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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G35/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de diciembre de 2004 cia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 21780 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2004-PCM Lima, 29 de noviembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 904-2004(PRE) del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3º de la Resolución Nº 238-2004-CON- SUCODE/PRE del Presidente del Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, se pronuncia por el inicio de las acciones penales correspon- dientes contra el señor Oscar Garibaldi Sánchez - Moreno, representante legal de la empresa Constructora Garibaldi S.A.C., por la presunta comisión del delito contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedimiento adminis- trativo), en agravio del CONSUCODE, resultando pertinen- te autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Esta- do, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 012-2001-PCM y el Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra el señor Oscar Gari- baldi Sánchez - Moreno, representante legal de la em- presa Constructora Garibaldi S.A.C., por los hechos señalados en la Resolución Nº 238-2004-CONSUCO- DE/PRE, de conformidad con lo dispuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presiden- cia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 21782 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G6F/G62/G74/G65/G6E/G65/G72/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G76/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G62/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G43/G4F/G4E/G43/G59/G54/G45/G43 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 372-2004-PCM Lima, 29 de noviembre de 2004. Visto, el Oficio Nº 659-2004-CONCYTEC-P, del Pre- sidente del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica-CONCYTEC;CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 175-2004-CONCYTEC-OAJ de la Asesoría Jurídica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología-CONCYTEC, se pronuncia por el inicio de las acciones judiciales a que hubiera lugar contra el in- geniero Jorge Cánepa La Serna, por no haber devuelto la subvención otorgada, sus respectivos intereses e in- cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 46º y 48º de la Resolución de Presidencia Nº 262-2003- CONCYTEC-P, siendo pertinente autorizar al Procura- dor Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presi- dencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, mo- dificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnoló- gica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra el ingeniero Jorge Cá- nepa La Serna, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción, así como los antecedentes del caso, al menciona- do Procurador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 21781 AGRICULTURA /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G2D /G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G2C/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G72/G20/G79/G20/G70/G72/G69/G6F/G72/G69/G7A/G61/G72/G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G20/G6D/G65/G64/G69/G64/G61/G73/G20/G6F/G72/G69/G65/G6E/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G65/G6C/G61/G2D/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G45/G73/G74/G72/G61/G74/G65/G67/G69/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G65/G72/G72/G61/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G62/G61/G6E/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G70/G61/G2D /G63/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G70/G69/G65 DECRETO SUPREMO Nº 043-2004-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-96-AG se declaró en reserva genética y se prohibió la exportación de las alpacas y llamas que hayan obtenido premios y distinciones en eventos oficiales, cualquiera sea su raza, color, sexo o edad; Que, siendo el Perú el país con la mayor población de alpacas en el mundo, de donde el 88% de la producción nacio- nal tienen como destino la exportación, resulta de suma impor- tancia el lograr estándares de calidad de fibra atractivos al mercado internacional, razón por la cual la conservación de la reserva genética reviste vital importancia para las poblaciones altoandinas dedicadas a la crianza de esta especie, actividad que constituye su único medio de subsistencia; Que, una de las políticas del Estado dispuesta en el relanzamiento del Sector Agrario, es el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y protección del me- dio ambiente, el mismo que debe ser ejercido mediante la defensa y apoyo a la producción nacional; logrando desa- rrollar medidas de protección para las alpacas en pie y otros camélidos domésticos, recursos de gran importan-