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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G35/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de diciembre de 2004 - Unidad de Logística - Unidad de Informática - Unidad de Comercialización". Artículo 3º.- Sustitúyase el artículo 26º del Regla- mento de Organización y Funciones del Instituto Perua- no del Deporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2004-PCM, e incorpórese los artículos 26-A y 26-B se- gún el siguiente texto: "OFICINA DE INFRAESTRUCTURAArtículo 26º DE LA OFICINA DE INFRAESTRUC- TURA.- La Oficina de Infraestructura, es el órgano de Apoyo encargado de planear, organizar, dirigir y supervisar las acciones de ingeniería y arquitectura, construcción, re- habilitación y conservación de la infraestructura deporti- va del IPD. Depende de la Secretaria General". "Artículo 26º A.- FUNCIONES DE LA OFICINA DE INFRAESTRUCTURA Son funciones de la Oficina de Infraestructura:a) Organizar, dirigir, coordinar, controlar y supervisar las acciones de construcción, rehabilitación y conser- vación de las edificaciones e infraestructuras deporti- vas a fin que contribuya a la formación de deportistas de alto nivel de competencia, de recreación, de discapaci- tados, de educación física, y otras actividades acordes a las normas técnicas, legales y de control vigentes. b) Verificar la situación de infraestructura y edifi- caciones deportivas del IPD a nivel nacional formulando las respectivas conclusiones y recomendaciones. c) Elaborar y proponer las políticas, programas y proyectos referidos al desarrollo de la infraestructura y edificaciones deportivas. d) Proponer el Plan Anual de Inversiones en materia de infraestructura y edificaciones deportivas en concor- dancia con la política institucional. e) Ejecutar los proyectos de inversión para obras correspondientes al plan de inversiones vigente que cuente con viabilidad y otros que solicite la Secretaria General. f) Organizar, dirigir, coordinar, y supervisar todas las etapas que demande la elaboración de expedientes téc- nicos de obra para infraestructura y edificaciones de- portivas de alto nivel de competencia, de recreación, de discapacitados, de educación física, etc., acordes a las normas técnicas, legales y de control vigentes. g) Organizar, dirigir, coordinar, y supervisar todas las etapas y acciones para la conservación preventiva y permanente de las edificaciones de infraestructura de- portiva del IPD. h) Inspeccionar, coordinar y controlar los proyectos de inversión que se ejecuten por consultoría externa, emitiendo los informes respectivos. i) Verificar los avances de las obras que se encuentren en ejecución, emitiendo los informes respectivos. j) Formular la información técnica competente para su integración a los perfiles de proyectos de inversión. k) Coordinar con los Gobiernos Regionales, Munici- palidades, Entidades Públicas y Privadas para registrar la infraestructura y edificaciones deportivas de manera que se integren al Sistema Deportivo Nacional. l) Normar la construcción, rehabilitación y conser- vación de la Infraestructura que la institución como polí- tica ceda en concesión a entidades públicas o privadas. m) Normalizar y sistematizar las infraestructuras de- portivas de acuerdo a las medidas reglamentarias dispues- tas por las Federaciones Deportivas Internacionales de cada disciplina deportiva, en todo centro educativo, institu- to superior y universidad de modo que cumpla fines y uso exclusivamente deportivos a nivel de competencia. n) Coordinar con los Gobiernos Regionales, Munici- palidades o con el Sector Privado, la captación de la reserva o aportes de terceros, y de las reservas de terrenos eriazos del Estado para infraestructura depor- tiva con arreglo a ley. ñ) Realizar las valuaciones, tasaciones y peritajes de las edificaciones e infraestructura deportiva en todos sus niveles.o) Asesorar en materia de reglamentación de infra- estructura deportiva a nivel nacional. p) Contribuye a fomentar, mediante la investigación científica y la aplicación tecnológica de la ingeniería y la arquitectura, el desarrollo de la infraestructura deportiva en todos sus niveles. q) Coordinar con los demás órganos de línea, apoyo y asesoramiento, la mejor programación y ejecución de sus actividades. r) Emitir opinión técnica en los asuntos que son de su competencia. s) Las demás que asigne la Secretaría General en ámbito de su competencia". "Artículo 26º B.- DE LA ESTRUCTURA ORGÁNI- CA DE LA OFICINA DE INFRAESTRUCTURA La Oficina de Infraestructura para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las Unidades Orgánicas si- guientes: - Unidad de Estudios y Proyectos - Unidad de Obras y Equipamiento - Unidad de Mantenimiento". Artículo 4º.- Deróguese los literales g), h), i), j), k), y l) del artículo 20º y los literales s) t), v) y w) del artículo 25º Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de diciembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 21962 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G39/G30/G2D /G32/G30/G30/G34/G2D/G50/G43/G4D/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G2D /G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G4F/G4E/G41/G50/G41/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 401-2004-PCM Lima, 1 de diciembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 692-2004/PCM-SG-CONAPA-PE, del Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afro-Peruanos - CONA- PA; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 390-2004- PCM, publicada el 20 de noviembre de 2004 se autorizó el viaje al exterior del arquitecto Luis Antonio Huarcaya Alzadora, Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afro-Peruanos - CONAPA, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 21 al 25 de noviembre de 2004, a fin que participe en la "Primera Reunión Intergubernamental sobre Institucionalidad y Políticas Públicas Orientadas a Pueblos Indígenas"; Que, de conformidad con el Oficio del visto se solicita con la debida fundamentación la modificación de la Re- solución Suprema Nº 390-2004-PCM, en el sentido que se señale como monto por concepto de pasaje aéreo US$ 1 070,83; Que, en consecuencia resulta pertinente modificar el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 390-2004-PCM; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2004, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcio-