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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (10/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G37/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de febrero de 2004 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G73/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C /G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G46/G41/G50 /G2C/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2004-DE/EP/A-1.a.4 Lima, 6 de febrero de 2004 Visto, el Oficio Nº 2997 C-4.a.1/ B/05.00 del 18 de di- ciembre del 2003, de la Dirección de Educación y Doctrinadel Ejército. CONSIDERANDO:Que, la Vigésimo Quinta Política de Estado del Acuer- do Nacional promueve la participación de la Fuerzas Ar-madas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisféricay las Misiones de Paz en el marco de la Organización delas Naciones Unidas; Que, el inciso e) del Artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de susfunciones participar a través de los organismos pertinen-tes, en las misiones de Paz internacionales a que se com-promete el Estado Peruano de acuerdo a Ley; Que, entre los objetivos estratégicos generales y políti- cas del Sector Defensa, se encuentra la participación enactividades de carácter regional, continental y/o mundial,en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multi-nacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de aus-teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público, vienereduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones delos viajes al exterior, considerándose aquellos que se en-marcan en Capacitación que no puede realizarse en el Perú; Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 207 C- 4.a.1/B/05.00 SUB DIR EDUC/DIEDE de diciembre del2003, el Comando del Ejército designó en misión de estu-dios al Teniente Coronel de Ingeniería EP Jorge ARIASMENDEZ, para participar en el Curso Avanzado de Inteli-gencia en el Ejército de la República Federativa de Brasil,en el período comprendido del 8 de febrero al 11 de juniodel 2004; Que, el inciso 2.c. del Artículo 14º de la Ley Nº 28128 - Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, establece que no se encuentran comprendi-dos dentro de las disposiciones de austeridad los pagosde renumeraciones, re tribuciones, dietas o cualquier bo- nificación, asignación y beneficios en moneda extran-jera o indexada a ésta, al personal del Ministerio de Re-laciones Exteriores, Fuerzas Armadas y Policía Nacio-nal que cumple servicios en el extranjero, asimismo lapresente autorización de viaje está ceñido a lo que esta-blece los incisos a) y k) del Artículo 15º de la citada Ley,prioriza y determina las acciones necesarias que permi-tan el cumplimiento de los objetivos del pliego al menorcosto posible así como restringen al mínimo indispensa-ble los viajes fuera del país en comisión de serviciosque irroguen gastos al Estado, por lo que se encuentraen arreglo a Ley; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27860, Ley Nº 28128, Decreto Supremo Nº 005-87DE/SG, del 4 de diciembre de 1987 modificado por el De-creto Supremo Nº 034 DE/SG del 21 de junio del 2001 yDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de juniodel 2002, regulan los conceptos que debe percibir el per-sonal militar de las Fuerzas Armadas que viaja al Extranje-ro en misión de estudios; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Nombrar en Misión de Estudios al Tenien- te Coronel de Ingeniería EP Jorge ARIAS MENDEZ, paraparticipar en el Curso Avanzado de Inteligencia en el Ejér-cito de la República Federativa de Brasil, del 8 de febreroal 11 de junio del 2004.Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo a los con-ceptos siguientes: PASAJES: LIMA-RIO DE JANEIRO (BRASIL)-LIMA US$ 1,622.00 x 1 persona TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO US$ 28.24 x 1 persona Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa-Ejército del Perú, estará a cargo de asegurar las condiciones adecuadas parael cumplimiento de la misión encomendada, de acuerdo alo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG defecha 4 de diciembre de 1987. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término del nombramiento,sin exceder el período total establecido. Artículo 5º.- El citado Oficial Superior, deberá cumplir con sustentar lo señalado en el Artículo 10º del DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a solicitar liberación o exoneración de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 02744 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2004-DE/FAP-CP Lima, 6 de febrero de 2004 Visto el Oficio IV-50-CIPO-Nº 0031 del 13 de enero del 2004 del Comandante de Instrucción de la Fuerza Aérea delPerú, Oficio IV-50-EMIN-Nº 0023 del 14 de enero del 2004del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea delPerú y Papeleta de Trámite Nº 0196-SGFA del 15 de enerodel 2004 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, la Vigésima Quinta Política de Estado del Acuer- do Nacional promueve la participación de las Fuerzas Ar-madas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisféricay las Misiones de Paz en el marco de la Organización delas Naciones Unidas; Que, el inciso (e) del Artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de susfunciones participar a través de los organismos pertinen-tes, en las misiones de paz internacionales a que se com-prometa el Estado Peruano de acuerdo a Ley; Que, entre los objetivos estratégicos generales y políti- ca del Sector Defensa, se encuentra la participación enactividades de carácter regional, continental y/o mundial,en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multi-nacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de aus-teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público, vienereduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones delos viajes al exterior, considerándose aquellos que se re-fieren a intercambio de cadetes pactados con otras Fuer-zas Armadas; Que, el inciso 2.c. del Artículo 14º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal2004, establece que no se encuentran comprendidos dentro