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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G31/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 6 de abril de 2004 Que el Instituto del Mar del Perú -IMARPE, a través del Ofi- cio Nº PCD-100-161-2004-PRODUCE/IMP del 5 de abril del 2004, alcanzó el “Informe sobre Reporte de la Pesquería de Anchoveta en el Litoral Peruano (2 al 3 de abril del 2004)”, don-de informa que la estructura de tallas de anchoveta observada en los primeros días de la pesca exploratoria, confirma la alta incidencia de juveniles encontrada durante el reciente crucerode investigación de recursos pelágicos, con incidencias de ju- veniles variables, dependientes de las zonas de pesca. En la región norte-centro, las tallas fluctúan entre 7.0 y 17.5 cm., des-tacando modas entre 11.5 - 12.5 cm., recomendando suspen- der las actividades de extracción de anchoveta en dicha región a partir del 7 de abril hasta el 11 de abril del 2004; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Regla- mento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; la Resolución Ministerial Nº 135-2004-PRODUCE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender las actividades extractivas de los recursos anchoveta ( Engraulis ringens ) y anchoveta blanca (Anchoa nasus ), a partir de las 00:00 horas del día 7 de abril hasta las 24:00 horas del día 11 de abril del 2004,en el área comprendida entre el extremo norte del dominiomarítimo del Perú y los 16°00 S. Los establecimientos industriales pesqueros ubicados dentro del área que comprende la presente suspensión, po- drán procesar el recurso anchoveta hasta las 24:00 horasdel día 7 de abril del 2004. Artículo 2º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, en el ámbito delárea a que se refiere el artículo 1º, sólo otorgará autori- zación de zarpe para realizar actividades extractivas has- ta las 12:00 horas del día 6 de abril del 2004. Artículo 3º.- Los armadores y titulares de establecimientos industriales que incumplan las normas contenidas en la presenteResolución, serán sancionados de conformidad con las disposi-ciones establecidas en la Ley General de Pesca, su Reglamento y el Reglamento de Inspección y del Procedimiento Sancionador de las Actividades Pesqueras y Acuícola, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-PE y sus normas ampliatorias y modifica-torias, así como demás normas asociadas. Artículo 4º.- La Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa, la Dirección Nacional de Segui- miento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción y las Direcciones Regionales con competencia pesquera, velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 06793 RELACIONES EXTERIORES /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G53/G69/G6D/G70/G6F/G73/G69/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G56/G69/G61/G6C/G22/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G2D/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0239-2004-RE Lima, 2 de abril de 2004 Visto el Oficio Nº 393-2004-MTC/02, del Viceministro de Transportes, de 17 de marzo de 2004, mediante el cual solicita la oficialización del "Simposio Internacional de Se- guridad y Educación Vial", a realizarse en la ciudad de Lima,el 14 y 15 de abril de 2004; Teniendo en consideración que dicho evento cuenta con la opinión favorable del Sector Transportes y Comunicaciones; De conformidad con los artículos 1º y 3º del Decreto Supre- mo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001; y el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministeriode Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Oficializar el "Simposio Internacio- nal de Seguridad y Educación Vial", a realizarse en la ciu- dad de Lima, el 14 y 15 de abril de 2004. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Re- laciones Exteriores.Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 06767 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2004-TR Lima, 29 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27711, se promulga la Ley del Mi- nisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, determinándosesu ámbito, estructura orgánica, competencia y funciones, fa- cultándolo entre otros, a realizar las acciones normativas, que conlleven a una reorganización orgánica y funcional acordecon las competencias atribuidas en la mencionada Ley; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR, modificada por Resolución Ministerial Nº 341-2002-TR y elDecreto Supremo Nº 017-2003-TR, se aprueba el Regla- mento de Organización y Funciones del Ministerio de Tra- bajo y Promoción del Empleo, encargando a la Oficina dePlanificación y Presupuesto, a través de la Oficina de Ra- cionalización, la elaboración de los Documentos de Ges- tión, como el Cuadro para Asignación de Personal - CAP; Que, el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, constituye un instrumento a ser utilizado como documento de previsión racional de las necesidades de cargos de laplanta orgánica de las entidades, para un período definido, y un mecanismo de regulación para la previsión de plazas contenidas en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP; Que, el artículo 16º de la Ley Nº 28128, Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone que los Cuadros para Asignación de Personal - CAP, seaprueban mediante Resolución Suprema, refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca el Pliego, previo in- forme favorable de la Secretaría de Gestión Pública de laPresidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Informes Nºs. 446-2003-PCM/SGP y 498- 2003-PCM/SGP, ampliado por el Informe Nº 015-2004-PCM/SGP, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, ha dado la conformidad del caso, para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAPdel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en atención a los considerandos precedentes, es necesario establecer los cargos correspondientes para elnormal funcionamiento del Sector, sobre la base de su es- tructura orgánica vigente; Con las visaciones de los Directores Generales de Plani- ficación y Presupuesto, Asesoría Jurídica y los Directores de Línea de las Oficinas de Personal y de Racionalización; y, De conformidad a lo señalado en el Numeral 3 y Anexo 2 de la Directiva Nº 002-95-INAP/DNR, "Lineamientos Téc- nicos para Formular los Documentos de Gestión en un marco de Modernización Administrativa", aprobada porResolución Jefatural Nº 109-95-INAP/DNR; y el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase el Cuadro para Asignación de Per- sonal (CAP) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Déjase sin efecto la Resolución Suprema Nº 018-2002-TR y las demás disposiciones que se opon- gan a la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo