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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G31/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 6 de abril de 2004 Nº CARGOS CLASIFICADOS Total SITUACIÓN DEL CARGO Ord.NomenclaturaNeces.P S/PObservaciones QUINTA SUBDIR. DE INSPECCIÓN Total 30 097 - 100 SUPERVISOR DE INSPECCIÓN 4 4 101 - 126 INSPECTOR DE TRABAJO 26 26 B) SUBDIRECCIÓN DE DEFENSA LEGAL GRATUITA Y ASESORÍA AL TRABAJADOR 27 27 Área de Asesoría Legal y Patrocinio Juridico Total 20 127 -136 DEFENSOR LABORAL DE OFICIO 10 10 137 - 146 CONSULTOR 10 10 Área de Liquidaciones de Beneficios Laborales Total 3 147 - 149 LIQ UIDADOR 3 3 SUBDIRECCIÓN DE CONCILIACIÓN ADMINISTRATIVA LABORAL Área de Conciliacion Total 4 150 - 153 CONCILIADOR 4 4 C) DIREC. DE PROTECC. DEL MENOR Y DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 39 39 SUBDIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Total 30 154 - 156 SUPERVISOR DE INSPECCIÓN 3 3 157 - 183 INSPECTOR DE TRABAJO 27 27 Subdirección de Protección del Menor en el Trabajo. Total 9 184 SUPERVISOR DE INSPECCIÓN 1 1 185 - 192 INSPECTOR DE TRABAJO 8 8 TOTAL D. LEG. 910 192 192 0 Total 192 06362 Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra Arturo Albornoz Mass, por los hechos expuestos en la parte con-siderativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionadaProcuradora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO SIVINA HURTADO Presidente 06798 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G2D /G64/G61/G20/G53/G61/G6C/G61/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 048-2004-P-CSJCL/PJ Callao, 31 de marzo de 2004 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de fecha 22 de marzo del presente año el señor Presidente de la Corte Supremade Justicia de la República, resolvió prorrogar la designa- ción de la Magistrada doctora Evangelina Huamani Lla- mas, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia delCallao, en la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República hasta el treintiuno de marzo del año en curso;/G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G61/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G2D/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G61/G6C/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G4A/G75/G2D/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G74/G65/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 051-2004-P-PJ Lima, 31 de marzo del 2004 VISTO: El Memorándum Nº 140-2004-RNC-GSJR-GG/PJ, del Jefe del Registro Nacional de Condenas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Carta s/n de fecha 8 de marzo del 2004, la Directora de Incorporaciones y Práctica Forense delColegio de Abogados de Lima, solicita al Jefe del Registro Nacional de Condenas, que se informe si el Certificado Judicial de Antecedentes Penales correspondiente a Artu-ro Albornoz Mass ha sido emitido por dicha entidad; Que, a través del Memorándum Nº 140-2004-RNC- GSJR-GG/PJ, el Jefe del Registro Nacional de Condenascomunica que el mencionado certificado de antecedentes penales es falso; Que, los hechos antes expuestos constituyen presun- tos ilícitos penales los cuales deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes a fin de determinar las responsabilidades del caso, en consecuen-cia resulta necesario autorizar a la Procuradora Pública del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial - D.S. Nº 017-93-JUS; y Artículo 12º del Decreto Ley