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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G32/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de enero de 2004 de normas y procedimientos derogadas por el Gobier- no Central (Congreso de la República) y por cuyoderecho a dicha exoneración, muchos jubilados cum-plen con los requisitos necesarios para obtener lajustificada Deducción Predial; Que, consultado con la Oficina de Administración Tributaria y Rentas sobre los procedimientos nece- sarios que debe cumplir para la presentación de susexpedientes administrativos, se ha logrado estable-cer que el Concejo Municipal tiene potestad paraampliar las fechas de presentación y beneficiar deesta forma, a todos los vecinos que por múltiples ra- zones no pueden presentar en estos momentos su regularización o expediente administrativo para con-seguir su Beneficio Tributario que el Estado Peruanootorga; Que, siendo ésta una norma de alcance nacional y por la cual todo gobierno local, debe de expedir un documento formal del otorgamiento de dicho benefi- cio, tal como lo manda la Constitución y la Normaespecífica con rango de ley que es el Texto ÚnicoOrdenado Código Tributario, Decreto Supremo Nº135-99-EF, además de lo determinado en el DecretoLegislativo Nº 776, artículo 19º por la cual se esta- blece los requisitos necesarios para obtener dicho be- neficio, solicito al Pleno del Concejo ampliar la fechade presentación de los expedientes para el Goce deDeducción de Inafectación del Impuesto Predial des-de el 1º de enero al 31 de marzo del año 2004 y deesta manera cumplir con todos nuestros vecinos pen- sionistas que deseen acogerse a este beneficio, siem- pre y cuando cumpla con lo establecido en la ley; Estando a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, artículo 9º, incisos 8)y 9) con el voto UNÁNIME de los (as) señores (as)Regidores (as) y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Ampliar la fecha de presentación de los expedientes para el Goce de Deducción de Inafec- tación del Impuesto Predial desde el 1º de enero al 31 de marzo del año 2004. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración Tributaria y Rentas el cumplimiento de la pre-sente asimismo el apoyo logístico de la Dirección Muni-cipal y la Oficina de Administración. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 00208 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F /G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G20/G22/G4E/G75/G65/G76/G6F/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F/G22 ORDENANZA Nº 02-2004-MPC Cañete, 6 de enero de 2004 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VISTO: El Expediente Administrativo Nº 6392-03 del Co- mité de Gestión, al que se adiciona el Memorial delos pobladores posesionarios del área de 833.3452Has. (Pampas Concón), bajo la denominación "Nue-vo Ayacucho", por la que solicitan la creación de la Municipalidad del Centro Poblado "NUEVO AYACU-CHO"; ubicado en la jurisdicción del distrito de SanVicente, provincia de Cañete, departamento de Lima,documento contemplado por el Concejo Provincial enSesión Extraordinaria de fecha 5 de enero de 2004; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el artí- culo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial delEstado y canales inmediatos de participación, queinstitucionalizan y gestionan con autonomía los inte-reses propios de las correspondientes colectividades;siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización, promovien- do además el desarrollo local, en coordinación y aso-ciación con los niveles de gobierno regional y nacio-nal, con el objeto de facilitar la competitividad local ypropiciar las mejores condiciones de vida de su po-blación; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades estable- ce en su artículo 128º la creación de Municipalida-des de Centros Poblados, mediante ordenanza de laMunicipalidad Provincial; Que, asimismo el artículo 129º de la citada Ley Orgánica de Municipalidades, establece los requisi- tos que deben reunir las Municipalidades de Centros Poblados para su creación, la misma que deben sertramitados por el Comité de Gestión, establecidos porresolución municipal; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 498- 2003-AL-MPC, de fecha 18 de diciembre de 2003, se reconoce al Comité de Gestión del Centro Poblado "Nuevo Ayacucho", ubicado dentro de la jurisdicciónde San Vicente de Cañete, conforme a las Cartas delInstituto Geográfico Nacional, que indica que el lími-te con la provincia de Chincha, es el límite naturaldenominado "Río Seco", ubicado en el Km. 179 de la Panamericana Sur; Que, mediante memorial, los habitantes del lugar solicitan la creación de la Municipalidad del CentroPoblado "Nuevo Ayacucho", conformado por 1,500familias, área que no se encuentra dentro del áreaurbana del distrito de San Vicente, al que pertene- ce; Que, es función de la Municipalidad Provincial como Gobierno Local propiciar los actos de descen-tralización para lograr vertebrar el desarrollo en lasmejores condiciones de administración y de esta for-ma contribuir al bienestar de los pobladores; anhelo que comparten los habitantes del sector denominado "NUEVO AYACUCHO", los que, al encontrarse asen-tados en zona no urbana con población tendiente aun crecimiento favorable, requiere que se le dote delos mecanismos que les permita asumir responsabi-lidades dentro de su jurisdicción como son: ejecución de los servicios públicos locales que a la fecha no reciben, el resguardo de la integridad territorial porencontrarse en zona limítrofe, el autosostenimientoagrícola, implementación con escuelas, colegios,postas médicas y centros de salud, salones comuna-les, así como la organización de grupos sociales, pro- ductivos y de desarrollo como: clubes de madres, aso- ciaciones, juntas vecinales, unidades empresarialesy otros, que de alguna forma contribuyan en formaparticipativa al crecimiento cultural y socioeconómi-co; Que, asimismo se cuenta con la opinión favorable de la Gerencia General, Gerencia de Obras y Desa- rrollo Urbano y Rural, de la Unidad de Planeamientoy Presupuesto y de la Unidad de Asesoría Jurídicade la Municipalidad Provincial de Cañete; Estando a lo expuesto, con las facultades estable- cidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y a lo aprobado en forma unánime, en Sesión Extraordinaria de fecha 5 de enero de 2004; y con la