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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (31/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 113

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G38/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de diciembre de 2004 De lo indicado se concluye que el tamaño del predio se mide de manera efectiva por el Autoavalúo, estable-ciéndose como una variable que conjuga la ubicación(valor arancelario), área del terreno, área construida,estado de la conservación, material predominante y es-tructura de la construcción. 1.3.2.2.- Uso del Predio.- Corresponde al destino de los predios, a partir del cual se establece la cantidad ytipo de servicio a brindar, los usos establecidos para eldistrito son los siguientes: e) Casa habitación. f) Terrenos sin construir, en proceso de construcción o aires. g) Comercio, industria y serviciosh) Usos especiales Para efectos del presente artículo, se consideran predios con usos especiales los siguientes: 1. Centros Educativos Particulares, Museos y Enti- dades Religiosas. 2. Centros Educativos Estatales. 3. Universidades. 4. Supermercados Grandes Almacenes y Canales de Televisión. 5. Entidades Financieras, Bancarias, AFPs, Compa- ñías de Seguros, Cooperativas de Ahorro y Crédito. 6. Salas de Bingo, Casinos, Tragamonedas, Discote- cas, Pubs, Karaokes o similares. 7. Embajadas, Delegaciones, Consulados u Orga- nismos Internacionales. 8. Predios destinados a sedes administrativas del Gobierno Central, Regional, Local, Instituciones Públi-cas Descentralizadas(siempre que el valúo supere las 100 UIT). 9. Hospitales y clínicas. 10. Club de esparcimiento y social.11. Establecimientos de Hospedaje.12. Grifos. 1.3.3.3.- Ubicación.- Se han establecido seis secto- res en el distrito, de acuerdo a la demanda de serviciospor parte de los contribuyentes, la que se mide por lacantidad de predios por cada sector. El monto correspondiente a los ingresos potenciales anuales del Servicio de Seguridad Ciudadana asciende a S/. 3,461,448.72. 2. TASAS DE ARBITRIOSLa determinación de las tasas esta en función del costo total anual, para ello se ha planteado los criterios para la distribución de los costos de los arbitrios munici-pales, los mismos que se pueden resumir en: - Capacidad Generadora de Residuos - Riesgo Patrimonial Protegido - Valor Agregado Patrimonial - Uso del predio- Ubicación del predio La distribución se realiza sobre el universo de pre- dios de contribuyentes afectos (18,824 contribuyentes y 22,715 predios). A continuación detallamos la cantidad de administrados inafectos. Administrados Inafectos:Corresponde a: a. La Municipalidad distrital de Jesús María, en los predios que directamente utiliza para sus fines. b. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Representa una cantidad de 1 contribuyente y 10 predios. En el Anexo 01 se presenta el cuadro de distribución de las tasas a cobrar por los servicios de Limpieza Pú-blica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, to- mando en cuenta la ubicación del predio por tramo deautoavalúo, uso del predio, y ubicación geográfica. Para todos los contribuyentes se ha considerado como base imponible el valor del autoavalúo de su pre-dio del año 2002, en los casos de los contribuyentes cuya afectación de su predio por primera vez corres- ponde a los años 2003, 2004 y 2005, se ha consideradoel autoavalúo de dichos períodos tributarios según co-rresponda. 23823 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61 /G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G2D/G6C/G65/G73/G20/G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G39/G34 ORDENANZA Nº 095 La Molina, 23 de diciembre de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MOLINA Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo del 22 de di- ciembre del 2004, el Informe Nº 110-2004-MDLM-GRdel 20 de diciembre del 2004, de la Gerencia de Rentas,respecto al proyecto de ordenanza que precisa las disposiciones aplicables a la Determinación de Arbitrios Municipales dispuesta por la Ordenanza Nº 094; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, y el Artículo II del Título Preliminar de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972, reconocen quelos Gobiernos Locales tienen autonomía política, econó-mica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, una de las condiciones para la definición de los montos por Arbitrios Municipales del año 2005, ha sido la optimización de los recursos que intervienen en la pres-tación de los servicios financiados con tales tributos; Que, en tal sentido, a través de la Ordenanza Nº 094 se ha dispuesto que los montos de Arbitrios Municipalespara el año 2005, sean los mismos que se aplicaron en el ejercicio 2004, conforme a lo dispuesto en la Orde- nanza Nº 014 y sus modificatorias; Que, con la finalidad de brindar claridad a la materia, es conveniente precisar la normatividad aplicada en ladeterminación de los montos por los Arbitrios de Limpie-za Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2005; Que, la Municipalidad Distrital de La Molina ejerce su función normativa, mediante la aprobación de Orde-nanzas, dispositivos con rango de ley, conforme a lodispuesto por el Artículo 200º numeral 4) de la Constitu-ción Política del Perú; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 27972, dispone que las Ordenanzas de lasmunicipalidades distritales, en materia de su competen-cia, son las normas de carácter general de mayor jerar-quía en la estructura normativa municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo estable- cido por los Artículos 9º inciso 8), 38º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por MAYORÍA ycon dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha dadola siguiente: ORDENANZA QUE PRECISA LAS DISPOSICIONES APLICABLES A LA DETERMINACIÓN DE ARBITRIOS MUNICIPALES DISPUESTA POR LA ORDENANZA Nº 094 Artículo Primero.- OBJETO PRECÍSESE que para el año 2005, los montos de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públi-