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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (01/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G31/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 1 de febrero de 2004 Dicha Comisión estará conformada de la siguiente ma- nera: - El Intendente de Recursos Hídricos del Instituto Na- cional de Recursos Naturales - INRENA, del Ministerio deAgricultura, quien la presidirá. - Un representante de la Dirección General de Electri- cidad del Ministerio de Energía y Minas. - Un representante de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas. - Un representante de la Dirección Nacional de Indus- tria del Ministerio de la Producción. - Un representante del Servicio Nacional de Meteoro- logía e Hidrología - SENAMHI del Ministerio de Defensa. - Un representante de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud. - Un representante de la Dirección Nacional de Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. - Un representante de la Dirección General de Progra- mación Multianual del Sector Público del Ministerio de Eco-nomía y Finanzas. Artículo 2º.- Dentro de los cinco (5) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, las entidades u órganos mencionados en el artículo precedente, designarán a su respectivo represen-tante ante la Intendencia de Recursos Hídricos del Institu- to Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 02134 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G71/G75/G69/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G2D/G74/G6F/G73/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0083-2004-AG Lima, 28 de enero de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0473-2001-AG, de fecha 29 de mayo de 2001, se constituyó la ComisiónNacional de Liquidación y Transferencia de la Unidad Ope- rativa de Proyectos Especiales - UOPE, la misma que está conformada, entre otros, por un representante de la AltaDirección, quien la presidirá; Que, es necesario dictar el acto de administración que designe al representante de la Alta Dirección que presidirála citada Comisión; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones, del Ministerio de Agricultura,aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Roberto Carranza Guevara como Presidente de la Comi-sión Nacional de Liquidación y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales - UOPE. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 02147 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65 /G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6C/G69/G61/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0084-2004-AG Lima, 28 de enero de 2004VISTO: El Oficio Nº 1171-2003-AG-CL-UOPE/P con el que la Comisión Nacional de Liquidación y Transferencia de laUnidad Operativa de Proyectos Especiales - UOPE, solici- ta la prórroga del contrato de arrendamiento de un inmue- ble ubicado en la ciudad de Juliaca, Puno; CONSIDERANDO: Que, dentro de los objetivos y finalidades del Ministerio de Agricultura está el promover el desarrollo sostenido del sector agrario, mediante el empleo de maquinaria y tecno-logía agrícola; Que, para el cumplimiento de las metas y objetivos se- ñalados, el Ministerio de Agricultura cuenta con una dota-ción de maquinaria agrícola y pesada en el departamento de Puno, que requiere de un inmueble apropiado para su almacenamiento, seguridad y guardianía, además de con-tar con las instalaciones necesarias para el mantenimiento y reparación de la maquinaria; Que, a la fecha el inmueble ubicado en el Parque Industrial Taparachi, distrito de Juliaca, provincia de San Román, depar- tamento de Puno, de propiedad del Fondo Nacional de Propie- dad Social en Liquidación, cuenta con las condiciones descri-tas en el considerando anterior, por lo cual viene siendo arren- dado por el Ministerio de Agricultura para uso de la Dirección Regional Agraria Puno para almacenaje de la maquinaria desu propiedad; Que, mediante el Oficio del visto de la Comisión Nacional de Liquidación y Transferencia de la Unidad Operativa de Pro-yectos Especiales - UOPE, al que se adjunta el Oficio Nº 1353- 2003-AG-PMAAP del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroin- dustrial y Pesada, se sustenta la necesidad de prorrogar elplazo del contrato de arrendamiento del inmueble citado en el tercer considerando; Que, el artículo 19º, inciso g) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM, establece la exone- ración del proceso de selección por las modalidades LicitaciónPública, Concurso Público o Adjudicación Directa, para prorro- gar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocu- pados por la Entidad, para que en aplicación del artículo 20º serealice a través del proceso de Adjudicación de Menor Cuan- tía; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura ha emitido el correspondiente Informe Legal y que la Dirección Regional Agraria Puno, así como el Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada, han emitidolos informes técnicos que sustentan la necesidad de dar conti- nuidad al arrendamiento del inmueble antes mencionado; con- forme establece el artículo 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, en consecuencia, resulta procedente exonerar del pro- ceso de Adjudicación Directa Selectiva y autorizar el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía para la prórroga del plazo del contrato de arrendamiento mencionado en los consideran-dos precedentes, conforme a lo previsto en el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 19º y artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y artículos 113º y 115º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Ase- soría Jurídica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonérese del requisito del proceso de Adjudicación Directa Selectiva, y autorízase la prórroga del plazo del contrato de arrendamiento del inmueble de pro- piedad del Fondo Nacional de Propiedad Social en liquida-ción, ubicado en el parque Industrial Taparachi, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno, inscrito en el Tomo 54, folio 464, Partida LMXV, Asiento 1del Registro de la Propiedad Inmueble de Puno por los meses de enero a diciembre de 2004, por un valor total de S/. 33 600,00 los cuales serán afectados presupuestalmenteal Programa Promoción de la Producción Agraria, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 2º.- Facúltese a la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Agri-