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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G31/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 1 de febrero de 2004 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa-Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan a cargo del presupuesto Recursos Ordinarios, de acuerdo a disposiciones vigentes: Pasajes: Lima - Buenos Aires - Lima US$ 786.00 X 1 Oficial Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 1 Oficial Artículo 3º.- El Ministro de Defensa - Fuerza Aérea del Perú estará a cargo de asegurar las condiciones adecua- das para el cumplimiento de la misión encomendada, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-87DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que serefiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-guna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 02144 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 028-2004-DE/FAP Lima, 26 de enero de 2004 Visto el Oficio IV-50-CIPO-Nº 0405 del 30 de diciembre del 2003 del Comandante de Instrucción de la Fuerza Aérea del Perú, Oficio IV-50-EMIN-Nº 0003 del 6 de enero del 2004 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea delPerú y Papeleta de Trámite Nº 0042-SGFA del 7 de enero del 2004 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, la Vigésima Quinta Política de Estado del Acuerdo Na- cional promueve la participación de las Fuerzas Armadas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisférica y las Misiones de Paz en el marco de la Organización de las Naciones Unidas; Que, el inciso (e) del Artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus funciones participar a través de los organismos pertinen-tes, en las misiones de paz internacionales a que se com- prometa el Estado Peruano de acuerdo a Ley; Que, entre los objetivos estratégicos generales y políti- ca del Sector Defensa, se encuentra la participación en actividades de carácter regional, continental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multi-nacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de austeri-dad y racionalidad del gasto en el Sector Público, viene redu- ciendo al mínimo indispensable las autorizaciones de los via- jes al exterior, considerándose aquellos que se refieren a ca-pacitaciones que no pueden llevarse a cabo en el Perú; Que, el inciso 2.c. del Artículo 14º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, estable-ce que no se encuentran comprendidos dentro de las disposicio- nes de austeridad los pagos de remuneraciones, retribuciones, dietas o cualquier bonificación, asignación y beneficios en mone-da extranjera o indexada a ésta, al personal del Ministerio de Re- laciones Exteriores, Fuerzas Armadas y Policía Nacional que cumple servicios en el extranjero, asimismo, la presente autoriza-ción de viaje está ceñida a lo que establecen los incisos a) y k) del artículo 15º de la citada Ley, que prioriza y determina las accio- nes necesarias que permitan el cumplimiento de los objetivos delpliego al menor costo posible, así como restringen al mínimo in- dispensable los viajes fuera del país que irroguen gastos al Esta- do, por lo que se encuentra con arreglo a Ley; Que, el Agregado Militar y Aéreo a la Embajada de México en Perú, ha informado a la Dirección de Inteligencia que la Secretaría de Defensa Nacional de México ha otor-gado una (1) vacante en el curso "Superior de Logística" adesarrollarse en el Centro de Estudios del Ejército y Fuer- za Aérea en México del 26 de enero del 2004 con una du- ración de 6 meses; Que, la participación de un Oficial de la Fuerza Aérea del Perú en el mencionado curso, permitirá contar con personal altamente calificado en el área de Logística, de tal manera que la Institución pueda responder de manera eficiente y efi-caz a las exigencias del avance y desarrollo militar; Que, es conveniente para los intereses nacionales autori- zar el viaje al exterior en Misión de Estudios a los EstadosUnidos Mexicanos, del 2 de febrero al 26 de julio del 2004, al Comandante FAP PEREZ WICHT SAN ROMAN Gonzalo José Miguel, por cuanto los conocimientos y experiencias que ad-quiera redundarán en beneficio de la Institución y del país; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27860, Ley Nº 28128 y Decreto Supremo Nº 005-87 DE/SGde fecha 4 de diciembre de 1987 modificado por el Decreto Supremo Nº 034 DE/SG de fecha 21 de junio del 2001, regulan los conceptos que debe percibir el personal militar de las Fuer-zas Armadas que viaja al Extranjero en Misión de Estudios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estu- dios a los Estados Unidos Mexicanos, al Comandante FAP PEREZ WICHT SAN ROMAN Gonzalo José Miguel, con la finalidad que participe en el Curso "Superior de Logística", arealizarse en el Centro de Estudios del Ejército y Fuerza Aérea en México, del 2 de febrero al 26 de julio del 2004. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa-Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan a cargo del presu- puesto Recursos Ordinarios, de acuerdo a disposiciones vi- gentes: Pasajes: Lima - México - Lima US$ 1,256.00 x 1 Oficial Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 1 Oficial Artículo 3º.- El Ministro de Defensa - Fuerza Aérea del Perú estará a cargo de asegurar las condiciones adecua-das para el cumplimiento de la misión encomendada, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-87 DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 02145 JUSTICIA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G74/G65/G72/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G44/G45/G56/G49/G44/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 045-2004-JUS Lima, 30 de enero de 2004CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 012-2003- PCM, de fecha 15 de enero de 2003, se designó a la seño- rita Rifka Blanca Barack Castro, como representante del Ministro de Justicia ante el Directorio de la Comisión Na-cional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 824, modificado por la Ley Nº 28003, establece que para el mejor cumplimiento delas funciones encomendadas a la Comisión Nacional para el