Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2004 (10/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 10 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, por otro lado, la Setima Disposicion Especifica de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE y publicada el 3 de enero del 2004, establece expresamente que el instrumento que aprueba la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Especifica de dicha Directiva, la parte resolutiva del instrumento que aprueba el Plan Anual, debe incluir, en forma expresa, la designacion de la dependencia que tendra a su cargo la publicacion de dicho instrumento, asi como la direccion o direcciones en las que el mismo puede ser revisado y/o adquirido, asi como el costo de su reproduccion; Que, mediante la Resolucion Nº 122-2002-DP/JCGOB, de fecha 31 de diciembre del 2002, el Secretario General del Despacho Presidencial, en su condicion de Titular del Pliego, delego en esta Gerencia Central la facultad de aprobar y modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Despacho Presidencial; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y en los articulos 5º, 6º y 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, asi como el inciso h) del articulo 35º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Despacho Presidencial para el ano 2004, el mismo que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Logistica ejecute los procesos de seleccion a que se hace mencion en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, con sujecion a lo dispuesto en el numeral 8 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003CONSUCODE/PRE. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Logistica la publicacion de la presente Resolucion, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, debiendo remitir MORDAZA de la misma al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, en ese mismo plazo, con sujecion a lo senalado para tal efecto en los numerales 5 y 6 de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE. Articulo 4º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Despacho Presidencial, puede ser revisado y/ o adquirido en la sede administrativa del Despacho Presidencial, sito en Jr. De la Union Nº 264 - Edificio Palacio, previo tramite administrativo y sujetandose a los costos establecidos en el Procedimiento Nº 1 de la Seccion A del MORDAZA del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2004-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHENEFFUSSE DUBOC Gerente Central de Administracion Despacho Presidencial 02770

Que, con fecha 9 de febrero del ano 2001, se suscribio el Convenio de Administracion entre el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, a traves del cual, dicho Organismo se compromete a brindar Asistencia Tecnica y Profesional hasta el 31 de diciembre del 2001, a fin de reforzar la capacidad de gerencia local y fortalecer de esta manera las capacidades tecnicas e institucionales existentes relacionadas con el manejo de los recursos naturales en INRENA; Que, con fecha 16 de enero del ano 2002 se suscribio la Addenda al Convenio de Administracion mencionado en el considerando precedente, con la finalidad de ampliar el plazo de su vigencia hasta el 31 de diciembre del 2002; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 027-2002-AG, publicada el 1 de noviembre del 2002, se aprobo en vias de regularizacion, el Convenio de Administracion suscrito entre INRENA y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 005-2003-AG, publicada el 27 de febrero del 2003, se aprobo en vias de regularizacion, la Addenda que amplia hasta el 31 de diciembre del 2003 la vigencia del Convenio de Administracion suscrito entre el INRENA y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, el cual dispone que esta entidad tiene como mision realizar y promover las acciones necesarias para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, la conservacion de la diversidad biologica MORDAZA y la gestion sostenible del medio ambiente rural, mediante un enfoque de ordenamiento territorial por cuencas y su gestion integrada; estableciendo alianzas estrategicas con el conjunto de actores sociales y economicos involucrados; Que, para la continuidad en el cumplimiento de la mision institucional y de las acciones que debe llevar a cabo INRENA, se ha visto por conveniente prorrogar la asistencia tecnica y profesional especializada en el ambito de su competencia, para de esta manera reforzar la capacidad gerencial local y fortalecer bajo este contexto las capacidades tecnicas e institucionales existentes relacionadas con el manejo de los recursos naturales; Que, se cuenta con el informe favorable de la Oficina de Planificacion del INRENA, en lo que se refiere a disponibilidad presupuestal; Que, el Articulo 18º de la Ley Nº 28128 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone que los Convenios de Administracion de Recursos, asi como sus Addendas, revisiones u otros que amplien su vigencia, modifiquen o anadan metas no contempladas originalmente, deberan aprobarse por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente; De conformidad con el Articulo 18º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar en vias de regularizacion, la Addenda que amplia hasta el 31 de diciembre de 2004 la vigencia del Convenio denominado PER 01/006 "Reforzamiento Institucional del INRENA" suscrito entre el INRENA y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese y comuniquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 02772

AGRICULTURA
Aprueban Addenda que amplia vigencia del Convenio denominado PER 01/ 006 "Reforzamiento Institucional del INRENA"
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2004-AG MORDAZA, 9 de febrero de 2004

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