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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (02/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G31/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 2 de febrero de 2004 1.2. Definición de interconexión contenida en las Normas de Interconexión El artículo 3º de las Normas de Interconexión estable- ce el alcance de la interconexión. Así se considera que lainterconexión es el conjunto de acuerdos y reglas que tie- nen por objeto que los usuarios de los servicios de teleco- municaciones prestados por un operador puedan comuni-carse con los usuarios de los servicios de telecomunica- ciones prestados por otro operador. Esta definición de interconexión también está recogida en la Normativa Comunitaria Andina, en su Decisión 462 - Normas que Regulan el Proceso de Integración y Libera- lización del Comercio de Servicios de Telecomunicacionesen la Comunidad Andina (1). En efecto, el artículo 2º de la referida norma - en sus Definiciones - considera por inter- conexión a todo enlace con los proveedores que suminis-tran redes o servicios públicos de telecomunicaciones con objeto que los usuarios de un proveedor puedan comuni- carse con los usuarios de otro proveedor y tener acceso alos servicios suministrados por otro operador de los que se contraigan compromisos específicos (2). Como se advierte, el concepto de interconexión es amplio y no se encuentra limitado a comunicaciones en las cuales se transmita únicamente voz sino que se pueda transmitir información que permita la comunicación entrelos usuarios de un operador y los usuarios de otro opera- dor, sea que se trate de voz, texto, imágenes o datos en general. OSIPTEL ha expresado en pronunciamientos anterio- res la importancia de la interconexión en el mercado de servicios públicos de telecomunicaciones. Así, se ha ex-presado que: " Con la interconexión en el sector de las telecomunica- ciones se busca lograr la integración de redes y servicios, eventualmente diferentes, creándose una gran red a través de la cual, los usuarios pueden acceder a múltiples servi- cios de telecomunicaciones usando la misma infraestruc- tura. Ello genera que los usuarios tengan una mayor diver- sidad de servicios a su disposición, ampliando sus opcio- nes de consumo en condiciones de calidad y a precios competitivos; efecto directo de la posibilidad de comunica- ción de los usuarios de la red de un operador con los usua- rios de otra red de un distinto operador. (…) Los objetivos generales de la reglamentación vigente en esta materia son (i) garantizar la interoperatividad de las redes y servicios de telecomunicaciones, (ii) crear y garantizar las condiciones necesarias para una competen- cia que genere bienestar a los usuarios de servicios de telecomunicaciones y al sistema económico en su conjun- to, (iii) promover la inversión y la eficiencia económica, y (iv) establecer procedimientos y condiciones que incenti- ven a las empresas a acordar contratos de interconexión adecuados a los principios del sistema económico, intervi- niendo el órgano regulador sólo en supuestos específicos." (3) En ese sentido, OSIPTEL reafirma lo expuesto que la interconexión genera beneficios para las empresas opera- doras y los usuarios - externalidades positivas de red - yque su reglamentación resulta aplicable a las distintas for- mas de transmisión de información entre la infraestructura en red de los operadores, independientemente de la formaen que la información sea transmitida (medios alámbricos o inalámbricos, o utilizando interfaces o “gateways” para la comunicación entre las distintas tecnologías, o sea que lainformación transmitida sea voz, texto, imágenes o datos). A fin de determinar si el denominado "Acuerdo Comer- cial BellSouth Perú S.A y Telefónica Móviles S.A.C." cons-tituye un Acuerdo de Interconexión sujeto a la aprobación a que hacen referencia las Normas de Interconexión es preciso determinar su alcance y contenido. En su cláusulasegunda establece lo siguiente: "Segundo: Objeto del Acuerdo Es objeto del presente acuerdo establecer las condi- ciones para la aplicación de proyecto de carácter experi- mental con el objeto de posibilitar en forma limitativa la in- teroperabilidad del servicio de mensajes cortos de texto (SMS) a fin que los usuarios móviles de una de las partesenvién /reciban mensajes cortos de texto (SMS) desde/en sus terminales móviles a/de los usuarios móviles de la otra parte.". Se advierte con claridad que este servicio de intercam- bio de mensajes cortos - como facilidad derivada de la tec- nología de los servicios móviles - permite la comunicación entre los usuarios de BellSouth y los usuarios de Móviles.Esta comunicación está compuesta por los mensajes cor- tos de texto que un usuario envíe o reciba de otro usuario del servicio móvil. En ese sentido, este Consejo Directivo considera que el "Acuerdo Comercial BellSouth Perú S.A. y Telefónica Móviles S.A.C." tiene por objeto la comunicación entre losusuarios de ambas redes, por lo que se enmarca dentro del concepto de interconexión que rige en el Perú y que deriva de las Normas de Interconexión y de la NormativaAndina. 1.3. Características técnicas de la interconexión que permite la comunicación de los usuarios mediante men- sajes cortos. El intercambio de mensajes entre operadores, confor- me expresa BellSouth, no se establece a través de los en- laces de interconexión de las empresas - añadiendo quesería técnicamente imposible hacerlo -, sino a través de un proveedor externo. Al respecto, este Consejo Directivo con- sidera que si bien no existe una utilización de la infraes-tructura existente para la interconexión, sí se utilizan ele- mentos de red tanto del operador del cual se envía el men- saje como del operador que lo recibe (4) los cuales están asociados necesariamente a posibilitar la comunicación. Así, debe apreciarse que un mensaje de texto enviado por un usuario de uno de los operadores es transmitido yentregado al otro operador, luego de la utilización de una interfaz que facilita el entendimiento entre las tecnologías utilizadas por los operadores. Contrariamente a lo expuesto por BellSouth, debe de- jarse claramente establecido que la existencia de platafor- mas de mensajes cortos distintas en las redes de los ope-radores de los servicios móviles y que se requiera la utili- zación de una interfaz - operada por una tercera empresa ajena a la relación y ubicada fuera del territorio nacional -para el entendimiento de las tecnologías, no implica la inexistencia de una conexión entre las redes de ambas empresas y en consecuencia, un intercambio de las comu-nicaciones entre los usuarios de dichos operadores (5). Asimismo, resulta importante mencionar que resulta absolutamente transparente dentro de la interconexión (quepermite el intercambio de los mensajes) que la interfaz se encuentre dentro o fuera del territorio, o que sea operada por un tercer proveedor. Resulta plenamente factible quela interfaz la haya provisto cualquiera de los operadores involucrados en la relación de interconexión. Adicionalmente, debe considerarse que no se trata de una interconexión entre servicios de valor agregado - como sostiene BellSouth - sino una interconexión entre las redes de los servicios finales cuya tecnología permite brindar fa-cilidades de comunicación a los usuarios de estos servi- cios (envío y recepción de mensajes cortos dentro o fuera de la red). Se trata, en ese sentido, de una interconexión admitida legalmente - con carácter obligatorio en el caso de los ser- vicios finales - y de servicios de igual naturaleza (serviciospúblicos de telecomunicaciones), en la cual se presentan 1Publicada en la Gaceta Oficial el 1 de junio de 1999 2Este Consejo Directivo anteriormente ha establecido - mediante la Resolu- ción Nº 061-2001-CD/OSIPTEL "Reglamento del Sistema de Llamada porLlamada en el Servicio Portador" - la plena aplicación de esta normativa en el Perú. 3Texto del Mandato de Interconexión Nº 001-99-GG/OSIPTEL publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de setiembre de 1999. 4Existiendo costos asociados a dichos usos que deben ser retribuidos 5Lo cual no contraviene el artículo 21º de las Normas de Interconexión queestablece que los servicios portadores constituyen el principal medio de interconexión entre los servicios y redes de telecomunicaciones.