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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (31/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 124

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G38/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de diciembre de 2004 Jurídica, referente a la prórroga de la Declaración en Situación de Urgencia para la Adquisición de Alimentos,e Informe Nº 041-2004-GGM/GPCH, de fecha 9 de di-ciembre del 2004, de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en su artículo 41º prescribe que los Acuerdosson decisiones, que toma el Concejo, referidas a asun-tos específicos de interés público, vecinal o institucional,que expresa la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una con- ducta o norma institucional; Que, mediante Informe Legal del visto, el Gerente de Asesoría Jurídica, informa al Titular del Pliego, que seevidencia la necesidad de comprar alimentos para cu-brir las necesidades de los Comedores Populares para el Programa Nacional Complementario de Asistencia Ali- mentaria (arroz, pallar baby, aceite vegetal y grated depescado), porque, según se aprecia del Informe Nº 133.-2004-GCAYF/GPCH, el Proceso de Selección quedósuspendido, lo que originó la expedición del AcuerdoMunicipal Nº 221-2004-GPCH/A, mediante el cual se declaró en Situación de Urgencia por un lapso de sesen- ta días, la Adquisición de Alimentos para los ComedoresPopulares del Gobierno Provincial de Chiclayo, para quebajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, porExoneración de Licitación Pública, se adquieran los ali-mentos, al amparo de los artículos 19º y 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones Y Adquisiciones del Estado; Que, del análisis de la Resolución de Alcaldía Nº 875- 2004-GPCH/A, los Informes Nºs. 011 y 020-2004/SGL-GPCH, así como los Oficios Nºs. 024, 025 y 026-2004-CA/2004/GPCH, Oficios Nº 779-2004-GR-LAMB/PRODUCE- SDEPCP y Oficios Nº 770-2004-GR-LAMB-DRA/DPA y 1725-2004-GR-LAMB-DRA/DPA., donde se aprecia que elComité de Adquisiciones no llegó a integrarse en formatotal, debido a que no se eligieron los miembros suplentestanto del Representante del Gobierno Provincial de Chicla-yo, como del representante del Ministerio de la Producción, así como se resolvió reconocer como miembro titular de dicho Comité por el Ministerio de la Producción al Ing. MarioOrtiz Masias, quien ya había sido reemplazado por el Licen-ciado en Biología Luis Díaz Musayón, conforme se apreciadel Oficio Nº 1399-2004. GR. LAMB/PRODUCE-SDEPCP; Que, teniendo en cuenta que a la fecha el represen- tante del Gobierno Provincial de Chiclayo CPC César Soto Cienfuegos, ya no está laborando en muestra Co-muna Edilicia, siendo necesario emitir la Resolución deAlcaldía que designe su reemplazo; dicha irregularidadno ha permitido conformar ni convocar válidamente alComité de Adquisiciones, para la compra de Alimentos de los Comedores Populares, conforme lo requiere el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 002-2004-MINDES.,y por lo tanto no existe provisión de alimentos, compro-metiendo inminente y directamente la continuidad de laprestación alimentaria en los Comedores Populares delGobierno Provincial de Chiclayo, por lo que dicho servi- cio se encuentra dentro de los alcances del artículo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que señala que"se considera situación de urgencia cuando la ausenciaextraordinaria e imprevisible de determinado bien o ser-vicio compromete en forma directa e inminente la conti-nuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo"; Que, el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, que reglamenta el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ensu artículo 108º numeral 2) determina que "la situaciónde urgencia debe entenderse como una medida tempo- ral ante un hecho de excepción que determina una ac- ción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensablepara paliar la Urgencia, sin perjuicio de que se realice elproceso de selección correspondiente para las contra-taciones y adquisiciones definitivas; Que, debe considerarse además que el Programa Na- cional Complementario de Asistencia Alimentaria, para el cual se necesitan adquirir alimentos, es un Programa deAsistencia Social, dirigido a niños de los sectores más ne-cesitados de nuestra ciudad, los mismos que, no tienenporque verse perjudicados con las situaciones excepcio- nales que han impedido conformar y convocar válidamenteal Comité de Adquisiciones y que a su vez, impedirá a losniños acceder a los alimentos que el programa alimentarioles provee regularmente, perjudicándolos enormemente ensu desarrollo integral de personas humanas; Que, mediante Informe Legal Nº 486-2004-GPCH/ GAJ, de fecha 6 de diciembre del 2004, la Gerencia deAsesoría Jurídica es de opinión que si procede la Decla-ración de Situación de Urgencia por sesenta días, a finde exonerar la convocatoria pública, con la finalidad decomprar los alimentos para los comedores populares de la provincia de Chiclayo, sin perjuicio de tramitar parale- lamente el proceso de selección para la adquisición ycontrataciones definitivas, como señala las antes acota-das normas legales y además en cumplimiento de lanormatividad de la Ley del Programa Nacional Comple-mentario de Asistencia Alimentaria Nº 27767 y su Regla- mento el Decreto Supremo Nº 002-2004-MINDES; Que, debe considerarse que las adquisiciones de los productos, de lo que se pretende exoneración, debe estarcontenida de manera diferenciada en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones - PAAC que se ha pre-sentado al Consejo Superior de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado CONSUCODE bajo sanción de nuli- dad, conforme lo establecido en el artículo 4º del Decre-to Supremo Nº 002-2004-MINDES; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2004- MINDES, señala que la obligatoriedad de adquirir pro-ductos alimenticios nacionales a los pequeños pro- ductores locales, individuales u organizados, así como a las micro y pequeñas empresas agroindustriales, quie-nes deberán utilizar insumos nacionales, prefe-rentemente los producidos en la zona; Estando a lo expuesto, con la dispensa de lectura y aprobación de acta, de conformidad con el artículo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en usode las facultades conferidas por la Ley Nº 27972; y a loacordado en la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha15 de diciembre del 2004; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Ur- gencia por un lapso de sesenta días, la adquisición dealimentos para los Comedores Populares del GobiernoProvincial de Chiclayo, bajo la modalidad de Adjudica- ción de Menor Cuantía por exoneración, al amparo de lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, por lo expuesto en laparte considerativa. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Órgano de Con- trol Institucional de nuestra comuna edilicia, a fin de que se realice una investigación con el objetivo de deslindarcualquier responsabilidad de los ex funcionarios que hanintervenido en este asunto. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Comité de Adqui- siciones de los Programas Alimentarios y Compensa- ción Social de nuestra comuna edilicia, en coordinación con la Gerencia Central de Administración y Finanzas yla Subgerencia de Logística, realice la contrataciónexonerada en estricto cumplimiento de la presente dis-posición municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicación e Imagen Institucional la publicación de la presente disposición municipal en el Diario Oficial El Pe-ruano, y a la Subgerencia de Secretaría General la remi-sión de copias del mismo conjuntamente con el InformeLegal del visto y de demás actuados a la ContraloríaGeneral de la República en el plazo de Ley. Dado en Palacio Municipal, a los 16 de diciembre de 2004 Regístrese, comuníquese y cúmplase. ARTURO CASTILLO CHIRINOS Alcalde del Gobierno Provincial de Chiclayo 23903