Maritima dispondra de las verificaciones necesarias para otorgar la renovacion correspondiente. g) La Autoridad Maritima si lo considera necesario, cancelara el certificado de aprobacion del embalaje/envase y/ o Recipiente Intermedio para Graneles (RIG), cuando se tenga conocimiento en forma fehaciente, que en su jurisdiccion o fuera de MORDAZA ha ocurrido algun siniestro cuya causa sea atribuible a una MORDAZA del embalaje/envase, la cancelacion sera preventiva, hasta cuando se determinen las causales que motivaron las fallas, y podra ser definitiva si se comprueba que las mismas se atribuyeron al responsable titular del certificado. En este caso el interesado podra requerir nuevamente la aprobacion del prototipo de acuerdo a lo establecido en la presente disposicion, adjuntando todas las modificaciones que MORDAZA realizado para evitar que se repitan situaciones similares. h) Los embalajes/envases y los Recipientes Intermedios para Graneles (RIG), podran ser reutilizados si conservan las condiciones originales. La Autoridad Maritima verificara durante sus visitas de control, el estado de los embalajes/envases y Recipientes Intermedios para Graneles (RIG) pudiendo rechazar su empleo en caso se determine que se encuentran en mal estado de conservacion o que pueda ofrecer un riesgo su empleo. Los bidones y jerrica-

nes de plastico, podran ser reutilizados por un plazo MORDAZA de CINCO (5) anos despues de su fabricacion. Registrese y comuniquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.). MORDAZA DANCOURT MORDAZA Director General de Capitanias y Guardacostas ANEXO "A" CARACTERISTICAS DEL MORDAZA DE EMBALAJE/ENVASE Y RECIPIENTES INTERMEDIOS PARA GRANELES (RIG) Las caracteristicas del MORDAZA de embalaje/envase y Recipientes Intermedios para Graneles (RIG), deberan contener la siguiente informacion: a. Nombre de la mercancia peligrosa y el MORDAZA de embalaje/envase y su clave de acuerdo a su nomenclatura, o si se trata de un Recipiente Intermedio para Graneles (RIG), la identificacion de su MORDAZA y su clave, de acuerdo a la nomenclatura que para cada uno especifica el Codigo IMDG. b. Las MORDAZA indicaran: - La senal convencional de las Naciones Unidas - La clave que designa el MORDAZA de embalaje/envase o RIG - Una clave dividida en dos partes, una letra que indica el grupo de embalaje: - X Para los Grupos de embalaje/envase: I, II y III - Y Para los Grupos de embalaje/envase: II y III - Z Para los Grupos de embalaje/envase: III solamente - En el caso de los embalajes/envases destinados a contener liquidos, la densidad relativa redondeada a la cifra del primer decimal, respecto de la cual el modelo ha sido sometido a prueba; esta anotacion puede ser omitida si la densidad relativa no es superior a 1.2; para el caso de los embalajes destinados a contener solidos la masa bruta expresada en kilogramos. - La letra "S" para indicar que el embalaje/envase esta destinado al transporte de sustancias solidas; para los que contienen liquidos la presion de prueba hidraulica expresada en kpa. Redondeada la cifra a la decena. - Las dos ultimas cifras del ano de fabricacion - El estado que autoriza la colocacion de las MORDAZA - El nombre del fabricante especificada por la Autoridad competente c. Descripcion de las caracteristicas tecnicas y de construccion del prototipo del embalaje/envase o Recipiente Intermedio para Graneles (RIG), con indicacion de: - Material o materiales que se utilizaran en su construccion; - Capacidad MORDAZA en litros o masa MORDAZA MORDAZA en kilogramos; - MORDAZA de revestimiento interior con la descripcion de sus componentes; - Temperatura de trabajo y temperaturas maximas y minimas a las que se puede utilizar en forma continua o discontinua; - Tipos de cierre y sus caracteristicas. - Si es desechable o reutilizable; - Metodo de impresion de la identificacion, marcado y etiquetado; - En los casos de embalajes/envases combinados o compuestos que lleven materiales amortiguadores internos, se debe indicar el material de construccion, forma y disposicion de estos y su compatibilidad con el producto a transportar. Asimismo, se deben senalar los distintos tipos de embalajes/envases o Recipiente Intermedio para Graneles (RIG), que comprenden los mismos, ya sea en su forma combinada o compuesta. d. Descripcion de la(s) mercancia(s) peligrosa(s) para la que se destinara el embalaje/envase o Recipiente Intermedio para Graneles (RIG), del que se pide aprobacion y certificacion, con la siguiente informacion minima: - Nombre tecnico correcto (con el que figura en el Codigo IMDG).

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