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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (31/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 114

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G38/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de diciembre de 2004 cos y Serenazgo se determinarán de acuerdo a lo dis- puesto en la Ordenanza Nº 014-98 y sus modificatorias. Artículo Segundo.- FACULTADES FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complemen- tarias necesarias para la adecuada aplicación de lapresente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LUIS DIBÓS VARGAS PRADA Alcalde 23782 /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G2D /G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G6F/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 096 La Molina, 27 de diciembre de 2004EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MOLINA Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo del 22 de di- ciembre del 2004, el Dictamen de la Comisión de Admi-nistración, Rentas, Presupuesto e Informática, respectoal Proyecto de Ordenanza que determina el Costo deEmisión de la Cuponera 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, reconocen que los GobiernosLocales tienen autonomía política, económica y adminis-trativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del De- creto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, laMunicipalidad de La Molina brinda a sus vecinos, el ser- vicio de emisión mecanizada de actualización de valo- res, determinación de tributos y de recibos de pago, asícomo su distribución a domicilio; Que, de acuerdo a la Cuarta Disposición Final antes indicada, se precisa, como monto máximo para el cobrode este servicio, el 0.4% de la UIT vigente al 1 de enerode cada ejercicio; Que, el Artículo 14º literal a) del Decreto Legislativo antes referido, dispone que la actualización de valoresde predios, sustituye la obligación formal de presentar declaración jurada, anualmente, dentro de los plazos establecidos; Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por los servicios men-cionados, con relación al Impuesto Predial, Arbitrio deLimpieza Pública, Arbitrio de Parques y Jardines Públi-cos y Arbitrio de Serenazgo correspondientes al ejerci-cio 2005; Que, la Municipalidad Distrital de La Molina ejerce su función normativa, mediante la aprobación de Orde- nanzas, dispositivos con rango de ley, conforme a lo dispuesto por el Artículo 200º numeral 4) de la Constitu-ción Política del Perú; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972, dispone que las Ordenanzas de lasmunicipalidades distritales, en materia de su competencia,son las normas de carácter general de mayor jerarquíaen la estructura normativa municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo estable- cido por los Artículos 9º inciso 8), 38º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMI- DAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta,ha dado la siguiente:ORDENANZA QUE FIJA, PARA EL EJERCICIO 2005, LOS MONTOS POR EMISIÓN, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DIVERSOS CONCEPTOS DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES Artículo Primero.- Fíjese en S/. 4.00 (Cuatro y 00/ 100 Nuevos Soles) el importe que deberán abonar loscontribuyentes, por concepto de emisión mecanizadade actualización de valores, determinación y difusión y distribución a domicilio de declaración jurada y recibos de pago del Impuesto Predial y los Arbitrios de LimpiezaPública, de Parques y Jardines Públicos y de Serenaz-go, correspondientes al ejercicio 2005. Los contribuyentes, titulares de más de un predio, de- berán abonar S/. 0.70 (Cero y 70/100 Nuevo Sol), por cada predio adicional que genere cobro de Arbitrios Municipales. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entra- rá en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LUIS DIBÓS VARGAS PRADA Alcalde 23783 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2004-ALC/ML Lurín, 23 de diciembre del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍNCONSIDERANDO: Que, el día 2 de enero del 2005 se conmemorará el 148º Aniversario de Creación Política de nuestro distrito, por loque la Municipalidad viene efectuando las acciones corres- pondientes a fin de dar realce a tan significativa fecha; Que, la población lurinense, demostrará su identificación con nuestro distrito embanderando sus inmuebles; En uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERA- MIENTO GENERAL de todos los inmuebles, sin excep-ción, del distrito de Lurín, el próximo 2 de enero del 2005 alconmemorarse el 148º Aniversario de su Creación Política. Artículo Segundo.- Exhortar al Pueblo Lurinense para que cumpla con la presente disposición municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS AYLLÓN MINÍ Alcalde 23687 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G45/G78/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G71/G75/G69/G6C/G65/G72/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G2D /G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G70/G6F/G72/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6F/G6C/G69/G64/G65/G70/G6F/G72/G74/G69/G2D /G76/G6F/G20/G53/G61/G6E/G20/G42/G6F/G72/G6A/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G2D/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G2D/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2004-MSB-A San Borja, 27 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA