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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2004 (05/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G39/G30/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 5 de enero de 2004 ampliación de la autorización otorgada, previo procedi- miento administrativo de sanción. Artículo 5º.- Precisar que la vigencia de la tarjeta de circulación es de un año, contado a partir de la fecha de aprobación de la constatación de características o hasta elvencimiento de la concesión o autorización de la póliza de seguros, si éstas se producen antes. Artículo 6º.- La Dirección Municipal de Transporte Ur- bano establecerá mediante Resolución Directoral Municipal, las características y los requisitos del informe justificatorio estipulado en el artículo 18º de la Ordenanza Nº 104. Artículo 7º.- Derogar el Decreto de Alcaldía Nº 066, del 21 de enero del 2003. Artículo 8º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 00010 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G73/G2D /G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G44/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G43/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 839-2003-A-MPC Cajamarca, 12 de setiembre del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: El Oficio Nº 234-2003-DM-MPC, de fecha 3 de setiembre del 2003, del Gerente Municipal por el que propone al Prof. Jorge Victoriano Aliaga Terrones, como Responsable del Acceso a la Información Pública y Denuncia Ciudadana, yel Proveído de Alcaldía Nº 2354 que dispone se proyecte la Resolución correspondiente; CONSIDERANDO: Que, el numeral 5) del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú estipula el derecho fundamental de acce-so a la información, al establecer que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la informaciónque requiera y a recibirla de cualquier entidad pública en el plazo legal y con el costo que suponga su pedido, excep- tuando las informaciones que afecten la intimidad personaly las que expresamente se excluyan por Ley o por razones de seguridad nacional; Que, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental cons-titucional antes indicado, se ha promulgado la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la cual se cautela y promueve la transparencia de losactos de todas las entidades de la Administración Pública, entre ellas, de los Gobiernos Locales; Que, por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, se aprue- ba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, el último párrafo del Art. 3º en concordancia con el segundo párrafo del Art. 8º de la referida Ley; así como el literal b) del Art. 3º y el segundo párrafo del Art. 4º de su Reglamento, establecen que la entidad pública bajo res-ponsabilidad de su máximo representante, designará al servidor responsable de brindar la información solicitada; Que, tal designación no exime a las demás depen- dencias de la entidad pública, ya sea que produzcan o po- sean la información que se solicite, de su obligación y res-ponsabilidad de proporcionarla en el término legal y en las condiciones que hagan posible su cumplimiento; Que, mediante Ordenanza Nº 024-2003-CMPC, de fe- cha 8 de agosto del 2003, se aprobó la Nueva EstructuraOrgánica de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, ade- cuándola a la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, considerando en dicha Estructura, el Acceso a laInformación Pública y Denuncia Ciudadana dentro de la Gerencia de Imagen Institucional y Protocolo, cuyo cargo se encuentra previsto en el Cuadro de Asignación de Per-sonal (CAP); así como en el Presupuesto Analítico de Per- sonal (PAP); Estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 072-2003-PCM, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Art. 20º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR, al Prof. JORGE VIC- TORIANO ALIAGA TERRONES, Servidor Contratado por Servicios No Personales, el desempeño de las funcionesde Responsable del Acceso a la Información Pública y De- nuncia Ciudadana, a fin de atender la información solicita- da por los ciudadanos a la Municipalidad Provincial de Ca-jamarca, al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transpa- rencia y Acceso a la Información Pública; así como trami- tar las solicitudes de queja o denuncia ciudadana que sepresenten en la Municipalidad, cumpliendo los requisitos formales de presentación.