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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (02/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G31/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 2 de febrero de 2004 Por otro lado, este Consejo Directivo discrepa con rela- ción de lo manifestado por BellSouth respecto que no resul-ta adecuado que OSIPTEL haya aprobado el acuerdo co- mercial sin que las partes involucradas lo hayan solicitado. Al respecto, el artículo 44º de las Normas de Interco- nexión establece la obligación de las empresas operado- ras de presentar a OSIPTEL para su pronunciamiento sus acuerdos de interconexión. OSIPTEL ha advertido que elacuerdo suscrito contiene disposiciones sujetas a las Nor- mas de Interconexión, y en consecuencia, resultaba nece- sario que emita pronunciamiento. No se puede afirmar que la aprobación de los contratos de interconexión sólo se presentará cuando medie solici- tud expresa del operador o de los operadores en ese sen-tido, pues, ello limitaría la actuación del regulador respecto a garantizar el cumplimiento de la normativa de interco- nexión - en especial los artículos 38º y 44º - que exige quetodo acuerdo de interconexión requiere de aprobación. En ese sentido, el regulador se encuentra plenamente facultado a solicitar los acuerdos de interconexión que ha-yan suscrito los operadores y que no lo hayan presentado para aprobación, así como para emitir pronunciamiento, aún cuando - luego de presentado - expresamente las partesno hayan solicitado su aprobación. Por los fundamentos expuestos en la presente resolu- ción, debe declararse Infundado el recurso de apelacióninterpuesto por BellSouth. En aplicación de las funciones previstas en el Regla- mento General de OSIPTEL y estando a lo acordado por elConsejo Directivo de OSIPTEL en su sesión Nº 192; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Infundado el recurso de apela- ción interpuesto por BellSouth Perú S.A. contra la Resolu-ción de Gerencia General Nº 445-2003-GG/OSIPTEL, que aprueba el Acuerdo de Interconexión suscrito entre las empresas BellSouth Perú S.A. y Telefónica Móviles S.A.C.,dentro del marco de relación de interconexión aprobada mediante Resolución de Gerencia General Nº 078-2001- GG/OSIPTEL, para la interoperabilidad del servicio demensajes cortos de texto (SMS) y su Anexo Técnico. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Comunicación Corporativa y Servicio al Usuario la notificación de la pre-sente resolución a BellSouth Perú S.A. y Telefónica Móvi- les S.A.C. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 02130 SENCICO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G45/G4E/G43/G49/G43/G4F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 SERVICIO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN, CAPACITACIÓN E INVESTIGACIÓN PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 008-2004-02-00 San Borja, 28 de enero de 2004 VISTOS: El Informe Nº 025-2004-07.00 de la Oficina de Admi- nistración y Finanzas que eleva el Informe Nº 024-2004-07.05 de la Jefatura del Dpto. de Abastecimiento por el cual propo-nen el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2004 del Servicio Nacional de Normalización, Capacitación e In- vestigación para la Industria de la Construcción - SENCICO; CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el artículo 7º de su Reglamento aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE de fecha 29 de diciem- bre de 2003 que aprueba la Directiva Nº 005-2003-CON-SUCODE/PRE que regula el procedimiento de elaboración y el contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Público, esta-blecen que cada entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones consolidando la informa- ción de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos yAdjudicaciones Directas (Públicas o Selectivas) que se realizan en el año fiscal correspondiente; Que, el Departamento de Abastecimiento como área res- ponsable de planificar los procesos de selección en coordina- ción con la Oficina de Planificación y Presupuesto han proce- sado y consolidado los requerimientos de las áreas usuariasde la Sede Central y Sedes Zonales del SENCICO para la elaboración del Plan Anual en armonía con el Presupuesto Institucional aprobado mediante Resolución de PresidenciaEjecutiva Nº 104-2003-02.00 de fecha 30 de diciembre de 2003; Que, en este contexto y en uso de las facultades que le confiere la normativa señalada en el primer considerandoque regula el procedimiento de elaboración e información que debe contener el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones de las Entidades del Sector Público; Con las visaciones de la Gerencia General, Oficina de Administración y Finanzas, Oficina de Planificación y Pre- supuesto, del Departamento de Abastecimiento y de laAsesora Legal; y, De conformidad con el Estatuto del SENCICO aproba- do por el Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC y a lo esta-blecido por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba- do mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento apro-bado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones del Servicio Nacional de Norma-lización, Capacitación e Investigación para la Industria de la Construcción - SENCICO para el Ejercicio Fiscal 2004, el mismo que adjunto forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el Departamento de Abastecimiento efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazoestablecido en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE y de la Comisión de la Promoción de la Pe- queña y Micro Empresa - PROMPYME, la presente Resolu- ción, dentro de los diez (10) días hábiles de su aprobación. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. CÉSAR ALVA DEXTRE Presidente Ejecutivo del SENCICO 02020 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ISLAY /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G6D/G65/G64/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G2D /G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G69/G66/G75/G6E/G64/G69/G72/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2004-MPI Mollendo, 19 de enero de 2004