Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2004 (06/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 6 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que el Instituto MORDAZA del Peru -IMARPE, a traves del Oficio Nº PCD-100-161-2004-PRODUCE/IMP del 5 de MORDAZA del 2004, alcanzo el "Informe sobre Reporte de la Pesqueria de Anchoveta en el Litoral Peruano (2 al 3 de MORDAZA del 2004)", donde informa que la estructura de tallas de anchoveta observada en los primeros dias de la pesca exploratoria, confirma la alta incidencia de juveniles encontrada durante el reciente crucero de investigacion de recursos pelagicos, con incidencias de juveniles variables, dependientes de las zonas de pesca. En la region norte-centro, las tallas fluctuan entre 7.0 y 17.5 cm., destacando modas entre 11.5 - 12.5 cm., recomendando suspender las actividades de extraccion de anchoveta en dicha region a partir del 7 de MORDAZA hasta el 11 de MORDAZA del 2004; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PE; la Resolucion Ministerial Nº 135-2004-PRODUCE; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender las actividades extractivas de los recursos anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), a partir de las 00:00 horas del dia 7 de MORDAZA hasta las 24:00 horas del dia 11 de MORDAZA del 2004, en el area comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16°00 S. Los establecimientos industriales pesqueros ubicados dentro del area que comprende la presente suspension, podran procesar el recurso anchoveta hasta las 24:00 horas del dia 7 de MORDAZA del 2004. Articulo 2º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, en el ambito del area a que se refiere el articulo 1º, solo otorgara autorizacion de zarpe para realizar actividades extractivas hasta las 12:00 horas del dia 6 de MORDAZA del 2004. Articulo 3º.- Los armadores y titulares de establecimientos industriales que incumplan las normas contenidas en la presente Resolucion, seran sancionados de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca, su Reglamento y el Reglamento de Inspeccion y del Procedimiento Sancionador de las Actividades Pesqueras y Acuicola, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE y sus normas ampliatorias y modificatorias, asi como demas normas asociadas. Articulo 4º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y las Direcciones Regionales con competencia pesquera, velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 06793

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 06767

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal del ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 009-2004-TR MORDAZA, 29 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27711, se promulga la Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, determinandose su ambito, estructura organica, competencia y funciones, facultandolo entre otros, a realizar las acciones normativas, que conlleven a una reorganizacion organica y funcional acorde con las competencias atribuidas en la mencionada Ley; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR, modificada por Resolucion Ministerial Nº 341-2002-TR y el Decreto Supremo Nº 017-2003-TR, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, encargando a la Oficina de Planificacion y Presupuesto, a traves de la Oficina de Racionalizacion, la elaboracion de los Documentos de Gestion, como el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP; Que, el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, constituye un instrumento a ser utilizado como documento de prevision racional de las necesidades de cargos de la planta organica de las entidades, para un periodo definido, y un mecanismo de regulacion para la prevision de plazas contenidas en el Presupuesto Analitico de Personal - PAP; Que, el articulo 16º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone que los MORDAZA para Asignacion de Personal - CAP, se aprueban mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca el Pliego, previo informe favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Informes Nºs. 446-2003-PCM/SGP y 4982003-PCM/SGP, MORDAZA por el Informe Nº 015-2004-PCM/ SGP, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, ha dado la conformidad del caso, para la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, en atencion a los considerandos precedentes, es necesario establecer los cargos correspondientes para el normal funcionamiento del Sector, sobre la base de su estructura organica vigente; Con las visaciones de los Directores Generales de Planificacion y Presupuesto, Asesoria Juridica y los Directores de Linea de las Oficinas de Personal y de Racionalizacion; y, De conformidad a lo senalado en el Numeral 3 y Anexo 2 de la Directiva Nº 002-95-INAP/DNR, "Lineamientos Tecnicos para Formular los Documentos de Gestion en un MORDAZA de Modernizacion Administrativa", aprobada por Resolucion Jefatural Nº 109-95-INAP/DNR; y el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejase sin efecto la Resolucion Suprema Nº 018-2002-TR y las demas disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA NEVES MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

RELACIONES EXTERIORES
Oficializan el "Simposio Internacional de Seguridad y Educacion Vial", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0239-2004-RE MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2004 Visto el Oficio Nº 393-2004-MTC/02, del Viceministro de Transportes, de 17 de marzo de 2004, mediante el cual solicita la oficializacion del "Simposio Internacional de Seguridad y Educacion Vial", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, el 14 y 15 de MORDAZA de 2004; Teniendo en consideracion que dicho evento cuenta con la opinion favorable del Sector Transportes y Comunicaciones; De conformidad con los articulos 1º y 3º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001; y el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar el "Simposio Internacional de Seguridad y Educacion Vial", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, el 14 y 15 de MORDAZA de 2004. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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