Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2004 (09/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
Tercera Cuota Cuarta Cuota

MORDAZA, viernes 9 de enero de 2004

Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y Gerencia General Regional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 00209

: 31 de agosto : 30 de noviembre

PROPIETARIOS DE UN SOLO PREDIO DESTINADO A MORDAZA HABITACION O TERRENO SIN CONSTRUIR - Pago al contado : 31 de marzo - Pago fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : 31 de marzo : 30 de junio : 30 de setiembre : 30 de diciembre

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Establecen fechas de vencimiento para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2004
ORDENANZA Nº 047-MDA

Articulo 2º.- Vencimiento Para el Pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo. La obligacion de pago de las cuotas trimestrales de los Arbitrios correspondiente al ejercicio 2004 vence: PROPIETARIOS DE MAS DE UN PREDIO O USO DISTINTO A MORDAZA HABITACION Primera Cuota : 27 de febrero MORDAZA Cuota : 31 de MORDAZA Tercera Cuota : 31 de agosto Cuarta Cuota : 30 de noviembre PROPIETARIOS DE UN SOLO PREDIO DESTINADO A MORDAZA HABITACION O TERRENO SIN CONSTRUIR Primera Cuota : 31 de marzo MORDAZA Cuota : 30 de junio Tercera Cuota : 30 de setiembre Cuarta Cuota : 30 de diciembre POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 00215

Ate, 29 de diciembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de diciembre del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributacion Municipal aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, regula el Impuesto Predial, cuyo pago podra efectuarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera hasta el ultimo dia del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, respectivamente; Que, por otro lado, la Ordenanza MORDAZA del regimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo son de periodicidad mensual y que la Municipalidad Distrital de Ate, determinara y recaudara dichos Arbitrios por periodos trimestrales; Que, el ultimo parrafo del articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general por la Administracion Tributaria; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2004 Articulo 1º.- Vencimiento para el Pago del Impuesto Predial. De conformidad con el articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal la obligacion del pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2004 vence: PROPIETARIOS DE MAS DE UN PREDIO O USO DISTINTO A MORDAZA HABITACION - Pago al Contado - Pago Fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota : 27 de febrero : 27 de febrero : 31 de MORDAZA

Establecen derechos de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago
ORDENANZA Nº 048-MDA

Ate, 29 de diciembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de diciembre del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2004;

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